Existen muchas razones por las cuales querrá cambiar su nombre. Por ejemplo, es posible que lo conozcan con un nombre que no está en su certificado de nacimiento o decida que no quiere que lo llamen con el nombre que aparece en sus documentos legales. Por lo general, usted puede tomar un nuevo nombre en cualquier momento sin pasar por un proceso jurídico. Pero, si el nombre que toma no encaja con sus documentos legales, es mejor cambiarlo de manera legal. Esto es especialmente importante a luz de la seguridad que se aumentó desde el 9/11. También, si fuera a divorciarse o a disolver una unión civil, puede cambiar su apellido legalmente en el transcurso del divorcio.
Este artículo también le explicará lo que tiene que hacer si desea cambiar el nombre de su hijo.
Cuando usted lo desee, puede solicitar al tribunal una orden judicial para cambiar su nombre. En la consideración de la petición del cambio de nombre, la preocupación principal es que usted no esté pidiendo este cambio para cometer o para evitar consecuencias jurídicas en una acción legal. A pesar de que la mayoría de las peticiones para el cambio de nombre se otorgan, en la solicitud deberá explicar por qué quiere cambiarse el nombre.
Para obtener una orden jurídica otorgándole el permiso para cambiarse el nombre, tendrá que llenar una demanda para el cambio de nombres en la División de Derecho del Tribunal Supremo. Para comenzar el proceso y que el tribunal considere su caso, deberá darle al secretario jurídico los formularios necesarios y pagar 250 dólares para las costas del diligenciamiento. Si no puede pagar, puede solicitar al tribunal una exoneración de costas.
Los documentos que tiene que presentar son:
¿Qué debo hacer si me declararon culpable por algún delito o si hay cargos penales pendientes en contra mía?
Si alguna vez lo declararon culpable por un delito, tiene que enviar copias de la confirmación de la petición para cambiar el nombre y la certificación y la orden para fijar la fecha de audiencia al fiscal del condado donde lo condenaron. Si existen cargos penales pendientes en su contra, tiene que enviar estos documentos al fiscal del condado donde se ventiló el asunto. Más adelante, podrá encontrar la lista de los fiscales de los condados y los números de teléfono.
Si la División de justicia penal en Trenton es quien ha iniciado los cargos en su contra, tiene que enviar todos los documentos al director de dicha división. La dirección es la siguiente:
Director of Criminal Justice
R. J. Hughes Complex
25 W. Market Street
P.O. Box 085
Trenton, New Jersey 08625-0085
Envíe los formularios por correo certificado y pida un acuse de recibo para que pueda probar que lo recibieron. Tiene que enviar estos documentos 20 o más días antes de la fecha de la audiencia. Esto le dará tiempo al fiscal o al director para presentar objeciones a su petición para el cambio de nombre. Estas objeciones se presentarán si el individuo piensa que la razón por la cual usted desea hacer este cambio es evitar acreedores, bloquear un enjuiciamiento penal o cometer fraude civil o criminal.
El procedimiento para solicitar un cambio de nombre para un individuo de menos de 18 años de edad, es casi igual al de un adulto con una importante diferencia. Si solamente uno de los padres del menor está presentando la solicitud a favor del menor y el otro padre no vive con el menor, el padre solicitante tendrá que enviar una copia de la confirmación de la petición y la certificación y la orden para fijar la fecha de audiencia al otro padre biológico o adoptivo. Los documentos se tendrán que enviar 20 días antes de la audiencia a la última dirección que se conozca, los deberá enviar por correo certificado con acuse de recibo. Este requisito le dará al otro progenitor la oportunidad de presentar alguna objeción si siente que no será de beneficio al menor. Al igual que el caso de una solicitud de cambio de nombre de un adulto, si el menor alguna vez fue declarado culpable de algún delito, o tiene cargos penales pendientes, usted tendrá que enviar los documentos necesarios a la oficina del fiscal en el condado donde se hicieron dichos cargos.
