En Nueva Jersey, cuando los impuestos sobre la propiedad no se pagan, estos se convierten en un gravamen (un reclamo legal por una deuda no pagada) contra la propiedad, con un interés del 18%. Si el dueño de la propiedad no paga (liquida) los impuestos atrasados, el municipio puede subastar el gravamen. Un inversionista o el municipio puede ofertar para obtener el gravamen en la subasta. El comprador del gravamen se convierte en el titular del gravamen. Si el propietario no hace nada, el titular del gravamen eventualmente puede quedarse con la propiedad y con el valor total de la casa.
Muchas propiedades que pasan por una ejecución hipotecaria por impuestos valen cientos de miles de dólares más que el monto de la deuda tributaria. Una casa podría valer 200.000 dólares y ser enviada a una ejecución hipotecaria por una deuda del impuesto sobre la propiedad de 1.000 dólares. Si el propietario no toma medidas, puede perder tanto la casa como el valor total de la propiedad por encima de la deuda tributaria (excedente). Bajo la ley de Nueva Jersey, el excedente total de 199.000 dólares —por encima de la deuda tributaria de 1.000 dólares —pasa al titular de gravamen si el propietario no toma ninguna acción.
El proceso de la Demanda de Ejecución Hipotecaria permite al titular del gravamen pedir al tribunal un fallo final que transfiera la propiedad del inmueble del propietario original al titular del gravamen. El titular del gravamen en la ejecución hipotecaria no está demandando para quitarle su dinero, sino para tomar posesión de la propiedad. Generalmente, el proceso legal tarda alrededor de 6-8 meses desde la presentación inicial de la demanda para la ejecución hipotecaria hasta el fallo final. En la mayoría de los casos, después de dictar el fallo final, el titular del gravamen obtiene la plena propiedad y todo el valor del inmueble.
Ejemplo: La casa vale 500.000 dólares y el gravamen fiscal es de 10.000 dólares. El titular del gravamen puede ejecutar la deuda de 10.000 dólares y pedir al tribunal un fallo final. Cuando se dicte el fallo final, el titular obtiene la propiedad de la casa. Según la ley actual de Nueva Jersey, después del fallo final, el titular no tiene que devolver ningún dinero al propietario original – el titular de se queda con los 490.000 dólares adicionales de valor excedente del inmueble.
Los propietarios pueden prevenir o resolver la ejecución hipotecaria por impuestos sobre la propiedad – es importante que los propietarios conozcan sus derechos y comprendan el proceso legal.
(1) Conozca sus derechos antes de que se presente una demanda de ejecución hipotecaria.
Antes de que se presente una Demanda de Ejecución Hipotecaria, los propietarios tienen el derecho de hacer los pagos atrasados directamente al recaudador de impuestos del municipio. El propietario generalmente también debe pagar hasta un 18% de intereses sobre la deuda tributaria. El reembolso (amortización) cancelará el gravamen fiscal.
Primer Paso: El dueño de la propiedad se atrasa en los pagos del impuesto sobre la propiedad.
Si no paga el impuesto sobre la propiedad, incluidos los impuestos sobre el agua y el alcantarillado, esto se convierte en un gravamen sobre la propiedad con intereses.
Segundo paso: El municipio subasta la deuda fiscal.
Si no se paga la deuda, el municipio subastará el gravamen fiscal adeudado a un postor. La subasta judicial suele ocurrir en el otoño o el invierno del mismo año calendario. Un inversionista puede comprar el gravamen y, en algunos casos pagará dinero extra (una prima) para hacerlo. Si ningún inversionista compra el gravamen, entonces el municipio lo puede comprar. El municipio no envía ningún aviso específico al propietario indicando que un acreedor compró el gravamen.
El dueño de una propiedad puede comunicarse con el municipio para confirmar si se subastó un gravamen fiscal relacionado con su inmueble, y puede revisar los registros públicos del condado.
Tercer paso: El titular del gravamen envía una notificación indicando que tiene la Intención de ejecutar la hipoteca.
