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Contar toda la historia: Cómo enmendar una Orden temporal de restricción por violencia doméstica (Temporary restraining order, TRO)

¿La debería enmendar? ¡Revise atentamente su TRO!

El incidente actual—contiene:

  • ¿Toda la violencia física que haya sucedido?
  • ¿Cualquier amenaza que se haya hecho?
  • ¿Algún maltrato verbal?
  • ¿Cualquier acoso o persecución no deseada?
  • ¿Daños o destrucción de su propiedad?

El historial anterior—contiene:

  • ¿Violencia doméstica anterior (aun si no se ha reportado a la policía o a los tribunales)?

Otros:

  • ¿Están marcados todos los delitos de violencia doméstica pertinentes?
  • ¿Las fechas y horas son correctas?
  • ¿Indicó el tribunal quién tiene la posesión de la vivienda?
  • ¿Indicó el tribunal quién tiene la custodia de los hijos?

Después de haber sufrido violencia doméstica, usted podría optar por obtener protección jurídica contra un agresor mediante la solicitud de una orden de restricción temporal (TRO). Una orden de restricción es una orden civil dictada por la División de familia del Tribunal Superior. Esta orden convierte en delito cualquier contacto que el agresor tenga con usted de cualquier forma, ya sea en persona, por teléfono, por correo electrónico o mensajes de texto, o a través de otra persona. Para obtener más información, lea Cómo se obtiene una orden de restricción.

Después de solicitar una orden de restricción, usted puede darse cuenta de que en su orden TRO hay detalles e información importante que es errónea o no está mencionada en la misma. Para corregir su TRO, tendrá que enmendarla.

¿Qué quiere decir enmendar una orden de restricción temporal, TRO?

Enmendar una TRO, quiere decir que usted agrega o cambia información importante en ella. Esto puede incluir añadir información sobre incidentes o corregir fechas o detalles que pueden haber sido incluidos erróneamente. En la audiencia para una orden de restricción final, usted sólo le puede hablar al juez de los incidentes mencionados en la TRO, por lo que es muy importante que la información que esta contiene sea completa y precisa.

¿Cuándo debo enmendar mi TRO?

Usted debe hacer una enmienda tan pronto como sepa que hay un error o que falta información en la TRO. El tribunal ha de entregar a la parte demandada la TRO enmendada y asegurarse de que el demandado tiene tiempo suficiente para preparar su defensa. Aunque es posible hacer una enmienda hasta la fecha del juicio, si el demandado no ha tenido suficiente tiempo para prepararse, la audiencia podría posponerse. Si es posible, es buena idea consultar con un abogado antes de presentar su enmienda.

¿Por qué debo enmendar mi TRO?

En la audiencia para la orden final, usted sólo le puede contar al juez los incidentes que han sido incluidos en la TRO. Por lo tanto, debería hacer una enmienda a la TRO cuando hay alguna descripción incompleta o inexacta del incidente más reciente; cuando no todos los delitos pertinentes han sido denunciados/marcados, o cuando se omitieron algunos incidentes anteriores. Cuando vaya a solicitar su TRO, es posible que usted solo se enfoque en el evento que acaba de suceder, y quizás no recuerde todo lo que sucedió en el pasado. Una enmienda le dará la oportunidad de incluir todos los incidentes. Durante el juicio, el juez le dará más importancia al incidente de violencia doméstica actual, por lo que es importante que este se describa con precisión. Asegúrese de que su orden TRO describa de forma breve, pero detallada, el incidente actual, incluyendo violencia física, lesiones, amenazas, acoso o daños a la propiedad.

En su TRO, verá unas casillas para marcar los19 delitos catalogados como violencia doméstica. Asegúrese de que las casillas de todos los crímenes que se aplican a su caso estén marcadas. Un solo incidente de violencia doméstica puede incluir más de un delito. Por ejemplo, un demandado que le lanza a la víctima su teléfono celular, causándole heridas y destruyendo el teléfono, ha cometido los actos de agresión, acoso y daños a la propiedad ajena, los cuales deben estar todos marcados en la TRO. Para obtener más información, vea 19 delitos catalogados como violencia doméstica.

