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Información para ayudarle a preparar y presentar su declaración de impuestos federales del 2014

 

​​

Tenga en cuenta: Este es un artículo archivado. No se aplica a la preparación de impuestos para el año en curso. Para enterarse de información tributaria al día, lea nuestro artículo actual​

La fecha límite para declarar sus impuestos federales por el año fiscal 2014 es el miércoles, 15 de abril de 2015. Si no presenta la declaración ni solicita una extensión para presentarla, tal vez tenga que pagar multas e intereses. Este artículo brinda información básica acerca de cómo presentar una declaración de impuestos y contestará algunas de las preguntas más comunes que los contribuyentes tienen.

¿Tengo que presentar una declaración?

La cantidad de los ingresos que puede recibir antes de que se le exija presentar una declaración depende de su edad, su estado civil y el ingreso bruto (su salario antes de los impuestos y deducciones). La cantidad de los ingresos imponibles que puede recibir antes de que se le exija presentar una declaración se conoce como el límite mínimo a declarar, en inglés como filing threshold. Puede utilizar la gráfica a continuación para ver si se le exige presentar una declaración de impuestos federales.


Cuadro 1- Gráfica de requisitos para la presentación de impuestos del 2014 para la mayoría de los contribuyentes

Si su estado civil para efectos de la declaración es. . .

Y a fines del 2014
Usted tiene*. . .

Entonces, presente una declaración si su ingreso bruto en dólares fue por lo menos. . .

Soltero

menos de 65 años

$10.150

65 años o más

$11.700

Jefe de familia

menos de 65 años

$13.050

65 años o más

$14.600

Casado con una declaración conjunta

menos de 65 años de edad (ambos cónyuges)

$20.300

65 años o más (un cónyuge)

$21.500

65 años o más (ambos cónyuges)

$22.700

Casado y con declaraciones separadas

cualquier edad

$  3.950

Viudo(a)
con un menor dependiente

menos de 65 años

$16.350

65 años o más

$17.550

* Si nació antes del lunes, 02 de enero de 1950, se considerará que finales de 2014 tenia 65 años o más.

Incluso si usted no gana lo suficiente como para tener que presentar una declaración, debería pensar en presentar una. Esto es porque, en un nivel más bajo de ingresos, usted tal vez tenga derecho a que le reembolsen los impuestos retenidos de su salario durante el año. También podría llenar los requisitos para recibir otros créditos tributarios reembolsables, tales como el Crédito Tributario por Ingreso Laboral (EITC). Más adelante en este artículo, hablaremos, en más detalle, sobre este crédito. Una devolución de impuestos se refiere a que el Servicio Recaudador de Impuestos (IRS) le va a devolver dinero. Si no presenta una declaración, no va a recibir ningún dinero.

¿Qué debo hacer si no puedo presentar mi declaración de impuestos a tiempo?

Si no puede presentar la declaración antes del 15 de abril de 2015, debe solicitar una extensión de seis meses, vaya al sitio web de IRS, y llene el formulario 4868. Estas peticiones se aprueban automáticamente. Pero tenga en cuenta que sólo se trata de una extensión de la fecha para la presentación de la declaración, no de la fecha para pagar los impuestos que adeude. Esto significa que todavía tiene que calcular su responsabilidad fiscal para el 2014 y pagar esa cantidad antes del 15 de abril. Si llena este formulario, tendrá hasta el 15 de octubre de 2015, para declarar. Así evitará las multas por presentar tarde una declaración, de igual manera podría reducir o eliminar el pago de intereses y de multas por pagos morosos.

¿Qué sucede si, en años anteriores, tenía que haber presentado una declaración, pero no lo hice?

Si tenía que haber declarado durante los años anteriores pero no lo hizo, usted todavía debería presentar su declaración de impuestos por el 2014. El hecho de no haber presentado una declaración por los años anteriores, no le debe impedir la presentación de una por el año en curso. Es importante que se ponga al corriente con sus obligaciones tributarias vencidas como lo exige la ley. 

