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Nuevas Reglas para la elegibilidad de los inmigrantes y el acceso a NJ SNAP

El Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés) proporciona asistencia alimentaria importante a personas y familias de bajos ingresos. SNAP, también conocido como “cupones para alimentos”, ayuda a los participantes elegibles en la compra de comestibles, en un esfuerzo por garantizar el acceso confiable a alimentos nutritivos y reducir la inseguridad alimentaria. Aunque este programa sirve como una red de seguridad fundamental para millones de personas, también está sujeto a cambios en las administraciones gubernamentales y en las prioridades políticas.

Ley federal sobre la elegibilidad de los inmigrantes para recibir beneficios públicos

El 4 de julio de 2024, el proyecto de ley One Big Beautiful Bill (OBBA), también conocido como H.R.1, fue convertido en ley. Esta nueva ley introdujo cambios importantes en el programa SNAP y redujo la cantidad de categorías migratorias que reúnen los requisitos para recibir beneficios. La nueva ley, que entró en vigor tras su promulgación, altera en gran medida la elegibilidad de las personas no ciudadanas para recibir SNAP.

Durante varias décadas, SNAP ha sido moldeado por cambios en la política federal, lo que ha dado lugar a amplias reformas en los objetivos y reglas del programa.

En 1996, la Ley de Conciliación entre Responsabilidad Personal y Oportunidades Laborales (PRWORA) estableció un marco y normas sobre el acceso de los inmigrantes a las prestaciones públicas. En virtud de la PRWORA, las personas que no eran ciudadanas fueron clasificadas como inmigrantes “calificados” y “no calificados” para participar en los programas de beneficios públicos. Esta también estableció un período de espera de cinco años para ciertos no ciudadanos que quieren hacer su solicitud para programas de beneficios como SNAP, Medicaid y Work First New Jersey (WFNJ / "asistencia en efectivo"). Con los cambios recientes a las reglas de SNAP, es importante que las familias entiendan en qué forma su acceso a dichos beneficios puede verse afectado.

Cambios en las reglas para las personas no ciudadanas calificadas: ¿Quiénes son ahora elegibles para recibir SNAP?

La Ley federal para la conciliación presupuestaria, firmada en julio de 2025, cambió significativamente las reglas de elegibilidad para recibir SNAP, reduciendo las categorías de individuos que califican para dichos beneficios.

Antes de la aprobación del H.R.1, muchos no ciudadanos legalmente presentes en los EEUU reunían los requisitos para solicitar SNAP, incluyendo:

  • Residentes legales permanentes (conocidos por sus siglas en inglés como LPR/ portadores de una "tarjeta de residencia permanente – Green card");
  • Entrantes cubanos y haitianos (CHE);
  • Ciudadanos bajo el Convenio de Libre Asociación (COFA);
  • Refugiados;
  • Personas a las que se concedió asilo;
  • Personas con permiso de permanencia temporal en los Estados Unidos durante al menos un año;
  • Personas a quienes se les ha concedido la suspensión de la deportación o de la expulsión;
  • Personas admitidas condicionalmente;
  • Cónyuge maltratado, hijo y padre de familia con determinaciones prima facie según la VAWA;
  • Sobreviviente de trata y su cónyuge, hijo, padre o hermanos (Visa T);
  • Inmigrantes iraquíes y afganos especiales y otras visas (SIV);
  • Miembro de una tribu indígena reconocida federalmente o indígenas nacidos en Canadá;
  • Miembros tribales Hmong o de las tierras altas de Laos;
  • Personas amerasiáticas,
  • Algunas personas nacionales ucranianas a quienes se les concedió permanencia temporal condicional.

Bajo la nueva ley, la elegibilidad de SNAP ahora se limita solo a las personas con los siguientes estatus:

  • Ciudadanos y nacionales estadounidenses;
  • Residentes legales permanentes (conocidos por sus siglas en inglés LPR/ portadores de una "tarjeta de residencia permanente – Green Card");
  • Entrantes hubanos y haitianos (CHE);
  • Personas residiendo en los EE.UU. bajo el Convenio de Libre Asociación (COFA).

Las personas que no están dentro de una de estas cuatro categorías ya no reúnen los requisitos para recibir SNAP.

Si en la actualidad usted recibe SNAP, la Agencia de Servicios Sociales del Condado revisará su estatus migratorio en su próxima recertificación y determinará si aún reúne los requisitos. Si su estatus migratorio ha cambiado, debe reportar el cambio de estatus a la agencia SNAP en su condado.

La Regla del período de espera de cinco años en SNAP

La PRWORA estableció un período de espera de cinco años, comúnmente conocido como la “restricción de cinco años”, para ciertos inmigrantes que solicitan beneficios públicos. Bajo esta regla, algunas personas calificadas que no son ciudadanas deben esperar cinco años a partir de la fecha en que obtienen su estatus migratorio calificado antes de poder solicitar estos beneficios.

La restricción de cinco años no se aplica a todos los inmigrantes. No hay un período de espera de cinco años para solicitar SNAP para: Nacionales no ciudadanos; entrantes cubanos y haitianos; y personas que residen en los Estados Unidos bajo el Convenio de Libre Asociación (COFA). Sin embargo, esta se aplica a la mayoría de los residentes permanentes legales (LPRs), pero hay algunas exenciones que se explican a continuación.

Excepciones al período de espera para los residentes permanentes legales (LPR)

En general, los LPRs adultos están sujetos a una restricción de cinco años de espera antes de ser elegibles para solicitar SNAP, a menos que cumplan con alguna de estas excepciones:

  • La persona es menor de 18 años de edad;
  • Ha completado 40 trimestres de trabajo calificados (historial laboral de 10 años);
  • La persona es invidente o discapacitada;
  • Residía legalmente en los Estados Unidos y tenía 65 años o más en el 22 de agosto de 1996;
  • Tiene una conexión con las fuerzas armadas estadounidenses;
  • Fue admitido en los EE.UU. como un inmigrante amerasiático;
  • Es un indígena norteamericano nacido en el extranjero;
  • Son miembros tribales Hmong o de las tierras altas de Laos;
  • Ajustó el estatus a LPR de otro estatus migratorio que está exento bajo la PRWORA.

Las personas que se convierten en LPRs reúnen los requisitos para recibir SNAP inmediatamente después de hacerse Residente Permanente Legal (LPR) sin un período de espera si anteriormente eran refugiados, personas a las que se concedió asilo, sobrevivientes de trata o personas con una “visa especial de inmigrante (es decir, SIV iraquí o afgano).

Todos los demás LPRs adultos deben tener un “estatus migratorio calificado” por cinco años antes de que puedan solicitar el SNAP, ya sea como LPR o con otro “estatus migratorio calificado”.

El estatus calificado incluye:

  • Personas admitidas con un permiso de permanencia temporal en los EE. UU por al menos un año;
  • Personas a las que se concedió la suspensión de la deportación o de la expulsión;
  • Personas admitidas condicionalmente;
  • Cónyuge maltratado, hijo y padre de familia con determinaciones prima facie según la VAWA
  • Miembros de una tribu indígena reconocida federalmente o indígenas nacidos en Canadá;
  • Miembros tribales Hmong o de las tierras altas de Laos.

Para obtener más información sobre la elegibilidad de las personas no ciudadanas para recibir SNAP y otra asistencia alimentaria, Servicios Legales de Nueva Jersey (LSNJ) puede proporcionar ayuda legal gratuita.

Recursos adicionales