Ayuda relacionada con la COVID
Si se atrasó con los pagos de su alquiler porque perdió ingresos, o sus gastos han aumentado debido a los efectos de la pandemia de COVID-19, debería solicitar asistencia con el alquiler. Algunos ejemplos de dificultades financieras relacionadas con la COVID incluyen cosas como el haber tenido que faltar al trabajo o pagar por el cuidado de los niños debido al cierre de los colegios, costos adicionales de transporte si no podía tomar el transporte público, incremento en las facturas de los servicios públicos y los alimentos, o gastos adicionales en los que haya tenido que incurrir como resultado de haber estado en cuarentena. Si recibió beneficios del seguro por desempleo, eso también se considera como una adversidad relacionada con la COVID-19. Usted puede solicitar ayuda con el alquiler a través del Estado de Nueva Jersey, el Departamento de Asuntos Comunitarios (Department of Community Affairs, DCA), el Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia COVID-19 Fase II (COVID-19 Emergency Rental Assistance Program Phase II - CVERAP II), y cualquier otro programa de asistencia para el alquiler de su condado o municipio.
Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia COVID-19 Fase II (CVERAP Phase II) & Programa de Prevención del Desalojo (Eviction Prevention Program, EPP). CVERAP II pagará el alquiler atrasado y dará asistencia temporal para el alquiler a hogares con ingresos bajos y moderados que hayan tenido una reducción sustancial en sus ingresos, hayan calificado para beneficios de desempleo, hayan incurrido en costos significativos o hayan experimentado dificultades financieras debido (directa o indirectamente) a la pandemia de COVID-19. El Programa de Prevención del Desalojo es una extensión del CVERAP II, a través del cual los hogares que han sufrido pérdidas económicas graves por motivos ajenos a su voluntad pueden recibir asistencia adicional. Para encontrar más información, visite Programa de asistencia de alquiler de emergencia COVID-19 Fase II (publicado por el Departamento de Asuntos Comunitarios).
Programas de asistencia para el alquiler municipales y del condado. Estas páginas proveen información sobre programas de asistencia con el alquiler disponibles en condados y municipalidades específicas: Encuentre programas de asistencia para el alquiler en su área (publicado por la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor). Usted también debería solicitar la asistencia con el alquiler a través del Departamento de Asuntos Comunitarios de Nueva Jersey, Programa de asistencia de alquiler de emergencia COVID-19 Fase II (publicado por el Departamento de Asuntos Comunitarios).
Otra asistencia
Otros programas que pueden proporcionar ayuda económica para el alquiler, servicios públicos y alimentos incluyen:
Dónde buscar para solicitar una vivienda asequible
Muchos de estos lugares pueden tener listas de espera largas.
Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU. (U.S. Department of Housing and Urban Development). Puede buscar vivienda pública, vivienda privada subsidiada y autoridades de vivienda pública que administran vales de la sección 8, en la página de Asistencia con el alquiler de HUD.
Centro de Recursos de Vivienda de Nueva Jersey (New Jersey Housing Resource Center, NJHRC). El NJHRC es una base de datos en línea GRATUITA, en la cual se puede buscar viviendas asequibles y accesibles en todo el estado de Nueva Jersey, incluyendo vivienda de alquiler asequible, viviendas a la venta asequibles, y viviendas con facilidades de acceso. Consulte la página del Centro de Recursos de Vivienda de Nueva Jersey (New Jersey Housing Resource Center, NJHRC).
Guía de viviendas asequibles en Nueva Jersey. Esta guía enumera las unidades de vivienda asequible con restricción de ingresos para alquiler y venta en Nueva Jersey: Guía de viviendas asequibles en Nueva Jersey.
¿Debe el propietario cooperar con la asistencia de alquiler?
Las leyes en Nueva Jersey les exigen a los propietarios cooperar con los programas de asistencia con el alquiler. La falta de cooperación del propietario es la defensa del inquilino ante una acción de desalojo pendiente. Si no existe una acción de desalojo pendiente, la falta de cooperación del propietario también es considerado un motivo para demandarlo. El inquilino debe buscar asistencia jurídica inmediata para evitar perder la asistencia con el alquiler.
Según la Ley de veracidad en los alquileres, los propietarios deben cooperar con “cualquier programa de asistencia de alquiler federal, estatal o local, u organización caritativa de buena fe que se haya comprometido a pagar el alquiler adeudado”. Esto incluye, pero sin limitarse a, vales de la Sección 8 para la elección de Vivienda, el Programa Estatal de Asistencia de Alquiler (State Rental Assistance Program, SRAP), Asistencia de Alquiler Temporal (Temporary Rental Assistance, TRA) de una agencia de bienestar social, el Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia COVID (COVID Emergency Rental Assistance Program, CVRAP), el Programa de Prevención de falta de Vivienda (Homelessness Prevention Program), y varios recursos de agencias locales. La Ley de Nueva Jersey contra la Discriminación (New Jersey Law Against Discrimination, NJLAD) es más amplia. Según esta ley, el propietario no puede rechazar "cualquier pago de alquiler que provenga de una fuente legitima."
Ni la NJLAD ni la Ley de veracidad en los alquileres se aplican a situaciones en las que el propietario vive en el mismo lugar y existe una unidad de un solo inquilino. Sin embargo, puede ser que existan otros argumentos legales para hacer que los propietarios cumplan con los requisitos del programa de alquiler, y por ello usted debería buscar asistencia jurídica. La jurisprudencia en Nueva Jersey apoya el deber del propietario de "mitigar los daños”. Eso significa que un propietario tiene que tomar medidas razonables para evitar la pérdida de ingresos por alquiler, lo que puede incluir la cooperación con la asistencia de alquiler. Además, en cada contrato, como un contrato de alquiler escrito u oral, hay un “pacto de buena fe y trato justo" implícito. Las personas involucradas en cualquier contrato deben tratar entre ellos de manera honesta, justa y de buena fe, y no obstaculizar la capacidad de la otra parte para hacer lo que acordaron hacer. Cuando un inquilino se compromete a pagar el alquiler a cambio de un apartamento, el propietario no puede hacer nada para interferir con la capacidad del inquilino para pagar el alquiler. El propietario estaría incumpliendo el acuerdo implícito de actuar de forma justa y de buena fe si se negara a cooperar con un programa de asistencia con el alquiler.
¿Qué sucede si el propietario no cumple?
Los consejeros o mediadores de asistencia para la vivienda también pueden estar disponibles para asegurarse de que el propietario coopere en proporcionar información y aceptar la asistencia de alquiler.
Obtenga copias de cualquier correspondencia que le envíe la agencia, y si es posible, cualquier correspondencia enviada al propietario.
Busque asistencia legal inmediata para hacer que el propietario cumpla y evitar perder la asistencia con el alquiler. Si su propietario se niega a aceptar la asistencia con el alquiler, también puede presentar una queja ante la División de Derechos Civiles, a través del portal en línea NJBIAS, o marcando el 1-866-405-3050.
Esta información se actualizó el: May 19, 2022