En la TRO, hay una sección titulada "¿Existe historial previo de violencia, denunciado o no denunciado?" Si usted tiene un historial de maltrato, asegúrese de que la casilla que corresponde a "Yes (Sí)" esté marcada. Revise su historial de violencia anterior. Asegúrese de que en su TRO se mencionen todos los incidentes anteriores que se produjeron durante su relación con el agresor, los haya reportado o no. Incidentes como la violencia física, maltrato verbal, amenazas de muerte o de causarle daño, o persecución o vigilancia no deseada, llevados a cabo anteriormente por el demandado en su contra, se pueden incluir en su orden. Pensar en hechos pasados puede despertar recuerdos dolorosos y ser difícil de recordar . Es posible que, por múltiples razones, usted no pueda recordar todos los detalles específicos del maltrato anterior. Asegúrese de tomarse el tiempo necesario para pensar en el historial de eventos pasados e incluya lo que pueda recordar, lo mejor que pueda. Incluir esta información hará que su caso sea lo más fuerte posible, pero no recordarlo todo no significa que no tenga un caso. Algunas formas de violencia doméstica son continuas y se producen en el transcurso de una relación. Ejemplos de algunas formas de violencia continua pueden incluir que el demandado le impida comunicarse con sus parientes y amigos o le someta a humillaciones constantes o insultos repetidos. Usted puede incluir en su TRO formas continuas de violencia doméstica.

Si algo de lo anterior no aparece correctamente en su TRO, deberá enmendarla.

¿Cómo puedo enmendar mi TRO?

Usted no necesita ir al tribunal para enmendar una TRO. Puede completar un formulario y enviarlo a través del sistema JEDS. El formulario se puede encontrar en Cómo presentar una denuncia enmendada por violencia doméstica (publicado por los tribunales de NJ). Las instrucciones para presentar el formulario se pueden encontrar en Presentación electrónica de documentos judiciales (JEDS) (publicado por los tribunales de NJ).

Para pedir una modificación de su TRO, vaya a la Unidad de violencia doméstica del tribunal del condado donde reside, de las 8:30 a.m. hasta las 4 p.m., de lunes a viernes. Una TRO no se puede enmendar en una comisaría de policía ni en un tribunal municipal.

Antes de ir al tribunal del condado, haga una lista de los cambios que desee hacer en su TRO. Asegúrese de tener las fechas y horas correctas de los nuevos incidentes. Documentos tales como historiales médicos, informes de policía, cartas, fotos y mensajes de texto, correos electrónicos con la hora y fecha de recibo o envío, pueden ayudarle a determinar las fechas de los incidentes anteriores, pero, en este momento, no deben presentarse ante el tribunal. Si no puede recordar las fechas exactas, puede generalizar. Por ejemplo, si recuerda que el demandado le amenazó en el 2009 cuando estaba nevando, la TRO podría decir que el incidente ocurrió en "invierno de 2009". Detalles como las estaciones, lugares, días festivos, etc., pueden refrescar su memoria y ayudarle a tener una mejor idea de la cronología de los acontecimientos. Es posible que se le pida a usted que escriba los cambios que desea incluir en la TRO o, en algunos casos, el secretario del tribunal le puede entrevistar y ayudarle con la redacción. Pida que se le permita revisar la TRO enmendada y compruebe que todas las fechas, horas y hechos sean correctos. Asegúrese de que se haya incluido todos los incidentes previos de violencia. Si ve algún error, pídale al personal del tribunal que revise su TRO.

Cuando usted esté convencido de que la TRO está completa, se le pedirá que la firme. Es importante que usted tenga confianza en la exactitud de la orden de restricción. Al firmar el documento, usted certifica ante el tribunal que toda la información en dicha orden es verdadera y correcta.

Es posible que se le pida comparecer ante un funcionario de audiencias o un juez. Si esto ocurre, el tribunal puede pedirle que brinde un testimonio breve respecto a los cambios realizados o los nuevos incidentes de violencia agregados a su TRO. Si no habla inglés con fluidez o se comunica por medio del lenguaje de señas, usted tiene derecho a un intérprete. Si necesita un intérprete, asegúrese de solicitar uno antes de comparecer ante un funcionario o ante el juez. Un proceso jurídico puede ser complicado y es esencial que usted entienda todo lo que se dice.