El tribunal le devolverá la orden para la fijación de una fecha de audiencia junto con una fecha designada por el juez en esa orden. Usted tendrá que publicar en el periódico esta orden para que cualquier persona que tenga alguna objeción a que se haga este cambio tenga la oportunidad de presentarla. Deberá enviar inmediatamente una copia al periódico que se le indica en la orden. El periódico tendrá que publicar la notificación por lo menos una vez antes de la fecha de la audiencia. Después de la publicación de la fecha en el periódico, usted recibirá una copia de la declaración jurada de la publicación. Esta indicará que la información contenida en la orden del tribunal se publicó en dicho medio.
Después de enviar copias de los documentos a las personas y periódicos pertinentes, tendrá que presentar al tribunal un comprobante del envío por correo “Proof of Mailing”, este es un documento que indica que usted envió los documentos a un individuo particular en una fecha específica. Tiene que informar al tribunal que envió los documentos a cada una de las personas a las que se le exigió notificar. En esta prueba de envío también jurará que la declaración que está presentando es verídica. Asimismo debería adjuntar la tarjeta verde del acuse de recibo que le enviará la oficina de correos para mostrar al tribunal que dichos documentos fueron enviados y que los destinatarios los recibieron.
El día de la audiencia, tendrá que ir al tribunal a la hora indicada en la orden para fijar la fecha de audiencia. Deberá traer la declaración jurada de la publicación, Affidavit of Publication, y el formulario del fallo, Form of Judgment. Deberá completar el fallo con el número del caso, su fecha de nacimiento y el número del Seguro Social. Tendrá que dejar en blanco algunas partes las cuales el juez llenará al cierre de la audiencia.
Durante la audiencia, el juez verá sus documentos y verá si existen objeciones a la petición del cambio de nombre. Si cualquier persona que haya recibido la notificación sobre el cambio de nombre, presenta alguna objeción a la solicitud, el juez le pedirá que responda preguntas referentes a la objeción. Deberá hacerlo de manera honesta. Si miente en las respuestas, es posible que se le impongan cargos por un delito en cuarto grado.
Si no existen objeciones y el juez queda convencido que el cambio de nombre es razonable y no es para evitar acreedores, cometer fraude civil o penal o para obstruir un enjuiciamiento penal, el juez tal vez firme la orden. Dicha orden le permitirá al solicitante asumir el nuevo nombre 30 días después de la audiencia.
Primero el tribunal tendrá que estudiar los documentos antes de determinar que usted no esté pidiendo cambiar el nombre del menor para cometer fraude civil o penal. Si el otro padre decide no oponerse, el tribunal supondrá que hacer dicho cambio es en beneficio del menor. Si el otro padre tiene objeciones, usted tendrá que brindar pruebas que le muestren al juez que la petición se hace para el beneficio del menor. El otro padre podrá presentar una respuesta o certificado de oposición a la petición. Para evaluar si el cambio del nombre del menor seria de beneficio del menor, el tribunal examinará varios factores, que incluyen por cuánto tiempo utilizó el menor su nombre actual; cómo se identifica al menos en el entorno de la familia, las posibilidades de ansiedad, vergüenza o incomodidad que el menor puede sufrir si este tiene un apellido diferente al del padre tutelar y, si el menor tiene la edad para expresarlo, su preferencia. No existe una regla que determine los nombre que beneficiarán al menor y los no. Sin embargo, el juez considerará cuidadosamente las diferentes circunstancias de cada caso con respecto al menor.
Si el juez piensa que su petición para el cambio del nombre del menor es razonable y beneficiosa, por lo general, firmará una orden que le permitirá al menor asumir el nuevo nombre o apellido 30 días después de la audiencia.
Después de la audiencia, antes de salirse del tribunal, es importante que obtenga una copia certificada del fallo final. La copia certificada tiene un sello en relieve. La primera copia certificada no tiene ningún costo. El tribunal le cobrará 5 dólares por cada copia adicional. Necesitará por lo menos cuatro copias certificadas por el tribunal.
