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¿Puede la Oficina para el desempleo exigir una devolución? Puede y lo hace.

 

Tomemos el caso de Maria . . .

Durante cinco años, ella trabajó en un restaurante supervisada por varios administradores. El último de ellos, Steve, se exaltaba con facilidad y criticaba constantemente a Maria y a los otros empleados. Maria decidió dejar su trabajo.

Después de haber recibido los beneficios por desempleo durante dos meses, recibió una notificación del Tribunal de Apelaciones de Nueva Jersey. Su antiguo empleador había apelado la decisión de la Oficina para el desempleo de que ella cumplía los requisitos para recibir los beneficios. 

Cuando Maria y Steve se presentaron a la audiencia telefónica ante el Tribunal de Apelaciones, Maria testificó sobre lo difícil que era trabajar con Steve, y él admitió que era impaciente a ratos, pero que estaba sorprendido por la renuncia de Maria. El Tribunal falló en contra de Maria, y la inhabilitó para recibir los beneficios porque dejó su trabajo “voluntariamente, sin una causa justa atribuible al trabajo”. Ella apeló ante la Junta de Revisiones, pero perdió.

Cuando el Departamento de Trabajo de NJ (NJDOL) exigió que Maria devolviera el “sobrepago” de 2.000 dólares, ella no sabía qué hacer. No contaba con el dinero para pagar la deuda y se sentía muy ansiosa al respecto. Temía que el NJDOL embargara su devolución de impuestos, la cual necesitaba urgentemente, para recuperar las prestaciones que había recibido. 

¿Qué puede hacer una persona en la situación de Maria?

Vamos a hacer una breve evaluación. Apelar ya no es una opción porque el plazo para esto ya se ha vencido. De todos modos, sus posibilidades de obtener una respuesta favorable no eran muy buenas. No puede argumentar que el sobrepago fue debido a un “error de la agencia” (lo cual limitaría la forma en que el NJDOL puede recuperar el sobrepago de tales beneficios) puesto que no fue un error de la agencia. Fue a causa de una apelación exitosa por parte del empleador. 

Maria no puede obtener el beneficio de “la regla de las dos determinaciones” la cual previene la recuperación de beneficios cuando el NJDOL ha emitido dos determinaciones de beneficios. En su caso, cuando el NJDOL inicialmente evaluó su petición, solo existía una determinación de beneficios. 

Puesto que ninguna de las opciones anteriores para objetar el sobrepago va a funcionar en el caso de Maria, ella debería considerar el solicitar ante el director de la Oficina para el desempleo una exención completa de su sobrepago. Las exenciones de sobrepago de los beneficios por desempleo están disponibles cuando el solicitante no ha tergiversado ningún hecho significativo y cuando:

  1. El solicitante ha fallecido; o
  2. El solicitante es discapacitado y ya no puede trabajar; o
  3. Al hacer que el reclamante reembolse las prestaciones sería “contrario a los principios de equidad” (en otras palabras, al devolver las prestaciones el reclamante tendría dificultades económicas graves).

En este caso, Maria debería pedir una exención de su sobrepago bajo la tercera categoría, puesto que el reembolso a la agencia significaría serias dificultades económicas para ella. Lo más importante es que ella nunca tergiversó ningún dato ante el NJDOL, siempre fue honesta. Esto es significativo porque las exenciones nunca se conceden cuando se trata de un fraude o una tergiversación por parte del demandante. También, en su caso, el devolver los 2.000 dólares le causaría una dificultad económica grave.  Ella no tiene grandes activos (no tiene cuenta de ahorro ni dinero para la jubilación) y lo poco que gana en su nuevo trabajo escasamente cubre sus gastos diarios. Además, está a punto de jubilarse y muy seguramente no va a trabajar lo suficiente para pagar la deuda, incluso si decide participar en un plan de pago con el NJDOL. Necesita cada centavo que se gana.

Teniendo en cuenta todos estos factores, Maria parece tener un caso sólido para que se le conceda una exención de devolución del sobrepago. Ella debería escribirle una carta al director de la Oficina para el desempleo (www.myunemployment.nj.gov) y explicar que el sobrepago no fue su culpa, que no tergiversó nada; y que devolver los 2.000 dólares sería muy difícil para ella. En respuesta, es posible que el NJDOL le exija que ella suministre información financiera adicional. Una vez ella haya enviado la carta y cualquier documentación que el NJDOL le pida, la agencia revisará su caso, y si su petición ha sido concedida, le notificará por escrito. Si ella no está de acuerdo con la decisión, puede apelar ante el Tribunal de Apelaciones. ​​​​​​