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Información sobre los Impuestos al ingreso del 2009

 

Temas:

La temporada para la preparación de impuestos ha comenzado. Es hora de empezar a preparar y presentar la declaración de impuestos del 2009. Toda declaración tiene que ser presentada antes del 15 de abril de 2010. Podrá solicitar una extensión de tiempo automática para presentar la declaración, pero si debe cualquier cantidad en impuestos tendrá que pagarla antes del 15 de abril de 2010. Si debe impuestos y no los paga antes de dicha fecha, usted podría resultar debiendo dinero por hacer pagos tardíos.

Si desea llenar una declaración de impuestos, la siguiente información le será útil. Esta incluye información sobre el estado civil con respecto a la declaración, los dependientes, las exenciones, lo que se considera como ingreso y sobre los principales créditos a los cuales usted pueda tener derecho. De igual manera, contiene información sobre los recientes cambios hechos a la ley tributaria para el 2009, incluyendo los garantías fiscales contenidas en la Ley federal del 2009 para la recuperación y la reinversión, en inglés the American Recovery and Reinvestment Act , (ARRA).

Aun si no tiene el dinero para pagar los impuestos que debe, presente su declaración de todos modos. Si no presenta la declaración dentro de la fecha indicada por la ley, el IRS tiene el derecho de cobrarle los impuestos que debe, junto con los intereses y las multas. El IRS tiene varias formas en las que usted puede pagar los impuestos, estas están disponibles si no puede pagar sus impuestos en la forma habitual. Estas alternativas incluyen planes de financiación, ofertas de transacción y el aplazamiento de la cobranza a manos del IRS en cuanto a su cuenta fiscal, hasta que su situación financiera mejore. Sin embargo, es importante recordar que, a fin de tomar ventaja de estas alternativas, usted tiene que presentar su declaración de impuestos.

Los requisitos para presentar la declaración.

La presentación de una declaración depende de sus ingresos, su estado civil y edad. Aun si tiene bajos ingresos laborales, es una buena idea presentar una ya que podría tener derecho a exenciones, descuentos, créditos y reembolsos que originarían un reembolso a su nombre. Usted no tiene derecho a un reembolso a menos que presente una declaración.

¿Quién tiene que presentar una declaración de impuestos?

Usted tiene que presentar una declaración si:

  • Está soltero, es menor de 65 años y ganó $9.350.

  • Está soltero, es mayor de 65 años, y ganó $10.750.

  • Está casado y tanto usted como su cónyuge (esposo / esposa) eran menores de 65 años y su ingreso combinado fue $18.700.

  • Está casado, uno de los cónyuges tenía más de 65 años, y su ingreso combinado fue $19.800.

  • Está casado, ambos cónyuges eran mayores de 65 años, y su ingreso combinado fue $20.900.

  • Está casado, pero declaró por separado, con cualquier edad, y su ingreso fue $3.650.

  • Si es jefe de familia menor de 65 años de edad y su ingreso fue $12.000;

  • Si es jefe de familia menor de 65 años de edad y su ingreso fue $13.400;

  • Si es viudo, menor de 65 años de edad con un menor dependiente y su ingreso fue $15.050;

  • Si es viudo, menor de 65 años de edad con un menor dependiente y su ingreso fue $16.150;

Tenga en cuenta que: Si nació el 1ro de enero de 1945, se considerará que a finales del 2009 tenía 65 años).

Si, con anticipo, le retuvieron del pago el crédito fiscal que obtienen determinados contribuyentes de bajos ingreso, tiene que declarar impuestos.

¿Cuáles son los ingresos sujetos al pago de impuestos?

El Código del IRS dice de todos los ingresos provenientes de todas las fuentes tienen que incluirse como ingresos, a menos que el código establezca una excepción. Algunos tipos de ingresos imponibles son los siguientes:

  • Salarios, honorarios, comisiones, prestaciones extra salariales y el dinero que le paguen por sus servicios
  • El ingreso bruto de su negocio
  • Intereses
  • Dividendos
  • Alquiler que cobre
  • Propinas
  • Pensión conyugal que reciba
  • Anualidades
  • Pagos por adelantado para un servicio que se hará en el futuro.
  • Pago retroactivo de algún acuerdo o fallo (también incluye el pago del seguro de vida y de salud que aun se le deba a usted)
  • Indemnización por despido
  • Ingreso que venga de algún patrimonio o fideicomiso.
  • Pensión
  • Ingreso por la liberación de una deuda (tal como llegar a un acuerdo con la compañía de la tarjeta de crédito para pagar menos de los que debe).

