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Respecto a la tutela o custodia

 

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En toda disputa sobre la custodia infantil, ambos padres tienen los mismos derechos para pedirla. Si se está divorciando y no concuerda con el padre o madre de su hijo acerca de dónde debe vivir el menor, un juez decidirá la custodia dentro del proceso para el divorcio. Si no están casados entre sí, una de las dos partes puede entablar, ante el tribunal de familia, un proceso para resolver cualquier disputa respecto a la custodia del menor. El juez tiene que decidir qué  tipo de arreglo le será más conveniente al menor. Si tiene alguna preocupación sobre a quién se le concederá la custodia, hable con un abogado.

Hay dos tipos de custodia: La legal y la física. El padre con la custodia legal es el responsable de tomar decisiones importantes con respecto a dicho menor, como a cuál escuela debe asistir y qué tipo de asistencia médica debe recibir. El padre con la custodia física es con quien el menor vive la mayor parte del Tiempo, y se le conoce como el padre custodio. El otro es el no custodio. Los padres también pueden compartir  la custodia física y/o legal.

Las disposiciones de la custodia pueden variar según las necesidades de los hijos y la relación de los padres. El juez no tiene que tomar la misma decisión respecto a la custodia física y la legal. A menudo los partes comparten la custodia legal conjunta, pero una de las partes tiene la custodia física primaria.

La mediación para la custodia - Cuando hay una discordia por la custodia en un caso jurídico, el juez por lo general, remitirá a las partes a una mediación para ver si un mediador puede ayudar a resolver el asunto. Sin embargo, si usted y su cónyuge tienen un historial de violencia doméstica, el juez no los puede enviar a una mediación.

Las investigaciones hechas por el tribunal. El magistrado puede pedir que la oficina encargada de controlar la libertad provisional o cualquier otro miembro del personal del tribunal lleve a cabo una investigación de las partes y sus domicilios, y presente  un informe al tribunal.

Posibles arreglos:

La custodia física conjunta - El menor vive con cada uno de los padres por cantidades de tiempo similares. En esta situación, ambos padres son responsables de los asuntos cotidianos del menor.

La custodia física exclusiva - El menor vive la mayor parte del tiempo con uno de los progenitores y el otro, tendrá generalmente un horario para visitar al menor.

La custodia legal conjunta - Ambos padres participan en la toma de decisiones importantes acerca de la educación, atención médica y cuestiones similares del menor. Ambos tienen acceso a los informes médicos y escolares del menor.

La custodia legal exclusiva - Sólo uno de los padres es responsable de tomar decisiones importantes con respecto al menor.

Cómo decide el juez la custodia

El juez, teniendo en cuenta lo que más le conviene al menor y antes de tomar una decisión, verá un número de factores, incluyendo:

  1. La capacidad de los padres de estar de acuerdo, comunicarse y cooperar entre sí
  2. La relación del menor con los padres y los hermanos
  3. Cualquier antecedente de violencia doméstica.
  4. La seguridad, necesidades y preferencias del menor
  5. La capacidad de cada padre de cuidar al menor.
  6. La educación del menor
  7. La cantidad de tiempo que cada uno de los padres ha pasado con el menor
  8. Las responsabilidades laborales de los padres
  9. La edad del niño y el número de hijos
  10. Cualquier otro factor que el juez considere ser pertinente.

Si las circunstancias de las partes cambian, el juez puede cambiar las decisiones que implican la custodia. La parte que quiera un cambio a la custodia, deberá presentar un pedimento para modificar la orden. Para que el juez considere el pedido, esta parte tendrá que demostrar que la situación de las partes ha cambiado. De ser así, el juez deberá decidir qué arreglo será el que más le convenga al menor en ese momento.

El horario de visitas paternas o maternas con el menor

El padre no custodio casi siempre tendrá visitas o tiempo para pasar con el menor. Sólo habrá restricciones en las visitas si el tribunal cree que dicho padre le causará algún daño al menor. En ese caso, el magistrado puede ordenar que estas visitas sean supervisadas. En situaciones extremas, el juez podría suspender las visitas por completo hasta que cambien las circunstancias. Las decisiones sobre las visitas se toman en base a lo qué más le conviene al menor. Si las circunstancias cambian, el horario de visitas se puede cambiar.

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