LSNJLAW SM

Las Leyes en Nueva Jersey y Usted

Bienvenido al sitio web de LSNJLAWSM, proporcionado por Servicios Legales de Nueva Jersey (LSNJ). LSNJ es una organización sin fines de lucro 501(c)(3) que ofrece asesoramiento legal gratuito a personas de bajos ingresos en Nueva Jersey. Consiga información legal pulsando en un tema legal o escribiendo algunas palabras en el cuadro de búsqueda.

LAW Home > Temas Jurídicos > Víctimas de delitos > Trata de personas

¿Cómo, dónde y cuándo denunciar el tráfico de personas ante una agencia de la fuerza pública?

 

​​

¿Cómo denuncio el tráfico de personas?

Si en la actualidad y de acuerdo a las leyes federales o estatales usted es víctima de la trata de personas, , o sobreviviente de la explotación laboral o sexual, la cual ocurrió en el pasado, cuando era niño o adulto, tal vez quiera denunciarlo ante una agencia de la fuerza pública. Este artículo hablará sobre el cómo, dónde y cuándo denunciar dependiendo de si decide reportarlo ante una agencia de la fuerza pública estatal o una federal.

El decidir si debe denunciar el tráfico de personas ante la policía y procesarlo a través del sistema de justicia penal es una decisión personal que dependerá de los hechos y circunstancias de su caso. El personal del proyecto PROTECT de LSNJ puede ayudar a la víctima/sobreviviente a tomar esta importante decisión y guiarle durante este proceso. Se pude comunicar con nosotros llamando a la línea directa gratuita de PROTECT marcando el 1-844-576-5776.

Las leyes de Nueva Jersey y las federales en contra del tráfico de personas son similares, pero el denunciar bajo la ley estatal o la federal determinará la agencia a la que se reporta, y cuánto tiempo tiene la policía para presentar cargos después de que el delito haya ocurrido.

Si decide denunciar la explotación sexual o laboral, hay diferentes agencias de las cuales puede escoger. El lugar a donde usted denuncie el delito se llama “jurisdicción”. La “jurisdicción” sobre un delito es dónde el este ocurrió y en dónde usted lo debe denunciar. No tiene importancia donde vive la víctima o el traficante en el momento de la ocurrencia del delito. Puede denunciar ante el departamento local de policía municipal (por ejemplo, al departamento de policía municipal, distrital o de la ciudad) en dónde ocurrió el mismo. Si la policía estatal de Nueva Jersey (NJSP, por sus siglas en inglés) está a cargo y patrulla el área en vez de la policía local, debe hacer la denuncia ante la estación de la NJSP. Si los delitos ocurrieron en diferentes jurisdicciones, puede empezar denunciándolos en el departamento de policía local o en la estación de la NJSP en donde hayan ocurrido  mayor frecuencia.

Además, toda oficina del fiscal del Condado tiene a su disposición uno o más intermediarios que tramitan las denuncias y los enjuiciamientos del tráfico de personas. Usted puede decidir denunciar ante un intermediario en la oficina del fiscal en donde el ocurrió dicho delito. Para llama a hacer una denuncia o comunicarse con una agencia del orden público de Nueva Jersey, llame a la Línea Directa de Nueva Jersey para ayuda a las Víctimas del Tráfico de Personas marcando al  855-END-NJ-HT (1-855-363-6548).

Si usted decide denunciar ante una agencia federal, como la agencia federal de investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés) o la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI, por sus siglas en inglés) la violación de la ley federal  contra la trata de personas, debe llamar a la línea directa a nivel nacional para ayuda a víctimas de la trata de personas (NHTC, por sus siglas en inglés) marcando el 1- 888- 373- 7888 o enviando un mensaje de texto al BEFREE (233733). Ambas tienen oficinas en Newark para el área norte de Nueva Jersey y oficinas regionales en el sur de Nueva Jersey y Filadelfia. La NHTC lo referirá a la agencia federal pertinente.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar mi demanda?

