La evaluación de la incapacidad (CDR) es una revisión rutinaria llevada a cabo por la Administración de la Seguridad Social (SSA). Esta revisión se hace para determinar que las personas que reciben prestaciones por incapacidad del Seguro Social (SSD) y la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) continúan inhabilitados y tienen derecho a recibir tales asistencias. Para obtener una explicación de los beneficios brindados por el SSD y el SSI, vea ¿Cuál es la diferencia entre el SSD y el SSI?. El Seguro Social quiere verificar si usted ha mejorado desde del momento en que se le determinó estar discapacitado. Si la administración SSA piensa que usted ha mejorado, dicho organismo comprobará si todavía cumple con las normas de incapacidad establecidas por ellos mismos.
Además de la mejoría médica, hay otras razones, que no mencionaremos aquí, por las que a una persona se le podrían reducir o cancelar los beneficios. Los ejemplos incluyen los sobrepagos de las prestaciones o el no cumplir con los requisitos de ingresos y recursos para recibir el SSI. En este artículo se explica cómo se lleva a cabo una evaluación CDR, lo qué debe hacer si se le hace una y cómo apelar si dejan de pagarle los beneficios. Si recibe una notificación de que se le hará una CDR, no debe asustarse pero tampoco debe ignorarla.
La frecuencia con la que se le haga este tipo de evaluación depende de cuán probable la SSA considera que su condición médica mejorará. Si se espera que haya una mejoría, la SSA examinará la reclamación en un plazo de seis a 18 meses. ; si es posible que la situación médica mejore, la SSA examinará la reclamación cada tres años; si no se espera que haya ninguna mejoria, la SSA examinará la reclamación cada cinco a siete años. Además, hay algunos eventos que pueden causar que se lleve a cabo una evaluación CDR. Los ejemplos incluyen el completar algún programa vocacional de rehabilitación, el 18avo cumpleaños del beneficiario del SSI, cuando el bebé cumple un año, y a veces los ingresos relacionados con el trabajo durante los primeros 24 meses de cumplir con los requisitos para recibir el SSD.
Si resulta seleccionado para que se le haga una evaluación CDR, la SSA le enviará una notificación por escrito junto con los formularios que tendrá que llenar y enviar de regreso. El sitio Web del Seguro Social tiene más información acerca de la CDR. Vea Lo que usted necesita saber sobre la revisión de su incapacidad.
Si recibe el formulario corto de dos páginas CDR (SSA-455-OCR-SM), quiere decir que su afección probablemente tiene poca posibilidad de mejoría médica. Una computadora leerá el formulario, pero si se detecta algo inusual, una persona lo revisará. Consejos prácticos:
Para obtener un ejemplo de un formulario corto lleno, vea la información y la instrucciones en Social Security Administration Disability Update Report Information and Completion Instructions (SSA-455).
Si recibe el formulario largo de 10 páginas, el CDR (SSA-454-BK), un empleado de la SSA lo leerá y no una computadora. Este formulario es similar a la primera solicitud de beneficios por discapacidad y le pide más detalles. Consejos prácticos:
Para ver un ejemplo de un formulario largo lleno para una evaluación CDR, consulte Continuing Disability Review Report (SSA-454-BK).
Para documentar su reclamación y aumentar sus posibilidades de ganar, hay varias cosas que usted puede hacer. Una es asegurarse de presentar al Seguro Social todos sus antecedentes médicos actualizados. Esto puede exigir que haga algún gasto y esfuerzo, debido a que los médicos y los hospitales generalmente cobran por hacer copias de los historiales. Puede pedirles que le exoneren las tarifas que ellos cobran, pero no están obligados a hacerlo. . El Seguro Social puede ayudarle a recoger, de forma gratuita, sus historiales si les proporciona una autorización y la información correcta de todos los lugares donde ha recibido tratamiento. Sin embargo, a veces el Seguro Social tal vez no los pueda obtener.
