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La Corte Suprema de Nueva Jersey dicta un fallo acerca del derecho a tener un abogado durante las audiencias para la ejecución de una manutención para menores

 

En el 2006, la Corte Suprema de Nueva Jersey (el más alto tribunal del estado) falló que todo padre no custodio inculpado de quebrantar una orden judicial y que esté encarando la posibilidad de ser encarcelado por la falta de pago de la manutención tiene que ser informado del derecho a ser representado por un abogado durante la audiencia para la ejecución de dicha orden. Este artículo le explicará ese derecho así como la forma en que se ejecutan las órdenes de manutención.

¿Cómo se ejecuta una orden de manutención para menores?

Cuando los padres del menor viven aparte, el tribunal, a menudo, le ordena al padre sin la custodia (el padre no custodio) a pagarle la manutención del hijo al padre que vive y cuida al menor (el padre custodio). Cuando el progenitor que no tiene la custodia no pagar la manutención durante dos semanas, o cuando el monto no pagado es igual a la cantidad que debería haberse pagado durante dos semanas, la División de Libertad Condicional del Tribunal Superior (libertad vigilada) está obligado por ley a adoptar medidas para ayudar a que el progenitor que tiene la custodia del niño obtenga apoyo debidos.

Para hacer esto, la oficina de probatoria primero presenta al tribunal una declaración de los hechos que describe en qué forma está el padre no custodio desobedeciendo la orden jurídica para el pago de la manutención. Luego, la oficina de probatoria escoge si entabla una demanda por desacato o si presenta una solicitud  que se llama un pedimento para ayudar a los derechos del litigante , o ambos.

La oficina raramente entabla una demanda por desacato contra un padre que debe algún pago de manutención. Más comúnmente, la oficina o el padre con la custodia presentará un pedimento para ayudar a los derechos del litigante que obligue al padre  deudor a pagar la manutención adeudada.

¿Tiene derecho el padre deudor a explicar por qué no ha pagado la manutención?

Sí. La ley exige que antes que se pueda enviar a un padre a la cárcel por la falta de pago de la manutención, se le envíe una notificación de que se llevará a cabo una audiencia para indagar la capacidad que tiene para pagar la cantidad adeudada. Un funcionario de audiencias escucha el testimonio y considera las pruebas para determinar si el padre tiene los recursos para pagar la manutención exigida. Si el funcionario determina que el padre no custodio no tiene los recursos para pagar la manutención adeudada, dicho agente puede modificar la orden de pago.

Sin embargo, si el funcionario  determina que el padre no custodio tiene los recursos para pagar la manutención pero que deliberadamente se está negando a pagarla, dicho agente hará una recomendación al tribunal acerca de la forma en qué la orden debe ser ejecutada. Las recomendaciones incluyen sugerencias tales como:

  • que el tribunal dicte inmediatamente una orden de arresto, o
  • que el tribunal dicte inmediatamente una orden poniendo el caso en una alerta para que se dicte una orden de arresto. (El poner el caso una alerta de orden de arresto quiere decir que si en el futuro el padre no custodio se atrasa por lo menos 14 días para hacer el pago, la oficina de probatoria o el padre con la custodia podrá pedirle al tribunal que dicte una orden de arresto sin tener que avisarle al padre deudor).

¿Tienen los padres que encaran ir a la cárcel por la falta de pago de la manutención derecho a la asistencia de un abogado?

Sí. Como se ha mencionado antes, la Corte Suprema de Nueva Jersey en un caso reciente falló que todo padre no custodio inculpado de quebrantar una orden judicial y que esté encarando la posibilidad de ser encarcelado para la falta de pago de la manutención tiene que ser informado de que tiene el derecho a ser representado por un abogado durante la audiencia para la ejecución de dicha orden. Todo padre no custodio que tenga bajos ingresos  y que encare la posibilidad de ir a la cárcel tiene que ser informado de que tiene el derecho a que se le asigne un abogado de oficio para que le represente. El juez puede pedir una prueba de ingresos. Si el padre puede demostrar que es indigente, el tribunal tiene que proporcionarle un abogado de oficio.

¿Qué sucede si el tribunal no le informa al padre acerca del derecho a un abogado o no le proporciona un abogado?

Si el tribunal no le informa al padre deudor acerca del derecho que tiene a un abogado durante la audiencia de ejecución o no le proporciona  un abogado a un padre que tiene bajos ingresos, dicho tribunal no puede usar la amenaza de enviarle a la cárcel para así forzar al deudor a obedecer la orden de pago de manutención.

En la actualidad no hay un sistema que proporcione un abogado a todo padre con bajos ingresos que encare una sentencia carcelaria por la falta de pago de la manutención. Debido a que el derecho a los servicios de un abogado existe sin la capacidad de brindar uno, el tribunal de familia no podrá utilizar una sentencia carcelaria como una manera de ejecutar una orden de pago de la manutención. Esto significa que cuando se presente un pedimento para la ejecución de una orden de pago de una manutención en contra de un padre que no tiene la custodia, quien a su vez puede proporcionar al tribunal prueba de ser indigente, el juez no podrá conceder una orden de arresto contra este individuo, a menos que haya un sistema para asignarle un abogado al mismo.

¿Qué sucede si ya se ha dictado una orden de arresto?

Si ya hay una orden de arresto contra un padre que puede demostrar ser indigente, el tribunal tiene que proporcionar a tal individuo un abogado de oficio o dejarlo en libertad. Durante el tiempo que el recientemente decidido caso avanzaba en la Corte Suprema,  los padres indigentes que se hallaban encarcelados solicitaron que se les asignaran abogados de oficio, pero, después de que el tribunal no pudo proporcionarles representación, fueron dejados en libertad.

¿Existen otras formas de poner en vigor una orden de manutención, además de la cárcel?

Hay otras maneras en las que el tribunal puede poner en vigor una orden de manutención, en lugar de encarcelar al padre deudor. Estas alternativas no crean el derecho a tener un abogado en la audiencia para la ejecución. Entre estas alternativas están:

  • Sacarle dinero directamente del cheque de pago del padre deudor. Este procedimiento, conocido como "la retención de ingresos" , se ordena en casi  todo caso de manutención excepto en una situaciones donde el padre moroso no recibe un cheque de pago (por ejemplo, la persona trabaja por cuenta propia).
  • Forzar la venta de bienes raíces (una casa o un terreno u otro edificio) para utilizar el producto de la venta de tales bienes para pagar la manutención adeudada.
  • Forzar al padre a pagar la manutención que debe exigiendo que el monto de la manutención se cobre del producto neto de cualquier adjudicación o arreglo obtenido por alguna demanda.
  • Negar, revocar, o suspender toda licencia recreativa (por ejemplo, la licencia de pesca o caza), licencia profesional (por ejemplo, la licencia para cortar cabello o proporcionar fisioterapia o ejercer la abogacía), o la licencia de conducir.

Hasta que el estado tenga un sistema para designar abogados a los padres sin la custodia que encaren una encarcelación por la falta de pago de la manutención, la oficina de probatoria o el padre con la custodia tal vez solo tenga como opción el pedir estas medidas alternas de ejecución. A largo plazo, es probable que estas alternativas beneficien a ambos padres, porque ya han demostrado que son más efectivas que la cárcel respecto al aumento de los pagos de la manutención.

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