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El cambio de nombre o apellido en Nueva Jersey

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¿Cuáles son las razones para cambiarse el nombre?

Existen muchas razones por las cuales querrá cambiar su nombre. Por ejemplo, es posible que lo conozcan con un nombre que no está en su certificado de nacimiento o decida que no quiere que lo llamen con el nombre que aparece en sus documentos legales. Por lo general, usted puede tomar un nuevo nombre en cualquier momento sin pasar por un proceso jurídico. Pero, si el nombre que toma no encaja con sus documentos legales, es mejor cambiarlo de manera legal. Esto es especialmente importante a luz de la seguridad que se aumentó desde el 9/11. También, si fuera a divorciarse o a disolver una unión civil, puede cambiar su apellido legalmente en el transcurso del divorcio.

Este artículo también le explicará lo que tiene que hacer si desea cambiar el nombre de su hijo.

¿Cómo hago para cambiarme el nombre?

Cuando usted lo desee, puede solicitar al tribunal una orden judicial para cambiar su nombre. En la consideración de la petición del cambio de nombre, la preocupación principal es que usted no esté pidiendo este cambio para cometer o para evitar consecuencias jurídicas en una acción legal. A pesar de que la mayoría de las peticiones para el cambio de nombre se otorgan, en la solicitud deberá explicar por qué quiere cambiarse el nombre.

Para obtener una orden jurídica otorgándole el permiso para cambiarse el nombre, tendrá que llenar una demanda para el cambio de nombres en la División de Derecho del Tribunal Supremo. Para comenzar el proceso y que el tribunal considere su caso, deberá darle al secretario jurídico los formularios necesarios y pagar 250 dólares para las costas del diligenciamiento. Si no puede pagar, puede solicitar al tribunal una exoneración de costas.

Los documentos que tiene que presentar son:

  • La declaración informativa sobre un caso civil (Civil Case Information Statement). Esto será un resumen de su caso para el juez.

  • La confirmación de la petición para cambiar el nombre y la certificación, (Verified Complaint for Name Change and Certification). La petición indicará al tribunal el nombre actual, el que desea, la razón por la cual desea hacer este cambio y si tuvo alguna condena por un delito o si tiene cargos penales pendientes. En la certificación que envíe adjunta, certificará o jurará que toda información en la petición es verídica según su leal saber y entender. Es muy importante que incluya solamente información precisa y verdadera en todo documento que presente al tribunal. Si, a sabiendas, distorsiona la información de un hecho, es posible que se le imputen cargos por un delito de cuarto grado.

  • La orden para fijar la fecha de audiencia, (Order Fixing Date of Hearing). Usted dejará este documento parcialmente en blanco cuando se lo entregue al secretario jurídico. Después, el juez lo revisa, completa y se lo remite con instrucciones para que vuelva al tribunal en una fecha 30 días o más después de la fecha en la que el juez firme la orden. El juez también indicará en la orden que publique la notificación de esta fecha de audiencia en un periódico particular.

¿Qué debo hacer si me declararon culpable por algún delito o si hay cargos penales pendientes en contra mía?

Si alguna vez lo declararon culpable por un delito, tiene que enviar copias de la confirmación de la petición para cambiar el nombre y la certificación y la orden para fijar la fecha de audiencia al fiscal del condado donde lo condenaron. Si existen cargos penales pendientes en su contra, tiene que enviar estos documentos al fiscal del condado donde se ventiló el asunto. Más adelante, podrá encontrar la lista de los fiscales de los condados y los números de teléfono.

Si la División de justicia penal en Trenton es quien ha iniciado los cargos en su contra, tiene que enviar todos los documentos al director de dicha división. La dirección es la siguiente:

Director of Criminal Justice 
R. J. Hughes Complex 
25 W. Market Street 
P.O. Box 085 
Trenton, New Jersey 08625-0085

Envíe los formularios por correo certificado y pida un acuse de recibo para que pueda probar que lo recibieron. Tiene que enviar estos documentos 20 o más días antes de la fecha de la audiencia. Esto le dará tiempo al fiscal o al director para presentar objeciones a su petición para el cambio de nombre. Estas objeciones se presentarán si el individuo piensa que la razón por la cual usted desea hacer este cambio es evitar acreedores, bloquear un enjuiciamiento penal o cometer fraude civil o criminal.

¿Existen requisitos respecto a las notificaciones especiales para el cambio del nombre de un menor?

