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La votación en Nueva Jersey

 

¿Cómo sé si puedo votar?

Para poder votar, primero, tiene que inscribirse. Puede registrarse para votar en Nueva Jersey si:

  • Es ciudadano estadounidense;
  • Tiene al menos 18 años de edad antes o durante las próximas elecciones, y
  • Es residente de Nueva Jersey y del condado durante al menos 30 días antes de las elecciones.

Usted no puede registrarse para votar si:

  • Usted está cumpliendo una sentencia en la cárcel por cometer un delito ( sujeto a procesamiento). Si usted está en libertad probatoria o condicional, en libertad bajo fianza a la espera de una apelación, o fue acusado pero no condenado por un delito sujeto a procesamiento, usted puede inscribirse para votar. Si usted está encarcelado por un delito de alteración del orden público o un asunto civil, usted tiene el derecho de inscribirse y votar desde la cárcel usando una papeleta para votar por correo postal. Si debido a una condena, perdió su derecho al voto, su derecho se restaurará una vez que usted complete su sentencia. Usted debe volver a inscribirse para votar, incluso si se inscribió antes de su sentencia.
  • Un juez determinó que carece de la capacidad mental para votar.

¿Cómo me inscribo para votar?

Usted debe estar inscrito para poder votar. Vea Voter Search (publicado por la División de Electoral de NJ) para verificar si ya está inscrito para votar. Le recomendamos que revise mucho antes de las elecciones si aparece inscrito en el registro correspondiente, ya que si la Comisión de inscripción de su condado (CCR) le ha enviado una petición de verificación y usted no la ha respondido oportunamente, es posible que le borren del registro. Todo votante tiene que inscribirse al menos 21 días antes de votar en unas las elecciones.

Si usted aún no está inscrito, debe presentar una solicitud de inscripción: Puede conseguir el formulario de inscripción de votantes en:

  • La Comisión electoral de su condado (County Commission of Registration, CCR);
  • La Junta electoral de su condado (County Board of Elections);
  • Las bibliotecas locales,
  • Las oficinas de la Comisión de vehículos motorizados de NJ (NJ Motor Vehicle Commission);
  • Las oficinas del condado para la asistencia social, County Boards of Social Services, y
  • Otras agencias que brindan asistencia pública

El formulario de inscripción también está disponible con información adicional en la Internet en Register to Vote! (Publicado por el Departamento de Estado de NJ). También puede consultar ese sitio web para averiguar dónde votar el día de las elecciones.

Usted puede inscribirse para votar ante la Comisión electoral de su condado (CCR) o con el superintendente electoral (Superintendent of Elections, SE) en persona o por correo postal. No puede registrarse vía electrónica ni por fax, porque se requiere una firma original. Puede llamar gratis al 1-877- NJVOTER para encontrar la información de contacto de su CCR o del SE, solicitar que se le envíe por correo un formulario de inscripción de votante, y para averiguar si la información está disponible en otros idiomas además del inglés. De igual forma, si no está seguro de estar inscrito, puede llamar a la CCR o al SE en su localidad. Una vez inscrito, el día de las elecciones puede votar en persona en las urnas o por medio de una papeleta de votación por correo.

Si usted se inscribe por correo, la CCR o el SE le enviará un formulario de solicitud de identificación pidiéndole el número de su permiso de conducir o los cuatro últimos dígitos de su número de seguro social. Si no tiene ninguno de los dos, le pedirán otros documentos de identificación aceptables. (3) Estos incluyen una identificación con fotografía, un estado de cuenta bancaria, una factura de servicios públicos, o un documento oficial dirigido a usted. Si usted no tiene hogar o no tiene una dirección permanente, puede proporcionar un punto de contacto o la ubicación donde pasa la mayor parte de su tiempo en el espacio para la “dirección de su casa”. Una vez aprobada su inscripción debería recibir información sobre dónde votará.

¿Una vez esté inscrito, cómo puedo votar?

  1. Votar por correo postal

    Los votantes pueden solicitar votar por correo siguiendo las instrucciones que encontrarán en vote.nj.gov. Una vez registrado para votar por correo, se le entregará una papeleta de voto por correo con instrucciones. Si usted se inscribió para votar por correo no podrá hacerlo en persona. Usted tiene tres formas de entregar su papeleta de voto por correo.
    1. Por correo postal. Si la entrega por correo, su papeleta de voto por correo DEBE estar sellada en o antes de las 8:00 p.m. del Día de las Elecciones y debe ser recibida por la Junta electoral de su condado en o antes del sexto día después del cierre de las urnas.
    2. Coloque su papeleta de voto por correo en uno de los buzones seguros para el voto de su condado antes de las 8:00 p.m. del Día de las Elecciones. Las ubicaciones de los buzones se pueden encontrar en VOTE.NJ.GOV.
    3. Entregue su papeleta de voto por correo en persona en la Oficina de la Junta Electoral de su condado antes de las 8:00 p.m. del Día de las Elecciones. La información para contactar con los funcionarios electorales del condado está en VOTE.NJ.GOV.