En algunos casos, el servicio recaudador IRS llenará una Sustitución de Declaración (SFR) a su nombre y hará un cálculo respecto a sus ingresos. Esto puede ocurrir varios meses o incluso años, después de la fecha límite. La sustitución SFR probablemente utilizará el estado civil de soltero y no incluirá las exenciones o gastos adicionales a las que usted podría tener derecho. Esto dará como resultado una responsabilidad fiscal mayor a la que usted hubiera tenido de haber presentado su propia declaración. Otra razón importante es que usted sólo tiene tres años a partir de la fecha de vencimiento inicial para presentar una declaración y poder recibir un reembolso. Esto se conoce como la ley de prescripción para reclamar un reembolso. Si necesita ayuda gratuita con la preparación de las declaraciones atrasadas, póngase en contacto con el Proyecto de los Servicios Legales de Nueva Jersey para la Asistencia Jurídica al Contribuyente (TLAP). Nuestro personal le puede ayudar a ponerse al día con sus obligaciones tributarias, lo que incluye la preparación de las declaraciones atrasadas. Nuestro personal le puede ayudar a ponerse al día con su obligaciones tributarias, lo que incluye la preparación de declaraciones atrasadas.

¿Cómo puedo averiguar cuál es el estado de mi reembolso tributario?

El servicio IRS tiene una herramienta que le permite comprobar al instante el estado de su reembolso. Vea ¿Dónde está mi reembolso? (del IRS.gov). Necesitará su Número de Seguro Social o Número de Identificación como Empleador (EIN), la cantidad del reembolso esperado y su estado civil. Si la declaración ha sido procesada y se ha aprobado un reembolso, podrá ver la fecha en la que lo podrá recibir. 

¿Qué significa: el estado civil para efectos de la declaración?

El IRS utiliza este término para determinar los requisitos para la presentación de la declaración, las deducciones estándares y las condiciones para recibir ciertos créditos y deducciones. Es un factor importante en la determinación de lo que su ingreso gravable será. Principalmente tiene en cuenta su estado civil y la situación familiar. Hay cinco estados civiles para los efectos de la declaración: soltero, casado presentando una declaración conjunta, casado presentando declaraciones separadas, jefe de familia y viudo(a) calificado con un menor como dependiente. Tenga en cuenta que, su estado civil durante el último día del año determina su estado civil para la presentación por el año entero. Puede escoger el estatus de soltero si está divorciado, o de acuerdo a la ley estatal, está separado. El estatus de cabeza o jefe de familia por lo general se aplica a los contribuyentes que son solteros. Para cumplir con los requisitos de este estado civil, usted tuvo que haber pagado más de la mitad del mantenimiento de su hogar incluyéndole a usted mismo y a una persona reuniendo los requisitos. Para obtener más información con respecto al estado civil para efectos de la declaración, vea la Publicación 501 del IRS: Exenciones, deducción estándar e información acerca de la presentación de la declaración.

¿Cuál es la diferencia entre una exención y una deducción?

Las exenciones

Una exención es una cantidad en dólares fija que el servicio recaudador determina debe ser excluida (exenta) del pago de impuestos . Toda persona en la familia tiene derecho a una exención. La exención reduce la cantidad global de los ingresos por los que se le cobra impuestos. La cantidad de la exención para el 2014 es de 3.950 dólares. Veamos cómo funciona esto:

Por ejemplo:
Mary es una madre soltera que tiene una hija. En el 2014 ganó 24.000 dólares. Mary puede solicitar una exención personal de 3.950 para ella misma y una exención dependiente de 3.950 para su hija. Por lo tanto, puede reclamar la suma de 7.900 dólares n exenciones.

24.000
 
El ingreso bruto ajustado de Mary
- 7.900
 
Las exenciones
16.100
 
El ingreso bruto ajustado de Mary menos las exenciones.

Como puede ver en nuestro ejemplo, Mary sólo pagará impuestos por 16.100. Esta cantidad disminuirá aún más debido a otras deducciones y créditos tributarios.