Si trabaja y recibe un sueldo, por lo general su ingreso será imponible. Muchas veces, el empleador retiene los impuestos y se los envía al gobierno federal y estatal. A menudo, la cantidad retenida suele ser muy alta, y cuando presenta su declaración, el gobierno le hará un reembolso por parte de la cantidad retenida. Si durante el 2009 recibió un sueldo, antes del 31 de enero de 2010, su empleador le tiene que mandar el formulario W-2 indicando el sueldo y los impuestos que pagó.

¿Cuáles ingresos no son imponibles?

Los ingresos que no son imponibles incluyen:

  • El valor de una póliza de seguro médico o contra accidentes pagada por el empleador.
  • Las contribuciones hechas por el empleador a su plan para el cuidado médico a largo plazo.
  • La cantidad que se rebaja del sueldo para contribuciones al FSA o HSA.
  • $5.250 de la ayuda brindada por el empleador para la educación.
  • Las contribuciones que hace el empleador a un plan de jubilación.

Las ayudas del fondo de bienestar público, en inglés Welfare. Por lo general, no tiene que pagar impuestos por las prestaciones que recibe del bienestar público, tales como TANF, GA, subvenciones para el cuidado infantil y la vivienda. SSI es un ingreso no sujeto al pago de impuestos.

La compensación por desempleo. Si en el 2009 recibió pagos del seguro de desempleo, recibirá un formulario 1099-G que muestra la cantidad total que recibió. Para el 2009, los primeros $ 2.400 de la compensación por desempleo que recibió no son imponibles. Sin embargo, usted tiene la responsabilidad de reportar los ingresos y de pagar los impuestos sobre la cantidad recibida a menos que haya pedido que le retuvieran la cantidad necesaria de su cheque semanal por desempleo.

El Seguro Social o el Seguro Social por discapacidad. Si el único ingreso que recibió en el 2009 fueron los pagos del Seguro Social o Seguro Social por discapacidad, sus ingresos no están sujetos al pago de impuestos. Sin embargo, si tuvo otras fuentes de ingresos, por trabajo o inversiones, algunas de las prestaciones brindadas por el Seguridad Social pueden ser imponibles. Alrededor de una tercera parte de las personas que reciben prestaciones del Seguro Social tienen que pagar impuestos sobre dichos pagos. Al fin de cada año, recibirá una declaración indicando la suma de las prestaciones que recibió (Formulario SSA-1099). Puede utilizar este extracto de cuenta cuando llene la declaración federal de impuestos para ver si tiene que pagar impuestos por las prestaciones que recibió.

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El estado civil para los efectos de la declaración

Es importante seleccionar correctamente el estado civil para los efectos de la declaración, ya que éste influye en las exenciones, las deducciones estándares y otros créditos. Generalmente, su estado civil durante el último día del año determina su estado civil para el año entero. Por ejemplo, si se caso el 31 de diciembre de 2009, se considera que estuvo casado todo el año. Si se divorcio el 31 de diciembre de 2009, se considera que estuvo soltero todo el año.

Hay cinco estados civiles para los efectos de la declaración: soltero, casado con una declaración conjunta, casado con declaraciones separadas, jefe de familia y viudo(a) cumpliendo con los requisitos y con un menor como dependiente. A continuación encontrará pautas importantes acerca de estos estados civiles.

¿Cuáles son las condiciones para declarar como soltero?

  • Para declarar como soltero, tiene que estar soltero durante el último día del año o separado de su cónyuge por medio de una separación judicial de divorcio o una orden de manutención. Las leyes estatales dictaminan si están casados, legalmente separados o divorciados.

  • Si obtiene un fallo de anulación, que indica que nunca hubo un matrimonio valido, se le considerará como soltero. Usted tiene que enmendar o corregir las declaraciones de los últimos tres años (o los años que la ley de prescripción no excluya), y cambiar el estado civil de soltero a jefe de familia. Para hacer correcciones en las declaraciones utilice el formulario 1040X.

¿Cuáles son las condiciones para declarar como casado?

Para los propósitos fiscales, casado significa solamente una unión legal entre un esposo y esposa. Además, se debe cumplir con una de las siguientes condiciones:

  • Estar casados y viviendo juntos como marido y mujer;
  • Estar viviendo juntos en un matrimonio de hecho (un matrimonio sin la ceremonia legal llevada a cabo por un funcionario) y el concubinato tiene que ser reconocido en el estado donde vive ahora o en el estado donde el matrimonio de hecho empezó;
  • Estar casados y vivir aparte, pero no hay ninguna orden judicial que indique que están legalmente separados;
  • Estar casados y vivir aparte, pero no hay una orden judicial que le conceda a uno de los cónyuges algún mantenimiento (pensión conyugal); o
  • Estar separados sin que un tribunal haya expedido un decreto final de divorcio.

