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Cómo se obtiene una orden de restricción

 

Si es víctima de violencia doméstica, podría obtener protección en la forma de una orden o nterdicto temporal de restricción que podrá convertirse después en final. Se trata de un interdicto civil dictado por un juez de familia en el Tribunal Superior, en el cual se le prohíbe al agresor comunicarse con usted, ya sea por teléfono, en persona o de forma electrónica. Lo que quiere decir que no puede llamarle por teléfono, enviarle mensajes electrónicos ni de texto.

¿Quién tiene derecho a obtener una orden de protección por violencia doméstica?

Usted podrá obtener una orden de restricción si:

  • Está o estuvo casada con el agresor;
  • Tiene hijos con el agresor;
  • Está en embarazo;
  • Tiene más de 18 años y vive en la actualidad o vivía anteriormente con el agresor;
  • Sin tener en cuenta su edad, usted tiene o tuvo una relación afectuosa con un agresor mayor de los 18 años de edad.

También, para poder solicitar una orden temporal, el agresor tiene que haber hecho algo que satisfaga la definición de al menos uno de los siguientes delitos: acoso, agresión, amenazas terroristas, daños a la propiedad ajena, secuestro, allanamiento de morada, agresión sexual, contacto sexual ilícito, retención ilícita, entrada ilícita, lujuria, acecho, homicidio, robo, coacción ilícita, acoso cibernético, la violación de una orden de restricción, y cualquier otro delito que implique riesgo de muerte o lesiones personales graves. La persona contra quien usted solicite una orden de restricción tiene que tener al menos 18 años de edad. Vea 19 delitos catalogados como violencia doméstica.

¿Cuándo y dónde debo ir a solicitar orden de restricción por violencia doméstica?

Lo mejor siempre es tratar de obtener un interdicto inmediatamente después de que haya ocurrido un acto de violencia doméstica o intrafamiliar. Si espera, tal vez le tendrá que explicar al juez por qué esperó. A veces las víctimas esperan debido a que no saben sobre la existencia de los interdictos, o porque no tienen acceso a un teléfono o a un tribunal. Si después del acto de violencia doméstica usted continúa viviendo con el agresor, el juez puede decidir que en verdad usted no está en peligro y que no necesita una orden final.

Puede solicitar una orden temporal 24 horas al día en la comisaría de policía en la ciudad donde usted vive, donde ocurrió el acto, donde vive el demandado o donde está albergada actualmente. O puede ir al Tribunal Superior (durante las horas de oficina) en el condado donde usted vive, donde ocurrió el acto, donde vive el demandado o donde está albergada actualmente.

¿Qué le digo al juez?

Es importante que le dé al juez del Tribunal Municipal, del Tribunal Superior, o al funcionario encargado de la audiencia detalles sobre el incidente más reciente de violencia doméstica. Esto incluye dar una descripción de las amenazas, los insultos, o de la forma en que le agredieron físicamente o le tocaron indebidamente. Entre más específica sea, más convincente será su presentación. También debe mencionar cualquier incidente de violencia doméstica sucedido previamente entre usted y el agresor, indicando al menos tres de los incidentes más recientes y más graves que usted haya experimentado. This is important, even if you did not tell anyone about the prior domestic violence incidents. Dígale al juez si reportó dichos incidentes, si alguna otra persona los presenció, si recibió tratamiento médico por las lesiones, o si alguien tomó fotos de aquellos incidentes. Una prueba física puede ayudarle a demostrar su caso, pero no es obligatoria.

¿Qué reparaciones puedo obtener cuando solicite una orden de restricción temporal?

Al solicitar un interdicto temporal, usted puede pedir muchas reparaciones junto con su protección, incluso lo siguiente:

  • La custodia física de cualquier hijo que usted y el agresor tengan juntos. (La ley supone que una víctima que consigue una orden de restricción obtiene la custodia física de los menores). También puede solicitar que se le suspenda al agresor el horario de visitas con los hijos hasta después de la audiencia final.

  • La posesión de la casa donde usted vive en la actualidad (aun si no es la propietaria de la vivienda o no paga ninguna de las cuentas).

