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El propietario ha retenido mis bienes personales o muebles que dejé después que fui desalojado o se rehúsa a devolvérmelos

 

Si el propietario ha acudido al tribunal para desalojarle y ha ganado y un agente del tribunal o el alguacil le ha entregado una orden de desalojo, la ley le permite al propietario deshacerse de las pertenencias o muebles que usted haya dejado en el apartamento o cuarto. Sin embargo, el propietario todavía debe darle una notificación por escrito diciéndole que se va a deshacerse de la propiedad que usted ha dejado. 

A. Notificación 

La notificación que el propietario le envíe deberá ser enviada por correo de primera clase o certificado, con acuse de recibo solicitado. El aviso debe declarar lo siguiente: 

  1. que sus pertenencias o muebles son considerados como “propiedad abandonada”. 
  2. que la propiedad que abandonó debe ser sacada de las instalaciones antes de que se cumplan 30 días de la fecha en que usted recibió la notificación, o 33 días después de la fecha que fue enviada, o la que ocurra primero, 
  3. que si la propiedad no es sacada, el propietario puede hacer lo siguiente 

a. Venderla en una venta pública o particular 
b. Destruirla o descartarla de cualquier otra forma (sólo si el propietario determina que el valor de dicha propiedad es más bajo que el costo del almacenaje y la venta pública sería mayor a la cantidad que se pueda ganar en la venta). 
c. Vender los artículos de valor y destruir la propiedad restante. 

B. Almacenar la propiedad después de notificarle:

Después de que le notifique a usted, el propietario debe almacenar la propiedad abandonada en un lugar seguro y tener un cuidado razonable en el manejo de dicha propiedad. El propietario puede pedirle que le reembolse por el costo de llevar la propiedad al almacenaje y del almacenamiento de la misma Lo que se considera como un costo razonable depende de los hechos y las circunstancias individuales de cada situación.

C. Las excepciones donde el propietario se puede deshacer y botar ciertas cosas antes de que se cumplan los 30 o 33 días dependen de: 

  1. El Propietario puede botar los alimentos que se puedan descomponer. 
  2. El Propietario puede hacer que la agencia para el control de los animal o la sociedad protectora de los animales de deshaga de cualquier animal doméstico o semoviente abandonado. 

D. Qué tiene que hacer para recuperar las cosas de su propiedad.

  1. Si usted reclama sus pertenencias en cualquier momento dentro del período de tiempo de los 30 o 33 día en el que el propietario le debe devolver sus cosas AUN SI TODAVÍA LE DEBE EL ALQUILER. 
  2. El propietario no puede hacerle pagar por la propiedad. Usted debe responderle al propietario por medio de una carta y enviarla por correo regular y certificado con acuse de recibo. Una vez haya respondido usted tiene 15 días a partir de la fecha de su respuesta escrita para sacar sus pertenencias. 

    Si usted no responde dentro del tiempo que la notificación le permite, legalmente su propiedad es considerada como abandonada.

E. Lo que se le permite al propietario de la vivienda hacer con la propiedad que ha sido abandonada.
Si legalmente la propiedad ha sido abandonada, el propietario puede hacer lo siguiente:

a. Deshacerse de ella en una venta pública o particular 
b. Destruirla o descartarla de cualquier otra forma si el valor de la propiedad es tan bajo que costaría menos que el costo del almacenaje y llevar a cabo una venta pública. 
c. Vender ciertos artículos y destruir o eliminar el resto la propiedad abandonada. 

NOTA - el propietario puede descontar de las ganancias obtenidas de cualquier venta de la propiedad el costo razonable del aviso, el almacenaje y la venta junto con cualquier alquiler que no haya sido pagado y los gastos no cubiertos por el depósito de seguridad. 

F. Lo que puede hacer si el propietario no obedece la ley y destruye o bota sus pertenencias. 

NOTA - Si el propietario no toma alguna de las acciones mencionadas anteriormente tal como el enviarle a usted una notificación escrita informándole del hecho que se le han quedado algunas pertenencias y que él se va a deshacer de estas, usted puede entablar una demanda contra el propietario y recuperar hasta dos veces el valor de los artículos que el propietario haya botado o destruido.   El valor real de aquellos artículos puede ser demostrado en una variedad de formas al ofrecer una variedad de diferentes pruebas.

A. Los ejemplos de pruebas incluyen lo siguiente: 

  1. Su testimonio sobre los artículos y lo que estos cuestan. 
  2. Su testimonio sobre los artículos y lo que estos le costaron. 
  3. Su testimonio sobre lo que en este momento le costaría sustituir los artículos. 
  4. Recibos de los artículos cuando usted los compró. 
  5. Fotos de los artículos. 

NOTA - usted no tiene que ser un experto para poder dar su opinión sobre cuánto cuesta algún artículo. Sin embargo, le tiene que decir al juez en qué información basa su opinión. Además, usted no tiene que ser exacto en su testimonio y puede dar estimaciones con respecto a los valores. 


B. El factor que el juez considerará para determinar “el valor actual" de los artículos perdidos o destruidos. 

  1. El costo original de los artículos.
  2. El costo de sustituirlos en este momento. 
  3. La cantidad del desgaste de los artículos y cómo puede esto haber reducido su valor. 
  4. El hecho que el valor de los artículos podría haber aumentado desde que fueron comprados.

C. El procedimiento para entablar una demanda para obtener la devolución del valor de sus pertenencias. 

Las instrucciones para entablar una demanda para obtener la devolución del valor de sus pertenencias son presentadas a continuación. 

  1. Presente una demanda por la suma de dinero que le debe el propietario. (Los daños reales o el valor de las cosas que él se quedó o botó. Recuerde que tiene el derecho de pedir el DOBLE de la cantidad de los daños reales. 
  2. Presente los documentos en la Parte Civil Especial o en la Sección para las Reclamaciones por Menor Cuantía del Tribunal Superior. La suma que pide determina a cuál sección debe ir para presentar la demanda.

    Escoja el tema que más se parezca a su situación.
Temas

    
  • Busco una suma mayor a los $5.000 y menor de los $15.000

  • Busco una suma no mayor a los $5.000

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