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Las reglas de elegibilidad del NJ FamilyCare para los extranjeros cambiarán el 1 de octubre de 2026

El 1 de octubre de 2026, las reglas de elegibilidad para participar en el NJ FamilyCare cambiarán. Algunos adultos no ciudadanos que se encuentran legalmente en Estados Unidos perderán su cobertura médica. Las reglas para los menores no cambiarán. En Nueva Jersey, los niños que reciben NJ FamilyCare/Medicaid seguirán siendo elegibles. Los entrantes cubanos o haitianos, los migrantes de los estados con Acuerdos de Libre Asociación (COFA) y los Residentes Legales Permanentes (Lawful Permanent Residents, LPR) que cumplan ciertas condiciones seguirán siendo elegibles. Consulte a continuación para ver más detalles.

NJ FamilyCare enviará cartas a los adultos que puedan verse afectados por este cambio. Si recibe esta carta y tiene preguntas, Servicios Legales de Nueva Jersey puede ofrecerle asesoría y asistencia legal gratuitas. Comuníquese con la línea de ayuda de LSNJ FamilyCare llamando al 888-576-5776. Visite www.LSNJLAW.org para obtener información actualizada.

Qué hacer si ya no reúne los requisitos para participar en el NJ FamilyCare/Medicaid

Usted podría ser elegible para el GetCoveredNJ, el Mercado de Seguros Médicos de Nueva Jersey, donde individuos y familias pueden comprar cobertura médica. Para solicitarla, visite GetCoveredNJ.

Los adultos (19 años o más) que no sean elegibles para participar en el NJ FamilyCare/Medicaid debido a su estatus migratorio pueden reunir los requisitos para recibir atención prenatal y servicios de planificación familiar a través del Programa Suplementario de Atención Prenatal y Anticonceptiva de Nueva Jersey (Supplemental Prenatal and Contraceptive Program, NJSPCP). Puede hacer su solicitud en línea o a través de un proveedor participante.

Los adultos inmigrantes no elegibles podrían participar en el Programa de Pago por Emergencias Médicas (Medical Emergency Payment Program, MEPP), que cubre servicios de emergencia, incluyendo el trabajo de parto y el alumbramiento. Puede solicitarlo a través del hospital o en la Agencia de Servicios Sociales del Condado donde vive dentro de los 3 meses posteriores a la emergencia.

Los Centros de Salud aprobados por el gobierno federal (FQHCs) también pueden proporcionar atención médica a bajo costo según los ingresos de la persona. Puede buscar uno de estos centros FQHC aquí: https://healthapps.nj.gov/fhs/cphc/cphcSearch.aspx.

Adultos extranjeros que seguirán siendo elegibles para el NJ FamilyCare/Medicaid

Los adultos extranjeros que cumplan todos los demás requisitos de elegibilidad continuarán inscritos en el NJ FamilyCare/Medicaid a partir del 1 de octubre de 2026, incluyendo:

Residentes Legales Permanentes (LPR) que:

  • Han tenido el estatus de LPR (titular de tarjeta verde – green card) durante al menos cinco años;
  • Obtuvieron el estatus de LPR hace menos de cinco años, pero han acumulado al menos cinco años combinados en cualquier estatus migratorio elegible (incluidas las víctimas de violencia doméstica que hayan recibido una determinación prima facie mientras su solicitud de residencia permanente estaba pendiente);
  • Extranjeros pertenecientes a uno de los siguientes grupos que posteriormente hayan ajustado su estatus al de Residente Legal Permanente (tarjeta verde);
    • Refugiados, asilados o víctimas certificadas de trata de personas, así como sus cónyuges, hijos, hermanos o padres;
    • Veteranos o miembros activos de las fuerzas armadas, y sus cónyuges o dependientes solteros que también tengan un estatus calificado de no ciudadano;
    • Inmigrantes amerasiáticos;
    • Inmigrantes especiales y personas de Irak y Afganistán con permiso humanitario;
    • Personas admitidas mediante permiso humanitario en Estados Unidos entre el 24 de febrero de 2022 y el 30 de septiembre de 2024 en virtud del Programa de Permiso Humanitario para Ucranianos (UHP);
    • Personas cuya deportación haya sido suspendida o retenida;

Entrantes Cubanos o Haitianos seguirán siendo elegibles, incluso si posteriormente cambiaron a otro estatus migratorio;

Migrantes amparados por los Acuerdos de Libre Asociación (COFA), incluidas las personas de Micronesia, las Islas Marshall y Palau;

Mujeres adultas embarazadas con presencia legal;

Menores de hasta los 21 años de edad con presencia legal;

Niños de hasta 19 años, independientemente de su estatus migratorio.

Adultos no ciudadanos que dejarán de ser elegibles para el NJ FamilyCare

Algunas personas que no son ciudadanas perderán su cobertura el 1 de octubre de 2026, incluso si anteriormente recibían cobertura médica:

Personas con permiso humanitario temporal (aquellas admitidas mediante permiso humanitario para ingresar a los Estados Unidos por un período de al menos un año).

Personas que no son ciudadanas pertenecientes a los siguientes grupos que NO han ajustado su estatus a Residente Legal Permanente (LPR):

  • Refugiados, asilados o víctimas certificadas de trata de personas, así como sus cónyuges, hijos, hermanos o padres;
  • Veteranos o miembros activos de las fuerzas armadas, y sus cónyuges o dependientes solteros que también tengan un estatus calificado de no ciudadano;
  • Personas de Irak y Afganistán con permiso humanitario;
  • Personas admitidas mediante permiso humanitario en Estados Unidos entre el 24 de febrero de 2022 y el 30 de septiembre de 2024 mediante el Programa de Permiso Humanitario para Ucranianos (UHP);
  • Personas cuya deportación ha sido suspendida;
  • Víctimas de violencia doméstica que hayan presentado una solicitud al amparo de la Ley de Violencia contra la Mujer (Violence Against Women Act, VAWA).