  • La posesión y las llaves del vehículo (aun si no es la propietaria o no paga ninguna de las cuentas del vehículo).

  • La posesión de cualquier documento importante pertinente a usted o a sus hijos, como pasaportes, partidas de nacimiento, etc.

  • Dinero en efectivo u otro mantenimiento para casos de urgencia, como el pago de la hipoteca y las cuentas domésticas.

Si escoge quedarse en la casa, al agresor no se le permite venir a la casa sin la supervisión de la policía hasta después de la audiencia para el interdicto final. Si le conceden el interdicto final, el agresor podría estar fuera de la casa aún más tiempo.

Después de que proporcione toda esta información a un policía o a un empleado del Tribunal Superior en la unidad de la violencia doméstica, estos crearán una orden temporal de restricción. Es muy importante que examine todo el documento para asegurarse que está correcto. Si algo ha sido excluido o no es exacto, debe pedir que se incluya o cambie dicha cosa. Después de que firme la primera página de este documento, usted hablará ya sea con el juez del tribunal municipal (probablemente por teléfono) si fue a la comisaría o con un funcionario encargado de las audiencias de violencia doméstica o con un juez (en persona) si fue al Tribunal Superior. El juez o el funcionario le pedirán que explique por qué cree que usted necesita la orden. Usted debe repetir la información que ha dado en el documento escrito. Después de que conteste a las preguntas, el juez o el funcionario decidirá si le da un interdicto temporal.

¿Qué sucede después de recibir la orden temporal?

Si recibe un interdicto temporal, debe llevarlo consigo a todo momento. Haga copias adicionales y mantenga una en su casa, en su automóvil, y en su cartera, y entréguele uno a la policía en su localidad o en la escuela a la que asiste su hijo. El tribunal y / o la policía debe tratar de darle aviso inmediato al agresor entregándole a él o a ella una copia de dicha orden. Una vez que el agresor haya sido notificado de la existencia de la orden de restricción, la ley le prohíbe tener cualquier tipo de contacto con usted.

¿Cómo me preparo para la audiencia final?

Tan pronto como reciba su orden temporal, usted debe buscar la fecha, hora y lugar adonde se llevará a cabo la audiencia para la orden final, esta información se encuentra en la página cuatro de la misma orden. Antes de la audiencia, piense en cuál será su testimonio y qué pruebas podría tener para demostrar su testimonio. Vea La preparación para un juicio por violencia doméstica.

Cómo se consigue el aplazamiento (una fecha posterior de comparecencia) de la audiencia para la orden final de restricción.

 
Si necesita más tiempo para preparar su caso, consultar con un abogado, o no puede asistir en la fecha y hora asignada, puede solicitar que la audiencia para la orden final de restricción se lleve a cabo en una fecha posterior. A esto se le conoce como un aplazamiento para su caso. Entre la fecha de su primera comparecencia ante el tribunal y la segunda, la orden temporal de restricción que recibió permanecerá en vigor. Puede solicitar un aplazamiento ya sea el día de su audiencia o antes.


Antes de la fecha de su audiencia

Si antes de la fecha de su audiencia usted piensa que necesitará más tiempo para preparar su caso o para consultar con un abogado, puede pedirle al tribunal que le aplace la audiencia para una fecha posterior. Debe llamar a la unidad contra la violencia doméstica que opera en su condado e informar que a usted le gustaría que se le aplace la audiencia para una fecha posterior Para encontrar el número de la unidad contra la violencia doméstica, visite el sitio Web de la Judicatura de Nueva Jersey. Algunos de los condados permiten que los aplazamientos se soliciten directamente por teléfono, y otros piden que se les envíe una petición escrita por correo o por fax. Si el condado donde reside le exige que envíe una carta, asegúrese no sólo de averiguar el número de fax y la dirección, sino que también pregunte a nombre de quién la debe enviar. Si el tribunal no le responde antes de la fecha de su audiencia, asegúrese de volver a llamar e indagar sobre su pedido. Es posible que aún después de haber hecho una solicitud antes de la fecha de la audiencia, usted tenga que comparecer en la fecha programada y hacer la solicitud en persona.