El procedimiento para solicitar un cambio de nombre para un individuo de menos de 18 años de edad, es casi igual al de un adulto con una importante diferencia. Si solamente uno de los padres del menor está presentando la solicitud a favor del menor y el otro padre no vive con el menor, el padre solicitante tendrá que enviar una copia de la confirmación de la petición y la certificación y la orden para fijar la fecha de audiencia al otro padre biológico o adoptivo. Los documentos se tendrán que enviar 20 días antes de la audiencia a la última dirección que se conozca, los deberá enviar por correo certificado con acuse de recibo. Este requisito le dará al otro progenitor la oportunidad de presentar alguna objeción si siente que no será de beneficio al menor. Al igual que el caso de una solicitud de cambio de nombre de un adulto, si el menor alguna vez fue declarado culpable de algún delito, o tiene cargos penales pendientes, usted tendrá que enviar los documentos necesarios a la oficina del fiscal en el condado donde se hicieron dichos cargos.

¿Cómo puedo publicar en el periódico una notificación sobre mi cambio de nombre?

El tribunal le devolverá la orden para la fijación de una fecha de audiencia junto con una fecha designada por el juez en esa orden. Usted tendrá que publicar en el periódico esta orden para que cualquier persona que tenga alguna objeción a que se haga este cambio tenga la oportunidad de presentarla. Deberá enviar inmediatamente una copia al periódico que se le indica en la orden. El periódico tendrá que publicar la notificación por lo menos una vez antes de la fecha de la audiencia. Después de la publicación de la fecha en el periódico, usted recibirá una copia de la declaración jurada de la publicación. Esta indicará que la información contenida en la orden del tribunal se publicó en dicho medio.

¿Cómo puedo probar que di notificación a las personas pertinentes?

Después de enviar copias de los documentos a las personas y periódicos pertinentes, tendrá que presentar al tribunal un comprobante del envío por correo “Proof of Mailing”, este es un documento que indica que usted envió los documentos a un individuo particular en una fecha específica. Tiene que informar al tribunal que envió los documentos a cada una de las personas a las que se le exigió notificar. En esta prueba de envío también jurará que la declaración que está presentando es verídica. Asimismo debería adjuntar la tarjeta verde del acuse de recibo que le enviará la oficina de correos para mostrar al tribunal que dichos documentos fueron enviados y que los destinatarios los recibieron.

¿Qué sucederá el día de la audiencia?

El día de la audiencia, tendrá que ir al tribunal a la hora indicada en la orden para fijar la fecha de audiencia. Deberá traer la declaración jurada de la publicación, Affidavit of Publication, y el formulario del fallo, Form of Judgment. Deberá completar el fallo con el número del caso, su fecha de nacimiento y el número del Seguro Social. Tendrá que dejar en blanco algunas partes las cuales el juez llenará al cierre de la audiencia.

Durante la audiencia, el juez verá sus documentos y verá si existen objeciones a la petición del cambio de nombre. Si cualquier persona que haya recibido la notificación sobre el cambio de nombre, presenta alguna objeción a la solicitud, el juez le pedirá que responda preguntas referentes a la objeción. Deberá hacerlo de manera honesta. Si miente en las respuestas, es posible que se le impongan cargos por un delito en cuarto grado.

Si no existen objeciones y el juez queda convencido que el cambio de nombre es razonable y no es para evitar acreedores, cometer fraude civil o penal o para obstruir un enjuiciamiento penal, el juez tal vez firme la orden. Dicha orden le permitirá al solicitante asumir el nuevo nombre 30 días después de la audiencia.

¿Cómo cambio el nombre o apellido de un menor?

Primero el tribunal tendrá que estudiar los documentos antes de determinar que usted no esté pidiendo cambiar el nombre del menor para cometer fraude civil o penal. Si el otro padre decide no oponerse, el tribunal supondrá que hacer dicho cambio es en beneficio del menor. Si el otro padre tiene objeciones, usted tendrá que brindar pruebas que le muestren al juez que la petición se hace para el beneficio del menor. El otro padre podrá presentar una respuesta o certificado de oposición a la petición. Para evaluar si el cambio del nombre del menor seria de beneficio del menor, el tribunal examinará varios factores, que incluyen por cuánto tiempo utilizó el menor su nombre actual; cómo se identifica al menos en el entorno de la familia, las posibilidades de ansiedad, vergüenza o incomodidad que el menor puede sufrir si este tiene un apellido diferente al del padre tutelar y, si el menor tiene la edad para expresarlo, su preferencia. No existe una regla que determine los nombre que beneficiarán al menor y los no. Sin embargo, el juez considerará cuidadosamente las diferentes circunstancias de cada caso con respecto al menor.