Las deducciones

Usted también puede reclamar deducciones, las cuales son cantidades que se restan de los ingresos sujetos al pago de impuestos. Las deducciones, en general, son gastos seleccionados que el contribuyente puede declarar. Puede escoger si solicita una deducción estándar o presenta una lista detallada deducciones detalladas. Usted debe escoger cuál de las dos le será de más beneficio. Una deducción estándar es una cantidad fija, determinada cada año por el IRS. Toda familia puede solicitar una deducción estándar. Usted detalla sus deducciones cuando de una forma específica enumera los gastos, artículo por artículo, tal como el interés hipotecario, los gastos comerciales y médicos no reembolsados y los impuestos estatales y las deducciones por contribuciones caritativas. La cantidad de su deducción estándar depende de su estado civil. La gráfica a continuación, Cuadro 20-1, muestra la cantidad en dólares de la deducción estándar para el año fiscal 2014.

Utilizaremos nuestro ejemplo anterior para mostrar cómo funcionan las deducciones:

Recuerde que las ganancias imponibles de Mary cambiaron de 24.000 a 16.100 cuando le restamos las exenciones. Ahora vamos a hacer ajustes en las deducciones en base a los siguientes hechos: Mary alquila un apartamento y no tiene muchas deducciones para detallar, tales como los intereses de la hipoteca, los impuestos a la propiedad o los gastos comerciales no reembolsables. Ella utilizará la deducción estándar, Debido a que es madre soltera, responsable de todo el mantenimiento de su hija, su estado civil para efectos de la declaración es jefe de familia. Basándonos en el cuadro 20-1 vemos que Mary puede reclamar una deducción estándar de 9.100 dólares. En nuestro ejemplo:

24.000
 
El ingreso bruto ajustado de Mary
- 7.900
 
Las exenciones
16.100
 
 
- 9.100
 
Deducción estándar
7.000
 
El ingreso de Mary sujeto al pago de impuestos


Cuadro 20.1 - La gráfica de la deducción estándar para la mayoría de las personas*

Si su estado civil para efectos de la declaración es...

Your standard deduction is:

Soltero o casado con declaraciones separadas

  6.200

Casado, con una declaración conjunta o viudo(a), con un menor dependiente

12.400

Jefe de familia

  9.100

* No utilice esta gráfica si usted nació antes del lunes, 02 de enero de 1950, o es ciego, o si alguien más le puede declarar como dependiente(o a su cónyuge si presentan una declaración conjunta) Para saber si esto se aplica a su situación vea: Publicación 17, El impuesto federal sobre los ingresos, capítulo 20.

¿Qué es un crédito tributario?

A diferencia de las exenciones y las deducciones que reducen la cantidad de los ingresos en los que se calculan los impuestos que tendrá que pagar, los créditos tributarios le reducen el monto mismo de los impuestos. Las familias tienen varios créditos tributarios disponibles, tales como el crédito tributario por tener hijos, el crédito por tener hijos y por el cuidado del dependiente y el crédito tributario por ingreso laboral.

El crédito tributario por ingreso laboral (EITC)

Este es uno de los créditos fiscales más valiosos porque es completamente reembolsable, lo cual significa que incluso si no debía impuestos, usted recibirá una devolución en dinero. En el cuadro a continuación, vea el EITC permitido para el año tributario 2014. La cantidad de este crédito, EITC, depende del ingreso y el número de personas en la familia. Usted tiene que cumplir con los siguientes requisitos a fin de reclamarlo, incluyendo:

  • Su estado civil para efectos de la declaración no puede ser casado declarando por separado.
  • Usted, su cónyuge (si va a presentar una declaración conjunta) y cualquier menor inscrito, tienen que tener un Número de Seguro Social válido.
  • Usted tiene que haber devengado ingresos. Usted devenga ingresos si le pagan un salario, trabaja por cuenta propia, tiene ingresos provenientes de la agricultura, o si recibe ingresos por discapacidad.

Para obtener más información y ver si cumple con los requisitos, utilice el asistente EITC (de IRS.gov).

