LSNJLAW SM

Las Leyes en Nueva Jersey y Usted

Bienvenido al sitio web de LSNJLAWSM, proporcionado por Servicios Legales de Nueva Jersey (LSNJ). LSNJ es una organización sin fines de lucro 501(c)(3) que ofrece asesoramiento legal gratuito a personas de bajos ingresos en Nueva Jersey. Consiga información legal pulsando en un tema legal o escribiendo algunas palabras en el cuadro de búsqueda.

LAW Home > Temas Jurídicos > Discapacidad > El Seguro Social por Discapacidad (SSDI) y Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)

Centro de la Administración del Seguro Social para Cumplimiento de la Sección 504

 

La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación requiere que las agencias federales hagan que los programas, actividades e instalaciones sean razonablemente accesibles para las personas con discapacidades. El 31 de marzo de 2014, la Administración del Seguro Social (SSA) anunció la inauguración de un centro para el cumplimiento de la sección 504. Se dijo que el objetivo es “asegurar que nuestros clientes con discapacidades tengan un acceso significativo cuando hagan negocios con nosotros”. (SSA Sección 504 Overview) El Centro del Seguro Social para el cumplimiento de la Sección 504 funciona de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (Est) y en el número gratuito 1-844-881-9061.

Las personas con discapacidades que necesitan adaptaciones pueden solicitarlas directamente en la oficina de la SSA. Ejemplos:

  • Solicitud de intérpretes de lenguaje de señas
  • Recibir avisos en formatos alternativos como letra grande o braille
  • Tener una audiencia por teléfono en lugar de asistir en persona
  • Autorizar a una persona para ayudar al reclamante a responder preguntas o proporcionar información
  • Reunirse en un lugar alternativo si no puede ir a una oficina de la SSA
  • Solicitar una buena causa por no cumplir con un plazo o no cumplir con un requisito debido a una enfermedad o discapacidad

Comuníquese con el Centro para el cumplimiento de la Sección 504 si tiene quejas y solicitudes para obtener adaptaciones. Tenga en cuenta que ponerse en contacto con el centro no interrumpe el período de tiempo de 180 días para presentar ante la SSA una queja interna debido a discriminación por discapacidad (Formulario de queja para alegaciones de discriminación del programa por parte de la Administración del Seguro Social), O cualquier retraso aplicable en la presentación de una demanda externa ante el tribunal bajo la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación.