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Derechos de Empleo—La Ley NJ SAFE

 

Tener que lidiar con las secuelas de un trauma, puede ser algo agobiante. Cuando un acto de violencia física termina, es solo el principio de todo lo que a la víctima le queda por hacer. Nueva Jersey ahora ofrece otra protección para las víctimas. La Ley de Nueva Jersey para la Seguridad y el Fortalecimiento Económico (New Jersey Security and Financial Empowerment Act, NJ SAFE), que entró en vigor el 1 de octubre de 2013. Esta ley proporciona protección laboral para las víctimas de violencia sexual y doméstica. La ley permite que las víctimas tengan un permiso laboral de 20 días sin sueldo para hacer frente a las secuelas de dicha agresión.

El permiso de 20 días tiene que utilizarse dentro de los 12 meses posteriores al incidente y en intervalos de no menos de un día. El permiso tiene que estar relacionado con la agresión y se debe usar para:

  • Buscar asistencia médica para atender las lesiones físicas o psicológicas;
  • Obtener los servicios de una organización que ofrezca asistencia a las víctimas;
  • Obtener terapia psicológica o de otra índole;
  • Participar en la planificación de su propia seguridad;
  • Buscar asistencia jurídica u otros recursos necesarios para proteger su propia salud y seguridad;
  • Asistir a procesos penales o civiles ante el tribunal.

Un empleado que tenga disponible un permiso laboral remunerado, lo puede usar si desea hacerlo. El empleador puede exigirle al empleado utilizar algún permiso laboral remunerado que esté a su disposición, y si el empleado lo aprovecha, el tiempo usado se descontará de los 20 días que la ley NJ SAFE le confiere. Si el empleado está al tanto de la existencia del permiso antes de necesitarlo, debe proporcionar una notificación escrita al empleador con la mayor antelación que sea razonablemente posible.

La empresa podría pedirle que le muestre documentación relacionada con el incidente, pero usted no tiene la obligación de hacerlo. La documentación puede incluir:

  • La orden temporal o final de restricción;
  • El papeleo entregado por el fiscal del municipio o del condado;
  • La prueba de la condena impuesta al agresor;
  • Los historiales médicos del delito;
  • Una certificación expedida por un especialista certificado en el tratamiento de víctimas de violencia doméstica, o por el director de una agencia de ayuda a las víctimas de violencia doméstica / o de un centro de atención a las víctimas de violación;
  • Documentación expedida por un trabajador social, un miembro del clero u otro profesional que haya ayudado a la víctima.

El empleador tiene que mantener como confidencial cualquier documento que se le entregue, a no ser que el empleado autorice por escrito su divulgación.

Un trabajador puede pedir un permiso, ya sea él mismo la víctima directa o lo haya sido su hijo, progenitor, cónyuge, conviviente o pareja en una unión civil. Se entiende por trabajador, aquel que ha estado empleado por lo menos 12 meses (habiendo trabajado por lo menos 1.000 horas base) antes de solicitar el permiso laboral. Un empleador elegible es alguien que emplea por lo menos a 25 personas durante al menos 20 semanas al año.

Ningún permiso concedido con base a las protecciones de La Ley de NJ para la Seguridad y el Fortalecimiento Económico (NJ SAFE), entrará en conflicto con los derechos proporcionados por la Ley del Permiso Familiar; la Ley de 1993 del Permiso Médico y Familiar; o la Ley de Prestaciones por Discapacidad Temporal. Todo empleador tiene que proporcionar a sus trabajadores una notificación adecuada de la existencia de la Ley NJ SAFE. No se le permite a ningún empleador discriminar al trabajador que aproveche este permiso laboral. Si un empleado siente que ha sido discriminado, puede pedir ante el Tribunal Superior que se le conceda alguna reparación judicial.

Si tiene preguntas con respecto a sus derechos como víctima de violencia doméstica o sexual, visite violencia doméstica. También puede llamar a LSNJLAWSM, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, marcando el 1-888-LSNJ-LAW, (1-888-576-5529). También puede hacer su solicitud por medio de la Internet.