El crédito tributario por ingreso laboral del 2014 (EITC)

 
Ingreso familiar máximo En dólares
Soltero/Jefe de familia
Ingreso familiar máximo En dólares
Casado con una declaración conjunta

 

Máximo
Crédito en dólares

 

Sin ningún hijo calificado

14.590

20.020

   496

Con un hijo calificado

28.511

43.941

3.305

Con dos hijos calificados

43.756

49.186

5.460

Con tres o más hijos calificados

46.997

52.427

6.143

¿Dónde puedo conseguir ayuda para preparar mi declaración de impuestos?

Si es un contribuyente que tiene bajos ingresos, existen varios lugares adonde puede obtener ayuda gratuita con la presentación de sus impuestos.
El programa para la declaración electrónica gratuita Free File del recaudador IRS. Este programa pone, al servicio de los contribuyentes que tienen bajos ingresos, un software comercial para la preparación gratuita de sus impuestos. Si su ingreso bruto ajustado en el 2014 fue menos de 60.000 dólares, estos programas le ayudarán a completar y presentar su declaración de impuestos de una manera gratuita. Vaya a Free File (del IRS.gov). Tendrá que seleccionar el software que más le convenga. Una vez escoja un preparador, saldrá del sitio del recaudador de impuestos e ingresará en el sitio del preparador comercial. Teniéndose en cuenta sus respuestas a preguntas sobre los ingresos suyos y familiares, se redactará una declaración en su nombre y se enviará electrónicamente. Tenga en cuenta que tal vez esta no sea una opción para presentar su declaración de impuestos estatales, así que quizá sea mejor considerar una de las opciones para la preparación en persona, que se mencionan a continuación.

El Programa de Asistencia para la Preparación de la Declaración de Impuestos por Voluntarios (VITA) y la Asesoría Tributaria para Personas Mayores (TCE) . El Programa VITA normalmente ofrece servicios para la preparación gratuita de impuestos a las personas con ingresos por debajo de los 53.000 dólares. El programa TCE ofrece ayuda gratuita para la preparación de los impuestos a todo contribuyente, en particular a aquellos que tienen 60 años de edad o son mayores, y se especializa en asuntos respecto a la pensión y jubilación de las personas de la tercera edad. Los centros de los programas VITA y TCE son manejados por voluntarios que han sido capacitados para la preparación de impuestos y están instalados en bibliotecas, centros para personas de la tercera edad, y otros centros comunitarios. Para encontrar el sitio VITA o TCE más cercano, llame al 1-800-906-9887 o 211, o visite Ayuda gratuita con la preparación de la declaración de impuestos para los contribuyentes que reúnen los requisitos (de IRS.gov).

El Programa de Asistencia Gratuita para la Preparación de los Impuestos por cuenta propia (FAST por sus siglas en inglés). El programa FAST combina el software del IRS Free File con los centros VITA y puede ser una buena forma para que la gente prepare sus propias declaraciones con alguna ayuda personal local. Algunos centros VITA ahora tienen computadoras disponibles para que los contribuyentes puedan preparar sus propias declaraciones sin ningún costo, usando un sitio web.

Si no cumplo con los requisitos para una preparación de impuestos gratuita, ¿cómo puedo seleccionar un preparador que tenga buena reputación y evitar el fraude a manos de un preparador?
El fraude a manos del preparador consiste en la preparación y presentación de una declaración de impuestos falsa hecha por preparadores que reclaman gastos personales o comerciales, deducciones, créditos y exenciones que son falsos. Por ejemplo, un preparador puede falsificar la cantidad de los ingresos para tener derecho a créditos, tales como el Crédito Tributario por Ingreso Laboral.

En algunas situaciones, el contribuyente puede no saber de los gastos, exenciones, deducciones y/o créditos reportados indebidamente en su declaración de impuestos. Sin embargo, cuando el IRS detecta una declaración fraudulenta, es probable que el contribuyente sea quien tenga que pagar los impuestos e interés adicionales y ser objeto de sanciones.

Tenga cuidado al elegir un preparador porque es probable que usted será responsable de la información que aparezca en la declaración. Vea cómo evitar el fraude fiscal: Cómo evitar el fraude fiscal.

Nota: Un preparador con buena reputación le pedirá ver los recibos y le hará varias preguntas para determinar si los gastos, deducciones y otros elementos se pueden declarar.  