A veces, el titular envía a los propietarios una Notificación indicando que tiene la Intención de Ejecutar la hipoteca por lo menos 30 días antes de presentar la Demanda de Ejecución Hipotecaria. El aviso informa al propietario de la cantidad adeudada para amortizar el gravamen fiscal. El aviso también puede informar a los propietarios de que ellos pueden solicitar una subasta judicial.
(2) Conozca sus derechos una vez presentada una demanda de ejecución hipotecaria.
Después de que se presenta una Demanda de Ejecución Hipotecaria, el propietario todavía puede tener el derecho de abonar los pagos atrasados directamente al recaudador de impuestos del municipio y detener la ejecución hipotecaria.
Es crítico que los propietarios tomen medidas para resolver o prevenir la ejecución hipotecaria por impuestos sobre la propiedad. La presentación de una solicitud de venta judicial por parte del alguacil en el proceso de ejecución hipotecaria debería garantizar derechos adicionales y opciones legales para proteger el valor excedente de la propiedad. Lea, más adelante, la sección titulada (3) Derechos del propietario del inmueble.
Primer Paso: El demandante presenta una demanda para la ejecución.
El proceso legal de ejecución hipotecaria comienza formalmente cuando el demandante (acreedor) presenta una demanda para una ejecución hipotecaria contra usted – el demandado (dueño de la propiedad, herederos del propietario, o acreedores en virtud de un fallo) - en el tribunal.
La ejecución hipotecaria no es una demanda contra usted por dinero. La Demanda de Ejecución Hipotecaria permite al demandante pedirle al tribunal el título de la vivienda (a través del fallo final) con el fin de pagar el gravamen más los intereses y los costos legales.
La Demanda de Ejecución indica todos los hechos que le darían al demandante el derecho legal a ejecutar la hipoteca.
Segundo paso: El demandante le notifica a usted la demanda y le envía la citación.
Por lo general, el demandante debe tratar de entregarle en persona (“notificarle personalmente”) una copia de la citación y la demanda.
Si el demandante no puede “notificarle personalmente” a usted o a otros demandados, puede hacerlo por correo postal regular y certificado.
Si tanto el correo postal regular como el certificado son devueltos o el demandante no puede encontrar una dirección válida para notificarle a usted u a otros demandados, este le pedirá permiso al tribunal para hacer la notificación por medio de una publicación en un periódico. Si esto sucede, es posible que usted no reciba notificaciones legales importantes por correo postal, sino que dichas notificaciones serán solamente publicadas en el periódico.
Tercer paso: Usted puede presentar una respuesta. En esta etapa, usted debería revisar sus derechos con un abogado.
Sus derechos en esta etapa variarán dependiendo de qué tipo de Demanda de Ejecución Hipotecaria se presentó en su contra, y de cuál es su relación con el inmueble.
Si usted no puede contratar a un abogado, puede ser elegible para recibir la asistencia legal gratuita de la Línea Directa LSNJLAWSM. Solicite ayuda en línea en www.lsnjlawhotline.org o llamando al 888 888-LSNJ-LAW (888-576-5529).
Existen defensas legales que podrían evitar que la ejecución hipotecaria llegue a un fallo final. Hable con un abogado para averiguar qué defensas legales y opciones puede usted tener disponibles.
(3) Derechos del propietario del inmueble
Si usted es propietario de una vivienda y está atrasado en el pago de los impuestos sobre la propiedad, ¡usted tiene derechos! Usted puede salvar su casa de una ejecución hipotecaria o, al menos, recuperar el valor de la casa que exceda la deuda tributaria.
Si el tribunal NO HA dictado un fallo final de ejecución hipotecaria, usted puede:
N.J.S.A. 54:5-87b – Solicitud presentada por el demandado para una subasta judicial (propietario)
N.J.S.A. 54:5-87b – Solicitud presentada por el demandado para una subasta judicial (heredero)
N.J.S.A. 54:5-87b – Solicitud presentada por el demandado para una subasta judicial (administrador del patrimonio)
Si el tribunal HA dictado un fallo final de ejecución hipotecaria, usted puede:
Esta información se actualizó el: Apr 27, 2026