Cuando un arrendatario se muda de un apartamento, pero deja abandonados efectos personales, el propietario no puede botar las cosas sin darle al arrendatario una oportunidad de volver al apartamento y llevárselas. Esto se vale incluso si el arrendatario debe el alquiler e incluso si el arrendatario fue desalojado por el tribunal.
¿Para botar los efectos personales, tiene el propietario que darle una notificación al arrendatario?
En Nueva Jersey, una ley que se llama “El estatuto para la protección de las pertenencias abandonadas por el arrendatario” requiere que si el propietario quiere botar las cosas dejadas por el arrendatario después de que éste se ha mudado, el propietario le dé al antiguo arrendatario un aviso escrito. Dicho aviso debe declarar que el propietario considera las pertenencias olvidadas como que han sido abandonadas. De igual manera, debe informarle al arrendatario que la propiedad debe ser sacada antes de cierta fecha, y el aviso debe ser enviado no menos de 33 días antes de la fecha indicada en el aviso.
Por ejemplo: un propietario envía un aviso a su ex-arrendatario informándole que la propiedad abandonada en el apartamento debe ser sacada antes del 31 de mayo de 2006, o el propietario considerará la propiedad como abandonada. El aviso del propietario debe ser enviado antes del 28 de abril de 2006.
El aviso también debe informarle al ex arrendatario que, si la propiedad no es sacada, el propietario la venderá en una venta pública o privada, la botará o la destruirá si ésta tiene poco o ningún valor.
El aviso del propietario debe ser enviado por correo certificado, con acuse de recibo solicitado o por correo de primera clase con recibo de entrega dirigido al arrendatario en la última dirección o direcciones conocidas. El propietario debe marcar el sobre “Please Forward”.
¿Qué tiene que hacer el arrendatario después de recibir el aviso?
Una vez que el arrendatario recibe este aviso, el arrendatario debe notificarle al propietario que tiene la intención de llevarse las cosas. El arrendatario entonces debe llevarse las cosas que sean de su propiedad dentro de los 33 días brindados por el aviso o dentro de 15 días después de haberse puesto en contacto con el propietario por escrito diciendo que se llevará las cosas, durante cualquier período de tiempo que sea posterior.
Por ejemplo: Como se dijo en el ejemplo anterior, el propietario le envía un aviso a su antiguo arrendatario el 28 de abril de 2006, informándole que la propiedad que dejo olvidada debe ser sacada del local antes del 31 de mayo de 2006. Si el arrendatario le envía un aviso al propietario el 30 de mayo de 2006, el arrendatario tendrá hasta el 14 de junio de 2006, para sacar las cosas de su propiedad.
Si el arrendatario regresa para recuperar su propiedad, el propietario de la vivienda debe permitirle que retire sus cosas sin que tenga que hacer el pago de cualquier cantidad que deba por el alquiler. Sin embargo, el propietario puede almacenar las pertenencias del arrendatario y, si el propietario de la vivienda tiene que pagar por el almacenaje, el arrendatario tiene que pagarle los gastos por el almacenaje antes de sacar las cosas del local. El propietario no puede cobrar un precio por el almacenaje que sea más caro que cualquier otro cobrado por otras instalaciones de almacenaje en el área donde la propiedad es almacenada.
Si el arrendatario no responde al aviso o no consigue sacar las pertenencias dentro de la cantidad de tiempo requerida, el propietario puede deshacerse de éstas vendiéndolos en una venta pública o privada o botándolas, si dichas cosas no tienen ningún valor. Si el propietario vende las cosas, puede deducir los gastos por el aviso de la venta, el almacenamiento y cualquier alquiler que no haya sido pagado y los gastos no cubiertos por el depósito de garantía puesto por el arrendatario, pero entonces debe darle cualquier cantidad sobrante al arrendatario con una cuenta detallada.
Si el propietario no cumple con cualquiera de las provisiones del estatuto sobre la propiedad del arrendatario que éste abandonada, el arrendatario puede demandar por dos veces los daños reales. Esto significa que el arrendatario puede demandar para obtener dos veces el valor en el mercado de la propiedad botada por el propietario.
¿Qué sucede si no puedo sacar todas mis cosas antes de mudarme?