El robo de identidad relacionado con los impuestos

El IRS ha observado un aumento de casos en los que un ladrón de identidad fraudulentamente obtiene el número del seguro social, SSN y otra información personal de alguien y presenta una solicitud de reembolso falsa. Normalmente, el contribuyente descubre esto cuando va a presentar, vía electrónica, su declaración válida y descubre que ya se ha presentado una a su nombre. Cuando esto ocurre, aclarar la situación puede ser complicado, y causa una demora en el envío del reembolso del contribuyente inocente. Aquí le presentamos algunos consejos para evitar que esto le suceda a usted:

  • No lleve consigo la tarjeta del Seguro Social ni ningún otro documento que tenga inscrito el Número del Seguro Social o el de Identificación Individual del Contribuyente, ITIN.
  • No le dé a ningún negocio su número SSN ni el ITIN sólo porque se lo piden. Déselo sólo cuando sea necesario.
  • Revise su informe de crédito cada 12 meses.
  • Proteja toda su información personal.
  • Asegúrese de que el ordenador tiene protección contra virus, piratas y espías informáticos.
  • No divulgue información personal por teléfono, correo, ni través de la Internet a menos que esté seguro que es un contacto confiable.

Si usted cree que ha sido víctima de un robo de identidad relacionado con los impuestos y quiere obtener ayuda, puede ponerse en contacto con el TLAP o con la unidad del IRS especializada en la protección de la identidad marcando el 1-800 -908-4490. También puede llenar y presentar una declaración jurada sobre el robo de identidad ante el servicio IRS, la cual está disponible en Declaración Jurada sobre el Robo de Identidad (del IRS.gov).

Puede encontrar más información en la Guía del contribuyente respecto al robo de identidad, Guía del contribuyente para el robo de identidad (del IRS.gov).

Cómo evitar el fraude fiscal

A continuación, encontrará algunas sugerencias del IRS:
  1. No firme una declaración en blanco.
  2. Antes de firmarla, revísela con cuidado y haga preguntas respecto a la información que no entienda.
  3. Antes de elegir un preparador de impuestos considere estos factores:
    • Sea cauteloso con respecto a los preparadores que claman poder obtener reembolsos más grandes que otros preparadores.
    • Evite a aquellos que cobran un porcentaje del reembolso como honorarios.
    • Emplee a un profesional que goce de buena reputación, que firme la declaración de impuestos y le proporcione una copia.
    • Verifique las credenciales de dicha persona.
    • Averigüe si el preparador está afiliado a una organización profesional que ofrezca a sus miembros formación permanente y recursos y los responsabiliza bajo un código de ética.

Póngase en contacto con LSNJ-LAWSM o visite nuestro sitio web

Si tiene más preguntas, por favor póngase en contacto con el Proyecto de los Servicios Legales de Nueva Jersey para la Asistencia Jurídica al Contribuyente en el 1-888-LSNJ-LAW (1-888 -576-5529) (vea el cuadro a continuación). También podrá encontrar más información sobre los impuestos​.

Asistencia gratuita con un asunto tributario federal

El Programa para la asistencia jurídica al contribuyente (TLAP)
 

El Programa de los Servicios Legales de Nueva Jersey para la asistencia jurídica al contribuyente (TLAP) tal vez le puede ayudar si ha recibido una carta o notificación del recaudador IRS que cuestione algún punto de su declaración de impuestos. El TLAP también podría ayudarle con la cobranza hecha por el IRS. El proyecto brinda representación a personas con bajos ingresos que tengan disputas con el IRS, pero no ayuda en la preparación de la declaración de impuestos/ Si tiene algún problema con los impuestos y quiere saber si cumple con los requisitos para recibir representación legal, llame a LSNJ-LAW™, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, al 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). Dígale a la persona que conteste el teléfono que usted tiene un problema fiscal. A todos los posibles clientes se les hace un entrevista para determinar si llenan los requisitos pero no garantizamos una representación para todos los solicitantes. También puede solicitar ayuda por medio de la Internet.

 

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