Si su cónyuge falleció durante el año, para efectos de la declaración, se le considera casado durante todo el año.

  1. Casado presentando una declaración conjunta. Si están casados, usted y su cónyuge pueden presentarse como casados con declaración conjunta. Esto quiere decir que presentarán una declaración juntos (una declaración conjunta). En ésta, ustedes reportan ambos ingresos y deducen los gastos en combinación. Lo pueden hacer aún si sólo tienen un ingreso.

    Los puntos positivos de presentar una declaración conjunta son:
    • Sus impuestos pueden ser menos que si usted optara declarar por separado,
    • Su deducción estándar puede ser mayor, y
    • Podría recibir ventajas y créditos fiscales que no se aplican a todos los otros estados civiles.

    Antes de decidir si hacen una declaración conjunta, tiene que tener en cuenta que Usted y su cónyuge tienen la responsabilidad conjunta e individual de pagar cualquier impuesto que deban. Esto significa que, aún si su cónyuge es el que gana el dinero, el IRS también puede pedirle a usted que pague los impuestos adeudados. Existe una forma de ser exonerado de esta responsabilidad. Esta se conoce como el alivio para el cónyuge inocente, pero para poder recibir dicho alivio, hay que cumplir con una serie de normas estrictas.

    Una vez que llene una declaración conjunta, no puede cambiar de opinión y modificarla a una separada. Pero si presenta una declaración por separado, por lo general, puede cambiarla a una conjunta dentro de los tres años después de la fecha límite.

    Por último, si presentó una declaración conjunta con su cónyuge, y recibirá un reembolso, pero piensa que el reembolso se utilizará para pagar las deudas del cónyuge (tal como la manutención para menores y otras deudas fiscales), usted puede llenar el Formulario 8379 para el cónyuge perjudicado. Entonces, el IRS dividirá el reembolso y le enviará la parte que le pertenece y se quedará con la parte de su cónyuge para pagar las deudas.

    •  
  2. Casados presentando declaraciones separadas Si está casado, usted y su cónyuge pueden presentarse como casados con declaración por separado. Este estado civil le ayudará si usted desea responsabilizarse por sus propios impuestos o si resulta en que recibirá una tasa de impuestos más baja. Si entre su cónyuge y usted no pueden decidir si presentan una declaración conjunta, utilice este estado civil a menos que sea jefe de familia. Si puede declarar como jefe de familia, no puede utilizar este estado civil (véase a continuación la definición de este término).

    Por lo normal, si está casado y decide presentar declaraciones separadas, los impuestos serán más altos que si declarará conjuntamente. Además, usted sólo puede declarar su propio ingreso, exenciones y créditos personales. Solo podría pedir exenciones de parte de su cónyuge si éste no tiene ingresos y no se le considera dependiente de otra persona.

    Por último, si desea utilizar este estado civil existen algunas restricciones.
    • En la mayoría de los casos, no podrá usar el crédito por tener hijos ni los gastos por el cuidado del dependiente.
    • No podrá recibir el crédito tributario por ingreso del trabajo.
    • No podrá usar el crédito tributario por educación.
    • Si vivió con su cónyuge a lo largo del año, no puede pedir el crédito por ser una persona de la tercera edad o por tener discapacidades. Deberá incluir como ingreso la suma de cualquier prestación que recibió del seguro social o el equivalente a las prestaciones de jubilación para empleados ferroviarios y no podrá transferir el dinero de un IRA tradicional a un Roth IRA.
    • Si su cónyuge presenta una lista detallada de las deducciones, no podrá reclamar la deducción estándar.
    • Las siguientes deducciones y créditos de reducen para los niveles de ingresos que sean la mitad de aquellos bajo la declaración conjunta: El crédito por tener hijos, el de las contribuciones a los ahorros para la jubilación, y las deducciones detalladas y las exenciones personales.

  3. Jefe de familia. Puede utilizar el estatus de jefe de familia si es soltero o lo consideran soltero en el último día del año, si pagó más de la mitad de los gastos del sustento de la familia durante un año y si una persona apta vivió con usted en su vivienda por más de medio año. Si la persona llenando los requisitos es un padre dependiente, este no tiene que vivir con usted.