Encontrar todos sus registros médicos puede ser complicado. A veces, los médicos o los hospitales pueden no presentar todos los informes. Si sus historiales contienen información sobre el VIH/SIDA o el consumo de alcohol o drogas, tal vez tenga que hacer una solicitud específica o autorizar la entrega de esa información. A veces tendrá que ser persistente para hacer que se proporcionen dichos informes. El Seguro Social podría perder los documentos que ya se hayan enviado. Para revisar si hay tal error y asegurarse de que todo ha sido recibido, pídale al Seguro Social que le permita ver su archivo. Si no, solicite tiempo adicional y haga un seguimiento. El no enviar todos los documentos médicos es una razón común para que se deniegue un reclamo legítimo.
Considere la posibilidad de obtener un informe clínico escrito por el médico(s) que esté más familiarizado con su afección. Tal documento debería abordar sus condición médica y la forma en que esta afecta lo que usted puede hacer. Consulte la guía para los médicos en la documentación de la discapacidad. El informe debería también abordar cuestiones de interés para el proceso de la evaluación CDR, tales como si usted desde el punto de vista medico ha mejorado desde la última vez que se le determinó estar discapacitado.
Después, asegúrese de informar al Seguro Social y a sus médicos de todos los problemas médicos y síntomas. ¿Cuán graves son estos? ¿Con qué frecuencia los siente? ¿Cuánto tiempo duran estos? ¿Qué es lo que estos le impide seguir haciendo, física y mentalmente?
En algunos casos, su médico podría permitirle que haga algún tipo de trabajo. Si después de consultar con su médico, usted cree que puede trabajar, busque la ayuda de la agencia estatal de rehabilitación vocacional. Vea Vocational Rehabilitation Services for Jobseekers with Disabilities (del Departamento estatal de Trabajo y Desarrolló de la Fuerza Laboral). La agencia debería ayudarle a determinar sus ventajas y desventajas profesionales, identificar los obstáculos laborales, y cooperar con usted para superarlos y encontrar un empleo que en realidad pueda llevar a cabo.
La SSA maneja toda evaluación de una manera diferente dependiendo de si se trata de una reclamación para un adulto discapacitado, la redeterminación de beneficios para individuos que están cumpliendo los 18 años, o una reclamación de un menor discapacitado.
Vea un resumen gráfico en DI 28005.010 CDR Evaluation Process - Title II and Adult Title XVI Beneficiary - Summary Chart A de la página Web del Seguro Social, que muestra este proceso.
El alcoholismo o drogadicción o no tener una excusa para no seguir un tratamiento médico prescrito, a veces puede dar lugar a negativas, en especial cuando éstas contribuyen significativamente a la discapacidad.
El estándar de incapacidad pautado por el SSA es diferente para los niños que para los adultos. Por esa razón, a todos los niños que reciben beneficios del SSI se les determina de nuevo su elegibilidad cuando estos cumple los 18 años utilizando las normas y definiciones regulares que la SSA utiliza para un adulto.
Hay algunas situaciones en las que las personas de edades comprendida entre los 18 y los 21 años pueden conservar los beneficios, incluso si estas ya no están médicamente incapacitadas. Hay personas que estando en el programa Boleto para trabajar, en inglés Ticket to Work , algunos programas de rehabilitación profesional, y aquellos que están participando en un Programa Educativo Individualizado (IEP) a veces pueden conservar los beneficios. Para obtener más información, vea SR 11-2p Titles II and XVI: Documenting and Evaluating Disability in Young Adults en la página Web del Seguro Social.
Los niños que reciben beneficios por incapacidad de vez en cuando, también son evaluados antes de que cumplan los18 años de edad. El Seguro Social sigue un proceso de múltiples pasos.
El alcoholismo o drogadicción o no tener una excusa para no seguir un tratamiento médico prescrito, a veces puede dar lugar a negativas, en especial cuando éstas contribuyen significativamente a la discapacidad.
