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El propietario me cerró la puerta de mi vivienda sin acudir primero al tribunal

 

Hay varias cosas que usted puede hacer si el propietario no le deja ingresar a la vivienda sin acudir primero al tribunal.

  1. Llamar a la policía local. 

    Llame a la policía local e informe sobre las acciones del propietario. La policía hará un registro de su llamada y podría ayudarle para que regrese a su apartamento o cuarto.

    Vea un directorio de  Departamentos de Policía en Municipalidades de Nueva Jersey.

  2. Trate de conseguir un abogado. 

    Si usted reside en Nueva Jersey y tiene bajos ingresos, usted podría llenar los requisitos para recibir ayuda jurídica de la oficina de los Servicios Legales en su área. Pulse aquí para obtener una lista de las direcciones y números de teléfono de aquellas oficinas.

    Vea una lista de las oficinas y los números de teléfono de los Servicios Legales. 

    Si usted no llena los requisitos para recibir ayuda de los Servicios Legales, usted debería tratar de conseguir un abogado particular. Para hacer esto, llame al servicio de recomendaciones del Colegio de Abogados del Estado de Nueva Jersey.

    Vea la información sobre el servicio de recomendaciones del Colegio de Abogados del Estado de Nueva Jersey

  3. Presente una demanda y una orden para presentar fundamentación jurídica ante la Parte Civil Especial del Tribunal Superior 

Si usted no puede conseguir un abogado, prepare y presente una demanda y una orden para presentar fundamentación jurídica ante la Parte Civil Especial del Tribunal Superior para que le den el derecho de ingresar a la vivienda (la posesión de la unidad de alquiler) y le concedan los daños (dinero que gastó debido al bloqueo ilegal hecho por el propietario).   A veces el juez puede concederle el triple del costo de los daños si decide que por alguna razón no le puede permitir que usted siga viviendo en la unidad alquilada. Para presentar una demanda y una orden presentando su fundamentación jurídica siga las siguientes instrucciones:

  1. Una demanda verificada 
    Prepare y presente un formulario llamado “una demanda verificada”. Este documento le explica al tribunal lo que el propietario ha hecho y le dice que tipo de reparación usted busca que se le conceda en dinero para cubrir cualquier perdida que haya sufrido a causa del bloque ilícito. Los hechos presentados en la demanda deben apoyar su posición y demostrar que el propietario le bloqueó ilícitamente el ingreso a su apartamento o cuarto. Usted presenta los hechos bajo juramento y certifica que son verídicos.
  2. Una orden para presentar fundamentación jurídica para que se le permita regresar a la unidad.
    Prepare y presente ante el tribunal un formulario llamado    “Una orden para presentar fundamentación jurídica para que se le permita regresar a la unidad”. Una orden para presentar fundamentación jurídica ("OTSC") es una forma de poder comparecer rápidamente ante el tribunal cuando existe una emergencia. La OTSC es en realidad hecha por el juez la primera vez que usted comparece ante el tribunal. Esta le informa al propietario del hecho que usted le está demandando y le dice cuando tiene que comparecer ante el tribunal para dar una respuesta a las cosas que usted le   informa al tribunal. El juez también le puede ordenar al propietario que le permita   el ingreso a su apartamento o cuarto aun antes de que el propietario tenga la posibilidad de comparecer ante el tribunal y responder a su demanda.

 

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Las personas con bajos ingresos que vivan en Nueva Jersey pueden conseguir ayuda jurídica por teléfono, libre de costos: llame a nuestra línea de asistencia jurídica al 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529), de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. Si llama desde fuera de Nueva Jersey, marque el 732-572-9100 y pida que le pasen la llamada a la línea directa.