Durante su audiencia

Cuando llegue al tribunal el día y la hora que aparece en la orden temporal, tendrá que esperar afuera de la sala a donde se le ha asignado. Un agente del alguacil o un empleado del tribunal llamará la lista de todas las personas que tienen una audiencia en ese día. Cuando llamen su nombre, déjele saber a esa persona que usted va a solicitar un aplazamiento para su audiencia y la razón por la que hace tal pedido. Luego le darán una orden de aplazamiento (una orden judicial que le indicará la fecha de su próxima audiencia) o le pedirán que se presente ante el juez para hacer su petición. Si le piden comparecer ante el juez, deberá hacer su pedido de nuevo y decir que le gustaría solicitar un aplazamiento para su audiencia y la razón por la que lo hace.
 
Si solicita el aplazamiento en el tribunal, le puede pedir al juez que le conceda alguna reparación judicial adicional, incluyendo asistencia económica o la devolución de alguna cosa de su propiedad. Si hay algo que necesitará antes de la segunda comparecencia, puede pedir que el tribunal incluya dicha reparación en la orden temporal de restricción que le conceda. Los tipos de peticiones que el tribunal verá, comúnmente tienen que ver con la ayuda para las obligaciones financieras; el pago de cuentas si hay una notificación del corte de servicios; la devolución de bienes muebles importantes (incluyendo la chequera, los pasaportes o documentos de migración); o la entrega de un vehículo si usted utilizaba dicho automotor antes de que se dictara la orden temporal de restricción. Debe limitar su pedido a artículos que necesitará mientras espera a que llegue la fecha de comparecencia. Tenga en cuenta que la parte demandada en su asunto también puede pedir que se le permita regresar al hogar a recoger sus efectos personales y a pasar tiempo con los niños. Si le preocupa la presencia del demandado en su casa o la interacción del mismo con sus hijos, usted tiene el derecho de oponerse a estos pedidos.

 

¿Qué sucede en la audiencia final?

Usted tiene que comparecer en la fecha, hora y lugar mencionado en su orden temporal para la audiencia final. Después de llegar al tribunal, inscríbase con el funcionario de la oficina del alguacil. Dele su nombre y dígale si piensa continuar con la audiencia, si tiene algún testigo, y si necesita un intérprete. También le puede decir a dicho agente que necesita un aplazamiento (una audiencia para otra fecha) para juntar más pruebas o tratar de conseguir un abogado.

Cuando llegue el momento de ver su caso, un empleado del juzgado, el alguacil o el juez llamará su nombre. Vaya al escritorio y parece frente a la placa que dice, "Plaintiff", demandante hasta que el juez le diga que se siente. Para obtener una orden final, usted tiene que demostrarle su caso al juez por medio de la preponderancia (el mayor peso) de las pruebas. Tiene que demostrar que hubo violencia doméstica y que usted necesita la protección de un interdicto final. Podrá hacer esto por medio de su testimonio, el de otros testigos, y de cualquier prueba física que le presente al tribunal. En su testimonio, usted debería describir:

  • Cuál es su relación con el demandado;
  • Los detalles sobre el incidente actual de violencia doméstica (la razón por la que vino al tribunal para conseguir este interdicto);
  • Cualquier historial de violencia (incidentes previos) entre usted y el demandado; y
  • Por qué cree usted que necesita protección contra el demandado.

También tiene el derecho de presentar pruebas a su nombre. Esto puede incluir fotografías de las lesiones o de la propiedad que resultó dañada, grabaciones de vídeo o de audio, archivos telefónicos o historiales médicos. Después de que haya compartido todo lo anterior con el tribunal, tanto el juez como el demandado podrán hacerle preguntas sobre lo que usted ha dicho (contrainterrogarle). Es importante escuchar con atención y no contestar a menos que entienda totalmente las preguntas que le hacen. Si no está seguro de lo que se le pregunta, pida que se lo repitan. Una vez que se termine el interrogatorio, usted puede presentar a otros testigos a su favor e interrogarlos.

Después de que usted y sus testigos hayan declarado y haya presentado todas sus pruebas, el demandado tendrá la oportunidad de presentar su versión de los acontecimientos. El demandado no tiene que decirle nada al juez, pero, si declara, usted tiene el derecho de contra interrogarlo El demandado también tiene el derecho de presentar pruebas físicas y otros testigos. Usted también tendrá la posibilidad de contrainterrogar a estos testigos.