Si la SSA determina que ya no se le determina estar incapacitado, sus beneficios continuarán durante sólo dos meses más, como máximo, a menos que en una forma oportuna haga una apelación y pida que se le continúen dando los beneficios durante su apelación. Para apelar, envíe una solicitud de reconsideración (formulario SSA-789-U4) antes de que se cumplan los 60 días de haber recibido la notificación de denegación.
Nota importante: Si usted desea que se le continúen brindando beneficios durante el tiempo que su caso está siendo decidido, deberá presentar la solicitud de reconsideración antes de que se cumplan los 10 días del recibimiento de la negativa y solicitar específicamente que se le continúen dando los beneficios mientras se resuelva la apelación.
Usted puede solicitar una reunión en persona con un funcionario en una audiencia para determinar la discapacidad. Puede entregar el documento en la oficina local del Seguro Social, el cual debe aparecer listado en cualquier carta de denegación. Como con toda correspondencia enviada a la Administración del Seguro Social, es recomendable guardar una copia como prueba de que usted presentó dicho documento a tiempo. Para ver un ejemplo de un formulario lleno, consulte el sitio solicitud de reconsideración (formulario SSA-789-U4).
Si elige continuar recibiendo los beneficios y no tiene éxito con su apelación, el Seguro Social evaluará si hace una reclamación buscando el reembolso del sobrepago de dichos beneficios. Si eso sucede, usted deberá recibir una notificación escrita de sobrepago. Usted tiene el derecho a refutar los pagos excesivos y/o solicitar una exoneración del pago de los mismos en ese momento. Para obtener más información, vea los sobrepagos (de la Administración del Seguro Social)
Si usted se atrasa en la presentación de la apelación (o la presenta antes del plazo de los 10 días para continuar recibiendo beneficios durante el proceso de apelación), puede presentar una declaración para establecer una razón justificada y que se le permita hacer una presentación tardía. Una "razón justificada" podría incluir el no poder juntar la información necesaria a tiempo o tener una limitación que impide una presentación oportuna. En el Código de Regulaciones Federales Code of Federal Regulations§ 416.1411 Good cause for missing the deadline to request review que se encuentra en la página Web del Seguro Social podrá ver una lista de lo que se considera ser una "razón justificada".
Si le niegan la reconsideración, puede solicitar una audiencia ante un juez de derecho administrativo presentando el formulario HA-501 con documentos de apoyo en la oficina local de la SSA. Vea un ejemplo completo del formulario HA-501 form. Para obtener una explicación de cómo solicitar una audiencia ante el juez, vea cómo solicitar una audiencia de apelación (publicado en inglés por DisabilitySecrets.com)
Usted puede elegir que se le continúe dando los beneficios durante el proceso de apelación ante el juez de derecho administrativo, pero tendrá que presentar otra solicitud para la continuacion de los mismos antes de que se cumplan los 10 días de recibir la negativa de su solicitud para una reconsideración.
Si el juez le niega la reclamación, usted puede solicitar una revisión ante el Consejo de Apelaciones presentando el formulario HA-520. Para obtener instrucciones adicionales, vea cómo llenar el formulario SSA HA-520 (del sitio Web de Social Security Disability Help). En esta etapa, la SSA no continuará brindándole beneficios. Si se los niegan, usted puede presentar una queja ante el Tribunal Federal de Distrito.
Durante cada uno de los niveles de la apelación, presente pruebas adicionales que puedan sustentar su reclamo. Ejemplos incluyen los historiales e informes médicos, declaraciones testimoniales de apoyo. Este sitio explica cómo solicitar copias de los registros médicos y la forma en que los médicos pueden documentar su discapacidad (vea la documentación de la discapacidad).
El proceso de apelación puede tardar mucho tiempo, pero vale la pena no rendirse y si usted tiene un caso legítimo, considerar la posibilidad de buscar una apelación. Un porcentaje mucho mayor de personas gana en la audiencia ante el juez administrativo que durante la reconsideración.
