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La votación en Nueva Jersey

Para poder votar, primero tiene que registrarse. Usted puede registrarse para votar si:

  • Es ciudadano estadounidense,
  • Tiene al menos 18 años de edad en o antes de las próximas elecciones, y
  • Es residente de Nueva Jersey y de su condado durante al menos 30 días antes de las elecciones.

Usted no puede registrarse para votar si:

  • Está cumpliendo una sentencia de cárcel.
  • Un juez determinó que usted carece de la capacidad mental para votar.

¿Cómo me registro para votar?

Usted tiene que presentar un formulario de registro. Puede conseguir un formulario de registro de votante en:

  • Comisionado de registro del condado (County Commission of Registration)
  • La junta electoral de su condado (County Board of Elections)
  • Las bibliotecas locales
  • Las oficinas de la comisión de vehículos motorizados de NJ (NJ Motor Vehicle Commission)
  • Las oficinas de servicios sociales del condado (County Boards of Social Services)
  • Otras agencias que brindan asistencia pública

El formulario de registro también está disponible con información adicional en la Internet Register to Vote! (publicado por el Departamento de Estado de NJ). Usted también puede consultar esa página web para ver si ya está registrado para votar y para encontrar el lugar al que deberá dirigirse el día de las elecciones para poder hacerlo. Le recomendamos que revise mucho antes de las elecciones si está registrado, porque si la Comisión de registro de su condado (CCR) le envió una petición de verificación y usted no respondió, es posible que le hayan borrado del registro. Los votantes tienen que registrarse al menos 21 días antes de votar en unas elecciones.

Usted puede registrarse para votar con el Comisionado de registro de su condado (County Commission of Registration, CCR) o con el Superintendente de elecciones (Superintendent of Elections, SE) en persona o por correo. No puede registrarse vía electrónica ni por fax, porque se requiere una firma original. Puede llamar gratis al 1-877- NJVOTER para obtener la información de contacto de su CCR o SE, solicitar que se le envíe un formulario de registro de votante, y para averiguar si la información está disponible en otros idiomas además del inglés. De igual forma, si no está seguro de estar registrado, puede llamar a su CCR o SE. Una vez registrado, el día de las elecciones puede votar en persona en las urnas o por medio de una papeleta de votación por correo.

Si usted se registra por correo, el CCR o el SE le enviará un formulario de solicitud de identificación pidiéndole el número de su permiso de conducir o los cuatro últimos dígitos de su número de seguro social. Si no tiene ninguno, le pedirán otros documentos de identificación aceptables. Estos incluyen una identificación con fotografía, un estado de cuenta bancaria, una factura de servicios públicos, o un documento oficial dirigido a usted. Una vez aprobado su registro, deberá recibir información sobre dónde votar.

¿Cómo voto una vez registrado?

  1. Voto por correo

    Los votantes pueden solicitar votar por correo siguiendo las instrucciones en vote.nj.gov. Una vez registrado para votar por correo, se le entregará una papeleta de voto por correo con instrucciones. Si usted se registró para votar por correo, no podrá hacerlo en persona. Usted tiene tres formas de entregar su papeleta de voto por correo.

    1. Por correo postal. Si la entrega por correo, su papeleta de voto por correo DEBE estar sellada como muy tarde en o antes de las 8:00 p.m. del Día de las Elecciones y debe ser recibida por la Junta electoral de su condado en o antes del sexto día después del cierre de las urnas.

    2. Coloque su papeleta de voto por correo en uno de los buzones seguros para el voto de su condado antes de las 8:00 p.m. del Día de las Elecciones. Las ubicaciones de los buzones se pueden encontrar en VOTE.NJ.GOV.

    3. Entregue su papeleta de voto por correo en persona ante la Oficina de la Junta Electoral de su condado antes de las 8:00 p.m. del Día de las Elecciones. La información de contacto de los funcionarios electorales del condado se puede encontrar en VOTE.NJ.GOV.

