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Busco una suma mayor a los $5.000 y menor de los $15.000

 
 

Si usted pide una suma mayor a los $5.000 y menor a los $15.000 deberá presentar su demanda ante la Parte Civil Especial del Tribunal Superior. 

A. Instrucciones y los formularios para usar como ejemplo. 

Vea las instrucciones paso a paso para entablar una demanda en la Sección para las Reclamaciones por Menor Cuantía junto con los formularios para usar como ejemplo. Tenga en cuenta que los formularios disponibles en esta página están escritos únicamente en inglés.

B. Los nombres y direcciones de los tribunales dónde debe presentar o enviar por correo los documentos.
Presentará su demanda en el tribunal donde se ubica la propiedad o dónde el propietario reside.
Vea la lista con la dirección y los números de teléfono de los tribunales en cada condado.

C. Consideraciones especiales

a. La contra demanda y la respuesta a la misma.

Si usted entabla una demanda para que le devuelvan el depósito, muchas veces, el propietario entablará una contra demanda como respuesta donde pide dinero por daños hechos a la propiedad.    El caso puede ser trasladado a la Parte Civil Especial si la contra demanda es por más de $15.000. Con tal de protegerse, debe presentar una Respuesta a la Contra demanda.

b. Para hacer que un abogado le represente.

1. Sería buena idea conseguir que un abogado le represente porque la presentación de una contra demanda le puede complicar bastante el caso.

2. Como la ley le permite hacer que el propietario le pague por el abogado, si usted gana, tal vez pueda convencer a un abogado particular para que le represente con la esperanza recibir pago después de ganar el caso. (Nota- no todos los abogados toman un caso sin que usted les de dinero antes de que se tome una decisión en el caso, sin embargo algunos lo hacen entonces sería buena idea tratar de conseguir representación).

c. Recursos en dónde puede buscar representación o consejos jurídicos: 

1. Si usted reside en Nueva Jersey, tiene bajos ingresos y quiere solicitar representación llame a su oficina local de los Servicios Legales/Asistencia Jurídica.

2. Si usted reside en Nueva Jersey y tiene bajos ingresos o si vive fuera de Nueva Jersey pero tiene un caso jurídico en Nueva Jersey y quiere ayuda jurídica o una recomendación, llame a la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de New Jersey para todo el estado, marcando el 1-888-576-5529, de 9:00 a.m. a 4:30 p.m. de lunes a viernes. 

3. Si usted puede costearse un abogado, o si tiene un caso dónde recuperará el pago de los honorarios que le permitirán pagarle a uno, llame a un abogado particular en su área.


Vea una lista del servicio de recomendaciones del Colegio de Abogados del Estado de Nueva Jersey.

 

Parte superior de la página Condiciones de uso | Normas de confidencialidad

Las personas con bajos ingresos que vivan en Nueva Jersey pueden conseguir ayuda jurídica por teléfono, libre de costos: llame a nuestra línea de asistencia jurídica al 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529), de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. Si llama desde fuera de Nueva Jersey, marque el 732-572-9100 y pida que le pasen la llamada a la línea directa.