Vea Cómo representarse en el tribunal: la manera de cuestionar a su testigo y Cómo representarse en el tribunal: la manera de contrainterrogar (cuestionar) a un testigo de la otra parte.

Después de que el demandado haya presentado sus propias pruebas, usted puede preguntar al tribunal si puede responder a dichas pruebas o testimonio. A esto se le llama la refutación del testimonio. En este momento, sólo se le permite responder directamente a las nuevas cuestiones presentadas por el demandado, y no revisar cuestiones que usted ya explicó.

Después de que usted y la parte demandada presentan sus casos, el juez entregará su dictamen. Mientras el juez está presentando el dictamen, usted no puede hablar. Este es el momento cuando el juez le deja saber lo que creyó y lo que no creyó. También sabrá si le concederán el interdicto final. Si no consigue un interdicto final, el temporal será desestimado y se le permitirá al demandado tener contacto con usted o volver a la vivienda que comparten. Si el tribunal le concede un interdicto final, usted tiene el derecho de solicitar que cualquier asistencia ya inscrita en la orden se quede como permanente, al igual que solicitar alivio adicional. Esto puede incluir:

  • Una petición que para el tribunal haga una evaluación del riesgo. (Esto es sobre todo importante en situaciones donde el demandado ha sido violento con los hijos o es adicto al alcohol o las drogas). Una evaluación de riesgo significa que un miembro del tribunal examinará la información y hablará con usted a fin de decidir si recomienda que el demandado tenga visitas no supervisadas con los niños.
  • Una petición para permanecer en la vivienda que usted y el demandado compartieron permanentemente o que se le permita una cierta cantidad de tiempo antes de que usted se pueda marchar, o tiempo para regresar a sacar sus pertenencias.
  • La manutención para usted. El tribunal puede ordenar que del sueldo semanal del demandado se saque una cierta cantidad de dinero, o que este pague directamente   la hipoteca o las cuentas del hospital o de la casa. Es buena idea saber cuánto dinero necesitará antes de ir al tribunal. Si existen cuentas específicas que tienen que pagarse— por ejemplo, el arreglo de una puerta dañada o las recetas médicas — traiga dichas cuentas con usted.
  • La manutención para los hijos menores. Cuando solicite la manutención, es una buena idea traer los recibos del pago (suyo y del demandado, si los tiene), junto con la declaración de renta del año pasado, de estar disponible. Esto le ayudará al juez a determinar la cantidad de la manutención apropiada.
  • Arreglos específicos sobre la custodia y las visitas con los menores. Si en la actualidad existe una orden de custodia, el tribunal la tendrá en cuenta para tomar su decisión, pero ciertas disposiciones podrían cambiar. Por ejemplo, usted debería solicitar un lugar público específico para recoger y dejar al menor (como una comisaría o la biblioteca local). Es importante tener fechas y horas específicas para las visitas con los hijos, porque el demandado no puede tener ningún contacto con usted.

¿Qué pasa después de que obtenga una orden final de restricción?

Un interdicto final le impide al demandado a tener cualquier contacto con usted (a menos que se hagan excepciones a fin de comunicar asuntos relacionados con sus hijos). Si el demandado le contacta, lo cual no es permitido, usted debe llamar a la policía. El demandado puede ser detenido por una violación al interdicto. Si el demandado no sigue el horario de visitas con los hijos o provisiones del mantenimiento delineadas en la orden, usted debería presentar una solicitud ante el tribunal de familia pidiendo que se haga cumplir dicha orden.

¿Qué pasa si no me conceden la orden final de restricción?

¿Dónde puedo ir para obtener más ayuda?

Si usted es una víctima que necesita ayuda para obtener una orden final de restricción o cualquier otro asunto relacionado con la violencia doméstica, llame a LSNJLAWSM, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, marcando el 1- 888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). (Si llama desde fuera de Nueva Jersey, marque el 732-572-9100 y pida que le pasen la llamada a la línea directa, Hotline.) También puede solicitar por medio de la Internet. ​