  2. Voto anticipado en persona

    Esta nueva opción permite a todos los votantes registrados emitir su voto en persona, usando una máquina de votación, durante el periodo de votación anticipada en persona antes del día de las elecciones. Ahora puede elegir votar en persona cuando le resulte más conveniente según su horario.

  3. En el lugar de votación que le corresponde el día de las elecciones

    Vote en persona en su lugar de votación, de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. el Día de las Elecciones.

    Cuando usted vaya a votar, es conveniente llevar una identificación y una prueba de su dirección, sobre todo si está votando por primera vez. Si se registró por correo, tal vez tenga que traer una identificación con foto, una cuenta de pago de los servicios públicos, un talón de pago u otro documento que muestre su nombre y dirección. Si usted tiene cualquier pregunta sobre qué tipo de identificación es aceptable, llame al CCR o al SE. El día de las elecciones, los centros de votaciones están abiertos entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche.

    Si va al centro de votación y no se le permite votar, podrá solicitarle a un juez del Tribunal Superior del condado donde usted vive, que se expida una orden permitiéndole votar. No hace falta hacer una solicitud escrita o formal. No tiene que ser representado por un abogado. Deberá presentarse ante el Tribunal Superior del condado donde usted vive. Habrá un juez de turno para escuchar las solicitudes de los votantes. Si aparece como votante registrado, usted puede pedir que le permitan votar por medio de una papeleta provisional. En algunos casos, su voto provisional se puede contar si usted envía una copia de su documento de identidad al CCR antes del cierre de las oficinas el segundo día después de las elecciones.

    Para obtener más información sobre cómo votar, vea Cómo votar en Nueva Jersey (publicado por NJ.gov).

La votación para las personas con discapacidades

Las leyes estatales y federales requieren que los centros electorales y las máquinas de votaciones sean accesibles para las personas discapacitadas. En particular, la Ley de Ayude a América a Votar (Help America Vote Act, HAVA) exige que el proceso de votación “sea accesible para las personas con discapacidades para que tengan igualdad de oportunidades de acceso y participación (incluida la privacidad e independencia) que las que se ofrecen al resto de los votantes durante el proceso electora, incluyendo el acceso a los invidentes y a personas con deficiencias visuales.”

Generalmente, a las personas que sufren una enfermedad mental se les permite a votar, a menos que un juez determine que dichas personas carecen de la capacidad para votar. Las personas que tienen un tutor legal no pierden el derecho a votar, a menos que la orden de tutela declare que esa persona carece de capacidad para votar.

La ley HAVA puede hacerse cumplir mediante un juicio privado o a través del Departamento federal de Justicia, Departamento de Derechos Civiles, División de votación, en el 1-800-253-3931. La oficina del fiscal general de Nueva Jersey (New Jersey Office of the Attorney General) tiene un proceso de cuestiones y quejas sobre la accesibilidad en la votación; puede contactar llamando al (609) 292-3760. El día de las elecciones, la organización Disability Rights New Jersey tiene una línea directa gratuita para las personas con discapacidades que tengan preguntas o problemas relacionados con la votación; el número es el (866) 493-0023, o también puede contactar por correo electrónico en [email protected].

Si cree que el día de las elecciones se le negó incorrectamente el derecho a votar, usted puede presentar un caso ante el Tribunal Superior de su condado para solicitar una reparación judicial. Cada tribunal tiene un juez asistente que el día de las elecciones está disponible ,con autoridad para escuchar su queja y dictar una orden que le permita votar. Para encontrar la oficina del Tribunal Superior en su localidad, visite Local Courthouse Addresses (de la judicatura de Nueva Jersey) o llame al 1-877-NJVOTER para obtener más información.

Si usted habla un idioma diferente al inglés

Las solicitudes de registro de votantes están disponibles en los siguientes idiomas: inglés, español, coreano, gujarati, chino simplificado, y chino tradicional. En el sitio Registration Information (publicado por el Departamento de Estado de NJ), podrá encontrar las solicitudes. ​​​​​​​​