En los próximos 20 días después de la fecha de la firma del fallo, tendrá que volver a publicar en el periódico una copia de tal fallo. Volverá a recibir una declaración jurada del periódico. Una vez más, la declaración jurada que el periódico le envíe, indicará que el periódico publicó la copia del fallo final con el cambio de nombre del menor.
Después que se dicte el fallo final, tendrá que enviar una copia certificada a las siguientes oficinas.
Department of the Treasury
New Jersey Division of Revenue
Judgment Name Change Unit
P.O. Box 453
Trenton, New Jersey 08646
Bureau of Vital Statistics
Record Modification Unit
State of New Jersey
P.O. Box 370
Trenton, New Jersey 08625-0370
Incluya una carta en la que indique los datos que quiere que se corrijan; el nombre de la forma que aparece en el acta que desea cambiar; la fecha exacta y el lugar donde ocurrió el nacimiento, matrimonio, adopción, unión civil o sociedad doméstica; y si fuera el caso de un certificado de nacimiento, el apellido de soltera de la madre y el nombre del padre si aparece inscrito en el acta de nacimiento. Además, tendrá que incluir un cheque o un giro postal de 27 dólares a nombre de Treasurer, State of New Jersey. Esta cantidad cubrirá el costo de una copia certificada con los datos corregidos. Para recibir más información acerca del registro civil visite el sitio Web Vital Records in New Jersey (del departamento de Salud y Servicio a personas de tercera edad en Nueva Jersey) o llame al (609) 292-4087.
También debe pensar en cambiar el nombre que tiene en los documentos oficiales antiguos. Por ejemplo, es posible que usted desee enviar una copia del fallo final a la Administración del Seguro Social, al banco o la junta de servicios sociales / oficina del bienestar público (welfare, si es que lo recibe) y cualquier otra agencia a la que corresponda, para recibir una nueva identificación o para que se cambie el nombre en sus informes. Los documentos que también sería bueno cambiar son su testamento; las instrucciones por adelantado para cuidados médicos (testamento de vida); las directrices anticipadas para el cuidado de salud mental; póliza de seguros; tarjetas de crédito y el certificado de matrícula profesional si usted es un abogado u otro tipo de profesional.
Nota: Si alguien fuera a demandarlo bajo su antiguo nombre para cobrar dinero que le debe, aún será responsable a pesar de que su nombre ya no es el que está en la demanda.
¿Cómo puedo conseguir un paquete pro se para cambiar el nombre o apellido?
Si tiene acceso a la Internet, puede conseguir los formularios necesarios en la página Web Forms and Kits for Self Represented Litigants (Pro Se) (de la Judicatura de Nueva Jersey). Busque los formularios bajo la sección sobre los asuntos civiles (en inglés "Civil Matters"). Los formularios se llaman “How to Ask the Court to Change Your Name”, (Cómo pedir al tribunal que le cambien el nombre), y “How to Ask the Court to Change Your Minor Child’s Name (Under the Age of 18)”, (Cómo pedir al tribunal que cambien el nombre del menor (con menos de 18 años de edad). Puede imprimirlos y utilizarlos para presentar la solicitud por su propia cuenta.
CONDADO |
# DE TELÉFONO |
Atlantic |
(609) 909-7800 |
Bergen |
(201) 646-2300 |
Burlington |
(609) 265-5035 |
Camden |
(856) 225-8400 |
Cape May |
(609) 465-1135 |
Cumberland |
(856) 453-0486 |
Essex |
(973) 621-4700 |
Gloucester |
(856) 384-5500 |
Hudson |
(201) 795-6400 |
Hunterdon |
(908) 788-1129 |
Mercer |
(609) 989-6350 |
Middlesex |
(732) 745-3300 |
Monmouth |
(732) 431-7160 |
Morris |
(973) 285-6200 |
Ocean |
(732) 929-2027 |
Passaic |
(973) 881-4800 |
Salem |
(856) 935-7510 |
Somerset |
(908) 231-7100 |
Sussex |
(973) 383-1570 |
Union |
(908) 527-4500 |
Warren |
(908) 475-6275 |
Esta información se actualizó el: Jan 19, 2017