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Los derechos según la Ley para la oportunidad justa de acceso a la vivienda

 

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Si usted está solicitando vivienda, una ley en Nueva Jersey llamada la “Ley para la oportunidad justa de acceso a la vivienda”, “The Fair Chance Housing Act” (FCHA, por sus siglas en inglés) ahora lo protegerá de los propietarios que podrían discriminarle debido a sus antecedentes penales.

¿Qué derechos tengo en virtud de la FCHA?

En la mayoría de los casos, los propietarios no pueden preguntar acerca de, ni tomar en consideración sus antecedentes penales durante el proceso de solicitud antes de que le hagan a usted una oferta condicional de vivienda. Una oferta condicional significa que su solicitud de vivienda ha sido aprobada, pero aún puede estar sujeta a una evaluación satisfactoria de su verificación de antecedentes. La FCHA pretende eliminar barreras para las personas con antecedentes penales que buscan una vivienda en Nueva Jersey. 

Después de una oferta condicional, los propietarios solo pueden tener en cuenta:

  • Condenas por asesinato, agresión sexual con agravantes, secuestro, incendio provocado, trata de personas, agresión sexual en violación de N.J.S.A. 2C:14-2, causando o permitiendo que un menor participe en un acto sexual prohibido o en la simulación de dicho acto en violación del párrafo (3) de la subsección b. de N.J.S.A. 2C:24-4, o cualquier delito que resultara en la inscripción de por vida en un registro estatal de delincuentes sexuales;
  • Delitos procesables en primer grado cuando se haya dictado la condena o se haya concluido la pena de cárcel en los seis años anteriores a la oferta;
  • Delitos procesables en segundo y tercer grado cuando se haya dictado la condena o se haya finalizado la pena de cárcel en los cuatro años anteriores; y
  • Delitos de cuarto grado cuando la condena se dictó o la sentencia carcelaria concluyó en el plazo de un año de la oferta.

El propietario no puede tener en cuenta:

  • Casos que no dieron lugar a una condena penal;
  • Condenas eliminadas, selladas o perdonadas;
  • Condenas anuladas o invalidadas;
  • Sentencias en casos de delincuencia juvenil; y
  • Delitos cometidos en un estado dife-rente que han sido despenalizados dentro de Nueva Jersey.

Antes de una oferta condicional, los propietarios solo pueden tener en cuenta si usted fue condenado por fabricar o producir drogas en las cercanías de instalaciones de vivienda con subvención federal, o si usted está sujeto al programa estatal de registro de delincuentes sexuales en virtud de la Ley Megan.

Un propietario sólo puede retirar una oferta condicional si sus antecedentes penales demuestran que usted es un riesgo para la seguridad o la propiedad y la retirada de la oferta por parte del propietario responde a un “interés sustancial, legítimo y no discriminatorio”. Al tomar esa decisión, el propietario debe hacer una “evaluación individualizada” analizando:

  • La naturaleza y gravedad del delito, incluyendo el grado;
  • El tiempo transcurrido desde el delito;
  • Cualquier información que usted pueda proporcionar sobre su rehabilitación y buena conducta desde el delito;
  • Si el delito se repitió y afectó negativamente la seguridad del proveedor de vivienda; o
  • Si el delito ocurrió en o estuvo relacionado con el inmueble que usted alquiló o arrendó.

Si el propietario de la vivienda donde usted reside dice que sus antecedentes representan un riesgo para la salud o la propiedad, usted tiene que reunir pruebas de su rehabilitación tales como titulaciones, certificaciones de formación profesional o académicas, cartas de buena conducta, hojas de vida, cartas de recomendación de empleadores, maes-tros, mentores y propietarios de vivienda anteriores, y pruebas de voluntariado, servicio público y actividad cívica. 

¿A qué tipo de notificaciones tengo derecho según la FCHA?

El propietario debe notificarle que sus antecedentes penales pueden tenerse en cuenta pero que usted tendrá la oportunidad de proporcionar pruebas en relación a inexactitudes, rehabilitación, o factores que influyen favorablemente en la revisión de sus delitos.

De igual forma, si el propietario retira una oferta condicional debido a sus antecedentes penales, debe proporcionarle una notificación por escrito. Deberá incluir razones específicas para la retirada e informarle de su derecho a presentar una reclamación. Dentro de los 30 días desde que se retiró la oferta, usted puede solicitar una copia de toda la información que el propietario utilizó para evaluar su solicitud. El propietario debe proporcionar la información sin coste alguno en un plazo de 10 días desde su solicitud.

Los propietarios no pueden publicar anuncios que indiquen que no tomarán en consideración a los solicitantes que tengan antecedentes penales (excepto en caso de: 1, actividad relacionada con drogas para la fabricación o producción de metanfetamina en viviendas con asistencia federal, o 2, estar sujeto a un programa estatal de registro de por vida para los delincuentes sexuales).

¿Qué pasa si el propietario viola la FCHA?

Los solicitantes a quienes se les niega una vivienda subvencionada por el gobierno federal, como vivienda pública o una unidad en un complejo subvencionado por el HUD (en inglés, Department of Housing and Urban Development), o a quienes se les niega un vale de la Sección 8 o del Programa Estatal de Asistencia para el Alquiler, tienen derecho a apelar la denegación.  

Si un propietario viola cualquier disposición de la FCHA, usted puede presentar una demanda ante la División de Derechos Civiles. Si la División determina que un propietario violó la FCHA, este puede ser multado con 1.000 dólares por la primera violación, y hasta10.000 si se viola la ley dos o más veces dentro de un período de siete años. También es posible que se le reembolse a usted la tarifa de solicitud de vivienda. Puede acceder al portal de quejas en línea de la División de Derechos Civiles, NJ BIAS. ​