Según el programa de la frecuencia con que se lleva a cabo una evaluación, ya se me debería haber hecho una CDR, pero todavía no he recibido ningún anuncio ¿Qué debo hacer?
¿Me van a hacer una evaluación cuando estoy en un período probatorio en el trabajo?
¿Si estoy en un programa de rehabilitación vocacional, puedo continuar recibiendo mis beneficios?
¿Qué ocurre si la afección médica por la que yo estaba recibiendo beneficios mejora, pero tengo un nuevo problema médico?
¿Qué sucede si después de que la SSA me ha cancelado los beneficios desarrollo una nueva afección ?
¿Qué pasa si debido a mi discapacidad no puedo proporcionar la documentación o asistir a una reunión con la SSA ?
¿Cuándo debo conseguir un abogado?
¿Dónde puedo solicitar ayuda si no puedo encontrar un abogado y todavía tengo preguntas?
Información y recursos adicionales
Según el programa de la frecuencia con que se lleva a cabo una evaluación, ya se me debería haber hecho una CDR, pero todavía no he recibido ningún anuncio. ¿Qué debo hacer?
No se preocupe. La SSA tiene una gran acumulación de los casos que tiene que revisar, por lo que es normal que se le retrase la evaluación CDR.
¿Me van a hacer una evaluación cuando estoy en un período probatorio en el trabajo?
Si usted ha recibido beneficios del SSD durante al menos 24 meses o que usted esté utilizando el programa Boleto para trabajar, la actividad laboral que lleva a cabo no deberá activar automáticamente un evaluación CDR. No obstante, todavía se le podrá programar revisiones médicas con regularidad.
¿Si estoy en un programa de rehabilitación vocacional, puedo continuar recibiendo mis beneficios?
Sí. En virtud de la sección 301, si cumple con los requisitos del program sus beneficios pueden continuar hasta que usted haya terminado el programa de rehabilitación vocacional. Sin embargo, usted tiene que comenzar el programa antes de la fecha de cesación médica y la SSA determinará en cada caso si el programa aumenta la probabilidad de que usted no regresará a recibir los beneficios por discapacidad.
¿Qué ocurre si la afección médica por la que yo estaba recibiendo beneficios mejora, pero tengo un nuevo problema médico?
Cuando la SSA evalúa su condición actual, examinará el nuevo problema médico para ver si se menciona en el listado o limita su capacidad funcional.
¿Qué sucede si después de que la SSA me ha cancelado los beneficios desarrollo una nueva afección?
Si usted todavía tiene pendiente un recurso de apelación, presente pruebas médicas de su nuevo deterioro. Si ya no tiene una reclamación pendiente, considere la posibilidad de presentar una nueva reclamación de beneficios por incapacidad que incluya el nuevo deterioro.
¿Qué pasa si debido a mi discapacidad no puedo proporcionar la documentación o asistir a una reunión con la SSA?
De acuerdo a la Ley de Rehabilitación, le puede solicitar a la SSA ayuda y adaptaciones. La ley le exige al Seguro social proporcionar asistencia razonable y adaptaciones a toda persona con discapacidades.
¿Cuándo debo conseguir un abogado?
Si usted tiene dificultad para entender el proceso, reunir pruebas o, de lo contrario, abogar por su caso, considere la posibilidad de conseguir un abogado. Algunos abogados no trabajan con caso referentes a la evaluación CDR y la cesación de beneficios ya que los honorarios son limitados, especialmente en las primeras etapas de la apelación. La mayoría de los abogados cobran un porcentaje de los beneficios recibidos, y las tarifas tienen que ser aprobadas por la Administracion del Seguro Social antes de que se pueda cobrar.
¿Dónde puedo solicitar ayuda si no puedo encontrar un abogado y todavía tengo preguntas?
Llame a LSNJ-LAWSM, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, marcando el l-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529), o puede llenar un cuestionario en línea.
Para buscar información y recursos adicionales, visite:
Esta información se actualizó el: May 17, 2017