  2. Voto anticipado en persona. Esta nueva opción permite a todos los votantes inscritos emitir su voto en persona durante el periodo de votación anticipada antes del día de las elecciones, usando una máquina de votación. Ahora puede elegir votar en persona cuando le resulte más conveniente según su horario. El período de votación anticipada comienza el 26 de octubre de 2024 y termina el 3 de noviembre de 2024. Usted puede ir a cualquier lugar de votación que le sea conveniente, a diferencia del día de las elecciones, en el que debe ir a su lugar de votación específico. Vea ¡La votación anticipada en persona en Nueva Jersey ya está aquí! (Publicado por la División de Elecciones de NJ) para aprender más sobre la votación anticipada.

  3. En el lugar de votación que le corresponde el día de las elecciones. Vote en persona en su lugar de votación, de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. el Día de las Elecciones. Encuentre su lugar de votación en Election Day Polling Place Locations (publicado por la División electoral de NJ).

    Cuando usted vaya a votar, es conveniente llevar consigo una identificación y una prueba de su dirección, sobre todo si está votando por primera vez. Si se inscribió por correo, tal vez tenga que traer una identificación con foto, una cuenta de pago de los servicios públicos, un talón de pago, u otro documento que muestre su nombre y dirección. Si usted tiene cualquier pregunta sobre qué tipo de identificación es aceptable, llame a la CCR o al SE. El día de las elecciones, los centros de votaciones están abiertos entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche.

    Si va al centro de votación y no se le permite votar, podrá solicitarle a un juez del Tribunal Superior del condado donde usted vive que se expida una orden permitiéndole votar. No hace falta hacer una solicitud escrita o formal. No es necesario que le represente un abogado. Deberá acudir al Tribunal Superior en el condado donde usted vive. Habrá un juez de turno para escuchar las solicitudes de los votantes. Si aparece como votante registrado, usted puede pedir que le permitan votar por medio de una papeleta provisional. En algunos casos, su voto provisional puede ser contado si usted envía una copia de su documento de identidad a la Comisión de inscripción (CCR), antes del cierre de las oficinas del segundo día después de las elecciones.

    Para obtener más información sobre cómo votar, vea Cómo votar en Nueva Jersey (publicado por NJ.gov).

Fechas importantes

El 15 de octubre de 2024: Fecha límite para la inscripción de votantes en las elecciones generales

Del 26 de octubre de 2024 al 03 de noviembre de 2024: Período de votación anticipada

El 29 de octubre de 2024: Fecha límite para solicitar una papeleta para votar por correo postal en las elecciones generales

El 4 de noviembre de 2024, a las 3:00 P.M.: Fecha límite para las solicitudes en persona de papeletas para votar por correo postal  en las elecciones generales

El 5 de noviembre de 2024: Día de las elecciones generales

El 5 de noviembre de 2024: Fecha límite para la recepción de las papeletas para votar por correo postal en la Oficina de Correos de las Elecciones Generales

El 11 de noviembre de 2024: Fecha límite para la recepción de papeletas de voto por correo con matasellos enviadas puntualmente a las juntas electorales de los condados

La votación para las personas con discapacidades

Las leyes estatales y federales exigen que los centros electorales y las máquinas de votaciones sean accesibles para las personas discapacitadas. En particular, la Ley Help America Vote (HAVA) exige que el proceso de votación “sea accesible para las personas con discapacidades, incluyendo el acceso a los invidentes y a personas con deficiencias visuales, para que tengan las mismas oportunidades de acceso y participación (incluidas la privacidad y la independencia), que las que se ofrecen al resto de los votantes.

Generalmente, a las personas que sufren una enfermedad mental se les permite votar, a menos que un juez determine que dichas personas carecen de la capacidad para votar. Una persona que tenga un tutor legal no pierde el derecho a votar, a menos que la orden que concede la tutela declare que esa persona carece de la capacidad para votar.

La ley HAVA puede hacerse cumplir mediante un litigio privado o a través del Departamento federal de Justicia, Departamento de Derechos Civiles, División de votación, llamando al 1-800-253-3931. La oficina del procurador general de Nueva Jersey (New Jersey Office of the Attorney General), tiene un proceso para problemas y quejas sobre la accesibilidad en la votación. Puede ponerse en contacto con dicha oficina marcando el (609) 292-3760. El día de las elecciones, la organización Disability Rights New Jersey tendrá una línea directa gratuita disponible para las personas con discapacidad, que tengan preguntas o problemas relacionados con la votación. El número es el (866) 493-0023, o contactarla por correo electrónico en [email protected].

Si cree que el día de las elecciones se le negó incorrectamente el derecho a votar, usted puede presentar un caso ante el Tribunal Superior de su condado para solicitar una reparación judicial. Cada tribunal tiene un juez de turno disponible el día de las elecciones, con autoridad para escuchar su queja y dictar una orden que le permita votar. Para encontrar la oficina del Tribunal Superior de su localidad, visite Local Courthouse Addresses (de la judicatura de Nueva Jersey) o llame al 1- 877-NJVOTER, donde obtendrá más información.

Si usted no es ciudadano estadounidense

No debe registrarse para votar, ya que hacer tal cosa puede poner en peligro su condición migratoria o su capacidad para convertirse en residente legal permanente en el futuro.

Si usted habla un idioma diferente al inglés

Las solicitudes de inscripción electoral están disponibles en los siguientes idiomas: Inglés, español, coreano, gujarati, chino simplificado, y chino tradicional. En el sitio Registration Information (del Departamento de Estado de NJ), podrá encontrar las solicitudes.