Si el juez piensa que su petición para el cambio del nombre del menor es razonable y beneficiosa, por lo general, firmará una orden que le permitirá al menor asumir el nuevo nombre o apellido 30 días después de la audiencia.

¿Qué debo hacer después de la audiencia?

Consiga copias certificadas del fallo final.

Después de la audiencia, antes de salirse del tribunal, es importante que obtenga una copia certificada del fallo final. La copia certificada tiene un sello en relieve. La primera copia certificada no tiene ningún costo. El tribunal le cobrará 5 dólares por cada copia adicional. Necesitará por lo menos cuatro copias certificadas por el tribunal.

Publique de nuevo en el periódico el fallo final.

En los próximos 20 días después de la fecha de la firma del fallo, tendrá que volver a publicar en el periódico una copia de tal fallo. Volverá a recibir una declaración jurada del periódico. Una vez más, la declaración jurada que el periódico le envíe, indicará que el periódico publicó la copia del fallo final con el cambio de nombre del menor.

Entregue una copia del fallo final a diferentes agencias y oficinas gubernamentales.

Después que se dicte el fallo final, tendrá que enviar una copia certificada a las siguientes oficinas.

  • El Departamento del Tesoro. (The Department of the Treasury). Tiene que entregar una copia del fallo a este departamento antes de los 45 días de la fecha del fallo. Usted puede enviarlo por correo. Asegúrese de enviar un cheque o un giro postal a nombre de Treasurer, State of New Jersey por 50 dólares. Para recibir una copia certificada del documento presentado, tiene que pagar una tarifa de 25 dólares. Le devolverán la orden final. Para conseguir más información, visite la página File Legal Name Changes (del Departamento del Tesoro)

    Department of the Treasury 
    New Jersey Division of Revenue 
    Judgment Name Change Unit 
    P.O. Box 453 
    Trenton, New Jersey 08646

  • La Agencia del Registro Civil (Bureau of Vital Statistics) del estado donde nació. Usted puede enviarlo por correo. Si nació en otro estado, la agencia del registro civil se encontrará en la capital de dicho estado. Deberá ponerse en contacto con la oficina para preguntar lo que debe hacer para cambiar su certificado de nacimiento u otros expedientes. Si nació en Nueva Jersey, la dirección es:

    Bureau of Vital Statistics 
    Record Modification Unit 
    State of New Jersey 
    P.O. Box 370 
    Trenton, New Jersey 08625-0370

Incluya una carta en la que indique los datos que quiere que se corrijan; el nombre de la forma que aparece en el acta que desea cambiar; la fecha exacta y el lugar donde ocurrió el nacimiento, matrimonio, adopción, unión civil o sociedad doméstica; y si fuera el caso de un certificado de nacimiento, el apellido de soltera de la madre y el nombre del padre si aparece inscrito en el acta de nacimiento. Además, tendrá que incluir un cheque o un giro postal de 27 dólares a nombre de Treasurer, State of New Jersey. Esta cantidad cubrirá el costo de una copia certificada con los datos corregidos. Para recibir más información acerca del registro civil visite el sitio Web Vital Records in New Jersey (del departamento de Salud y Servicio a personas de tercera edad en Nueva Jersey) o llame al (609) 292-4087.

  • La Comisión de Vehículos Motorizados. Si usted tiene una licencia de conductor o tiene un vehículo motorizado registrado bajo su nombre o si tiene una tarjeta de identificación o de no conductor o de discapacitado, tendrá que ir en persona para presentar la copia del fallo final a la Agencia de Vehículos Motorizados de Nueva Jersey, New Jersey Motor Vehicle Agency, o al Centro de Servicios Regionales, Regional Service Center. Lo tendrá que hacer dentro de dos semanas de la fecha del fallo final. Visite la página Web del MVC, para recibir más información, incluyendo la lista del MVC de los documentos que se necesitan para cumplir con los requisitos de identificación.

Notifique a otras agencias o funcionarios y cambie los otros documentos oficiales.