Una vez que haya modificado su TRO, recibirá una copia actualizada con su firma. Se colocará una segunda copia en el expediente judicial. De igual forma, un agente del sheriff le entregará al demandado una copia de la orden modificada. Asegúrese de guardar una copia en un lugar seguro y llevar siempre una copia con usted. Mientras se prepara para el juicio, considere la posibilidad de hacer una carpeta con copias de su TRO original y modificada, pruebas y demás documentos importantes.

¿Puedo enmendar mi TRO más de una vez?

No hay límite en el número de veces que un demandante puede hacer modificaciones antes del juicio. A veces, es necesario enmendar una TRO más de una vez. Sin embargo, su caso parecerá más creíble si su primera modificación es lo más detallada y exacta posible y no se repiten enmiendas.

¿Se cambiará la fecha de mi audiencia porque hice una modificación a mi TRO?

En aras de la equidad, el tribunal puede aplazar (posponer) la audiencia para asegurarse de que el demandado tenga tiempo para preparar su defensa frente a las nuevas alegaciones en su orden enmendada. Si se le entrega al demandado una versión modificada de la orden en la fecha o cerca de la fecha del juicio, es muy probable que se haga un aplazamiento. Si usted hace una modificación mucho antes de la fecha del juicio, el aplazamiento es menos probable.

Hoy es el día del juicio, y me acabo de dar cuenta de que mi TRO necesita ser modificada. ¿Qué hago?

Si el juicio no ha comenzado aún, dígale al agente del sheriff o al secretario del juez asignado a su caso que desea hacer una modificación. Tal vez le indiquen que vaya a la Unidad de Violencia Doméstica, que se reúna con un funcionario del tribunal y comparezca ante un funcionario de audiencia o un juez, como hemos descrito anteriormente. La fecha del juicio se podría aplazar para darle al demandado tiempo para preparar su defensa.

Si el juicio ya comenzó, usted puede solicitar que su testimonio se utilice para hacer una modificación a su TRO. A veces, mientras le está contando al tribunal lo que ha sucedido, las circunstancias pueden exigir que se añada información adicional o se corrijan errores en la TRO. Aunque hacer una modificación mediante su testimonio es una opción, siempre es mejor tratar de modificarla de antemano. Una modificación durante el testimonio puede retrasar el resultado final de la audiencia. Usted debe revisar su TRO antes de que se inicie el juicio con el fin de asegurarse de que va a presentar el mejor caso posible. Si el inglés no es su idioma principal, pídale a alguien que revise la TRO con usted en su idioma preferido.

¿Qué pasa si no modifico mi TRO?

A veces puede ser que usted no quiera que se posponga la fecha para su audiencia debido al trabajo o razones personales. Si prefiere mantener la fecha original, lo puede hacer, pero asegúrese de que la información contenida en la TRO es lo suficientemente específica como para que el tribunal emita una orden de restricción final. Si es así, entonces continuar sin hacer ninguna modificación puede ser una buena opción. Sin embargo, si hay cosas importantes que no aparecen o se describen incorrectamente, su caso tal vez no sea tan fuerte como podría ser.

¿Dónde puedo obtener más información o ayuda legal?

Muchas víctimas de violencia doméstica necesitan ayuda adicional, una vivienda segura, o ayuda legal. Hay ayuda disponible para las víctimas de violencia doméstica. Para obtener asistencia adicional, puede ponerse en contacto con las siguientes organizaciones.

En Nueva Jersey, la Línea directa de violencia doméstica brinda servicio confidencial las 24 horas del día, los 7 días de la semana, y se puede contactar llamando al 1-800 -572-SAFE (7233) o en el sitio web de la Coalición de Nueva Jersey para poner fin a la Violencia Doméstica.

Vea Cómo se obtiene una orden de restricción para tener más información acerca de los derechos en caso de violencia doméstica, entre ellos el acceso a la guía completa de las leyes sobre violencia doméstica de Servicios Legales de Nueva Jersey.

Para ver vídeos que explican cómo solicitar una orden temporal de restricción, consulte nuestra serie Orden temporal de restricción, compuesta por cuatro vídeos.

Para vídeos que explican cómo representarse a sí mismo en una audiencia para una orden de restricción final, consulte nuestra serie de siete vídeos titulada Orden de restricción final.

Si tiene preguntas o necesita ayuda legal, llame a LSNJLAWSM, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, marcando el l-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529).