El delincuente tiene que ser acusado de delitos estatales o federales dentro de un cierto tiempo después de que haya ocurrido un delito, a esto se le llama la “Ley de prescripción”. Para el delito de tráfico de personas, la acusación debe hacerse en un plazo de cinco años después que este haya ocurrido. Esta es la ley de prescripción (plazo) para la mayoría de los delitos en Nueva Jersey. Sin embargo, un proyecto de ley pendiente ante la legislatura estatal haría de la trata de personas un delito que puede ser denunciado en cualquier momento después de que ocurra. Si se aprueba este proyecto de ley, la ley de prescripción no tendría validez para el tráfico de personas, como para los delitos de asesinato, homicidio involuntario y agresión sexual.

En lo federal, el tráfico de personas debe denunciarse en un plazo de 10 años después de ocurrido. La ley federal otorga a las fuerzas del orden público el doble de tiempo que la ley estatal para presentar cargos después de que ha ocurrido.

¿Qué debo hacer si decido entablar una demanda civil en contra del traficante?

Una persona puede decidir entablar una acción civil (demanda por daños monetarios) en contra del traficante, además de, o en vez de, denunciar el delito del tráfico de personas. Una acción civil también se puede entablar en un tribunal estatal o uno federal. Si usted presentó cargos penales estatales, también debería presentar su demanda civil en el sistema judicial estatal. Si usted presentó cargos penales estatales, también debería presentar su demanda civil en el sistema judicial estatal. La Ley de prescripción para entablar una demanda civil es un tema inconcluso, pero se puede argumentar que para presentar una acción civil una persona debe tener cinco años a partir de cuando se produjo el delito, tiempo que sería el mismo del de la Ley de prescripción. Bastantes acciones civiles estatales se deben entablar en un plazo de dos años después de que el delito ha ocurrido. Sin embargo, la ley penal estatal provee específicamente que una víctima del tráfico de personas puede entablar una acción civil en contra del traficante y sus cómplices, además de usar otros recursos civiles, administrativos o penales que puedan estar disponibles. Una acción civil federal debe ser presentada 10 años después de que el delito ocurrió o 10 años después de que la víctima cumple los 18 años de edad, si la víctima era menor de edad en el momento del delito.  

Como víctima del tráfico de personas, ¿puedo solicitar una compensación a causa de un crimen?

Después de que la víctima/sobreviviente denuncia el tráfico de personas ante la policía, puede ser que él o ella quiera obtener asistencia financiera de parte de la Oficina de Compensación para las Víctimas del Delito (VCCO, por sus siglas en inglés). Hay asistencia disponible para las víctimas, sus familias y prestadores de servicios. Las indemnizaciones que brinda la VCCO pueden ayudar con cargas económicas y emocionales tales como gastos que debe pagar de su bolsillo por servicios médicos o terapéuticos, así como los gastos de mudanza. Los cánones de elegibilidad de la VCCO exigen que el delito se reporte ante la policía dentro de los nueve meses posteriores a la incidencia , o dentro de los nueve meses desde que se supo del mismo o nueve meses desde que tuvo razón de peso para creer que se cometió un delito.

Aunque la víctima debe cooperar con la policía o la fiscalía, la elegibilidad para la VCCO no depende de la detención, condena o enjuiciamiento del traficante. Obtener una orden de restricción temporal y tratar de obtener una orden de restricción final probablemente también cumpla con los requisitos de elegibilidad. El delito debe haber ocurrido en Nueva Jersey, pero usted no tiene que ser un residente de Nueva Jersey para llenar una solicitud. Se incluyen varios delitos diferentes y se pueden recuperar diferentes tipos de ayudas.

Un enlace para la solicitud ante la VCCO está en el sitio web de la Oficina del Fiscal General. El sitio web proporciona información sobre la elegibilidad, preguntas frecuentes, tipos de beneficios cubiertos, indemnizaciones máximas, una lista completa de delitos y los documentos que deben adjuntarse a una solicitud. Además, LSNJ cuenta con una solicitud interactiva para la compensación a víctimas del delito. ​​ ​