También debe pensar en cambiar el nombre que tiene en los documentos oficiales antiguos. Por ejemplo, es posible que usted desee enviar una copia del fallo final a la Administración del Seguro Social, al banco o la junta de servicios sociales / oficina del bienestar público (welfare, si es que lo recibe) y cualquier otra agencia a la que corresponda, para recibir una nueva identificación o para que se cambie el nombre en sus informes. Los documentos que también sería bueno cambiar son su testamento; las instrucciones por adelantado para cuidados médicos (testamento de vida); las directrices anticipadas para el cuidado de salud mental; póliza de seguros; tarjetas de crédito y el certificado de matrícula profesional si usted es un abogado u otro tipo de profesional.

Nota: Si alguien fuera a demandarlo bajo su antiguo nombre para cobrar dinero que le debe, aún será responsable a pesar de que su nombre ya no es el que está en la demanda.

Otras maneras de cambiar su nombre

  • El divorcio o la disolución de una unión civil. Si desea volver a tener su apellido de soltera o desea tomar el apellido de otra persona, incluyendo algún nombre que usted nunca haya utilizado, esto podrá hacerlo como parte de la acción de divorcio o disolución.

  • Adopción. El niño que adopte se hará conocer con el nombre que se proponga en la petición para la adopción.

  • Los padres que se casan después del nacimiento de un hijo. Si el menor nació antes del matrimonio y los padres se casan después, los padres pueden cambiar el apellido del niño al presentar ante la Oficina estatal de Registro Civil una prueba del matrimonio o la unión civil

  • Naturalización. Cuando una persona se convierte en ciudadano de los Estados Unidos, puede tomar un nuevo nombre si completa la petición como parte del proceso de naturalización. Las solicitudes suelen considerarse y otorgarse sin que el solicitante tenga que comparecer frente a un juez en el tribunal. Sin embargo, si usted es el solicitante y desea cambiar su nombre como parte del proceso de naturalización, deberá participar en una ceremonia de juramento (una ceremonia de naturalización que se lleva a cabo en el tribunal frente a un juez). La decisión si deberían o no dejarle cambiar su nombre como parte de la ceremonia le corresponde al juez de migración que presida la ceremonia. Si el juez le otorga el cambio de nombre, se dictará un fallo (orden del tribunal) y el tribunal de migración enviará una copia de dicha orden a los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos, (siglas en inglés USCIS), junto con cualquier otra notificación necesaria. Sin la existencia de una orden del tribunal, USCIS no tendrá el poder de hacer el cambio del nombre del solicitante.

¿Cómo puedo conseguir un paquete pro se para cambiar el nombre o apellido?

Si tiene acceso a la Internet, puede conseguir los formularios necesarios en la página Web Forms and Kits for Self Represented Litigants (Pro Se) (de la Judicatura de Nueva Jersey). Busque los formularios bajo la sección sobre los asuntos civiles (en inglés "Civil Matters"). Los formularios se llaman “How to Ask the Court to Change Your Name”, (Cómo pedir al tribunal que le cambien el nombre), y “How to Ask the Court to Change Your Minor Child’s Name (Under the Age of 18)”, (Cómo pedir al tribunal que cambien el nombre del menor (con menos de 18 años de edad). Puede imprimirlos y utilizarlos para presentar la solicitud por su propia cuenta.

El administrador de la División Civil

  • A continuación verá la lista de las direcciones y los números de teléfono de los administradores de la división civil en cada tribunal, Directory of Civil Division Offices (del sitio Web de la Judicatura de Nueva Jersey). Tendrá que enviar los documentos al condado donde está presentando su caso. Utilice la lista de direcciones para encontrar el Tribunal Superior dónde presentará los papeles.

Los fiscales del condado

CONDADO

# DE TELÉFONO

Atlantic

(609) 909-7800

Bergen

(201) 646-2300

Burlington

(609) 265-5035

Camden

(856) 225-8400

Cape May

(609) 465-1135

Cumberland

(856) 453-0486

Essex

(973) 621-4700

Gloucester

(856) 384-5500

Hudson

(201) 795-6400

Hunterdon

(908) 788-1129

Mercer

(609) 989-6350

Middlesex

(732) 745-3300

Monmouth

(732) 431-7160

Morris

(973) 285-6200

Ocean

(732) 929-2027

Passaic

(973) 881-4800

Salem

(856) 935-7510

Somerset

(908) 231-7100

Sussex

(973) 383-1570

Union

(908) 527-4500

Warren

(908) 475-6275

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