Cuando uno se muda de un apartamento, lo mejor es siempre sacar todas las pertenencias antes de devolver la llave. Sin embargo, si usted no lo puede hacer, envíele al propietario un aviso diciéndole que no está abandonando sus cosas y dígale cuándo volverá para sacar sus cosas. También, asegúrese de enviar dicho aviso por correo certificado, con acuse de recibo solicitado, entonces tendrá la prueba que usted le ha notificado al propietario. Vea un ejemplo del aviso que puede usar.
Pienso que el propietario de la vivienda ha violado la ley. ¿Qué puedo hacer?
Si el propietario ha violado este estatuto y a usted le gustaría demandarlo, puede pedir los formularios para la demanda en el palacio de justicia del condado donde la propiedad está localizada. Solicite ante la Parte Civil Especial si el doble del valor de sus pertenencias, es de, o menos de $15.000, o la Parte Civil, si el doble del valor de su propiedad es más de $15.000.
También puede encontrar los formularios en el Internet. Cuando esté llenando los formularios, asegúrese de indicar que el propietario ha no cumplido con el estatuto sobre la propiedad del arrendatario que éste abandonada, y que conforme al estatuto, usted tiene derecho al doble de la cantidad de los daños causados.
Para entablar una demanda, hay que pagar un costo. Sin embargo, al igual que con todos los honorarios cobrados por el tribunal, si usted es indigente (su ingreso es muy bajo) el tribunal puede exonerar el pago de los honorarios. Si no se puede costear dichos honorarios, dígale al empleado del tribunal que usted es indigente y pida que le exonere el pago de los honorarios.
Después de entablar la demanda, usted obtendrá una fecha para un juicio ante el tribunal. En el juicio, esté preparado a decirle al juez exactamente en qué forma el propietario violó el estatuto y a demostrar el valor de la propiedad que dejó olvidada. Asegúrese de llevar toda prueba que tenga al juicio, incluyendo la copia de cualquier carta que usted le haya enviado al propietario o que el propietario le haya enviado a usted. También puede presentar testigos durante el juicio si éstos tienen conocimiento pertinente sobre la falta del propietario a cumplir con el estatuto o si tienen conocimiento pertinente del valor de sus pertenencias, si el propietario las ha botado.
Si usted se ha mudado y el propietario aún no ha botado sus cosas, un juez puede ordenarle al propietario para que le devuelva las cosas que sean de su propiedad.
Si usted teme que el propietario pueda botar sus cosas antes de que el juez tenga la oportunidad de oír su demanda y ordenarle al propietario para que haga la devolución, usted puede hacer un pedido por medio de una orden para mostrar causa con refrenamientos temporales junto con una demanda verificada. Una orden para mostrar causa es una solicitud presentada a un juez pidiéndole, en este caso, emitir una orden que le impida al propietario deshacerse de sus cosas hasta que el juez haya tenido la oportunidad de ordenarle al propietario a devolver las cosas de su pertenencia. El tribunal debe repasar cuanto antes una orden para mostrar causa con refrenamientos temporales después de que ésta haya sido presentada.
Si existe una buena causa, el juez emitirá la orden inmediatamente, impidiéndole al propietario botar las cosas de su pertenecía.
Si usted necesita ayuda o tiene más preguntas, puede ponerse en contacto con LSNJ-LAW, la línea directa gratuita para asistencia jurídica en toda Nueva Jersey, marcando el 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). La línea directa está abierta de lunes a viernes, de las 8:00 de la mañana a las 5:30 de la tarde.
Ejemplo
De:____________________
Su nombre
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Su dirección
Para:__________________________
Nombre del propietario
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______________________________
Dirección del propietario
Fecha:_________________________
La fecha de hoy
RE:______________________________
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La dirección de su antiguo apartamento
Estimado Sr. propietario,
Se le informa que me mudé del apartamento antes mencionado el _______, 200__, Lamentablemente, no pude sacar todas mis pertenencias antes de salir del apartamento y he dejado en el apartamento las siguientes cosas:
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Por favor dése por informado que no he abandonado mis pertenencias y que tengo la intención de volver a recogerlas el , 200___, entre las___ a.m./p.m. y las ___ a.m./p.m.
Si necesita ponerse en contacto conmigo, me puede escribir a la dirección antes mencionada o llamarme al ______________
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Su Firma
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