    Por lo general, la tasa de impuestos para un jefe de familia será más baja que para los de un soltero o los casados con declaraciones separadas. Las deducciones estándar también serán más altas.

    A continuación encontrará una tabla de la publicación del IRS 501, que puede utilizar para determinar si tiene un menor que cumple con los requisitos y pueda declararse como jefe de familia:

  4. SI la persona es
    Y . .
    ENTONCES esta persona. . .
    un menor que cumple con los requisitos (tales como un hijo, hija o nieto que vivió con usted por más de medio año y pasa otras pruebas)
    es soltero(a)
    es un individuo que, cumple con los requisitos, aún si no puede pedir una exención el él o ella.
    está casado y usted puede pedir la exención por él o ella

    llena los requisitos.

    está casado y usted puede pedir la exención por él o ella

    no llena los requisitos.

    es su padre o madre y cumple con los requisitos
    podrá pedir la exención de su parte
    llena los requisitos.
    no podrá pedir la exención
    no llena los requisitos.

     

    un pariente que no sea su padre o madre (por ejemplo, abuelos, hermanos o hermanas que llenen los requisitos)

     

    vivió más de medio año y puede pedir la exención por él o ella

    llena los requisitos.

    no vivió con usted por más de medio año

    no llena los requisitos.

    no podrá pedir la exención

    no llena los requisitos.

    Si es divorciado, es posible que tenga un acuerdo separado con su ex cónyuge acerca de quién usará la exención por los menores.

     

  5. Viudo(a) apto con un menor dependiente. Es posible que cumpla con los requisitos para declararse viudo(a) con un menor dependiente bajo su estado civil por dos años después de la muerte de su cónyuge. Por ejemplo, si su cónyuge falleció durante el año 2005 y usted no se volvió a casar, puede utilizar este estado civil para el 2006 y 2007. Este estado civil le permite recibir la taza baja destinada a las declaraciones conjuntas y una suma más alta para las deducciones estándares, pero no podrá presentar una declaración conjunta. Para utilizar este estado civil, el menor o menores tienen que vivir con usted todo el año y haber pagado más de la mitad de los gastos para el mantenimiento del hogar (alquiler, electricidad, etc.).

  6. Si no puede utilizar ninguno de los cuatro estados civiles mencionados anteriormente, debe declararse soltero.

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Las exenciones

Las exenciones reducen el ingreso imponible. Para el año 2009, le rebajaran 3.650,00 por cada exención que indique. Por lo general se le permite una exención personal, una a su cónyuge y una por cada uno de sus dependientes. Si es extranjero no residente (con excepción a los residentes de Canadá o México) sólo puede utilizar la exención personal. No puede reclamar exenciones por tener dependientes. Si otra persona lo declara como dependiente, no podrá solicitar una exención personal aun si al final, dicha persona no lo reclama. Su cónyuge no entrará bajo la categoría de dependiente.

Un dependiente es "un menor con derecho (en inglés "qualifying child") o miembro de su familia que cumple con los requisitos". Encontrará una tabla de la publicación del IRS 501, que lo guiará.

Prueba para ver si el menor cumple con los requisitos Prueba para ver si el pariente cumple con los requisitos

  • El menor tiene que ser su hijo o hija, hijastro, hijo de crianza, hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro, hermanastra o un descendiente de cualquiera de éstos.

  • El menor debe tener: (a) menos de 19 años al terminar el año, (b) menos de 24 años al final del año y ser estudiante a tiempo completo o (c) cualquier edad si está permanente y totalmente discapacitado.

  • El menor debe haber vivido con usted durante más de la mitad del año.1

  • El menor no debe haber contribuido con más de la mitad de su propia manutención durante el año.

  • Si el menor reúne los requisitos por ser dependiente de más de un individuo, usted tiene que ser la persona con el derecho a reclamarlo como dependiente.

  • El individuo no puede ser el dependiente suyo ni de ninguna otra persona.

  • La persona tiene que ser (a) un miembro de su familia como se indica en la lista de la publicación 501 del IRS bajo “miembros de su familia que no tienen que vivir con usted”, o (b) debe haber vivido con usted como miembro de su unidad familiar durante todo el año (y su relación no debe quebrantar las leyes locales). 2

  • El ingreso bruto del individuo no debe sobrepasar los $3.500.3

  • Usted debe contribuir con más de la mitad de la manutención total del individuo durante el año.4

  1. Existe una excepción para ciertos hijos adoptivos.

  2. Hay excepciones para ausencias temporales, los hijos que nacieron o murieron durante el año, los hijos de padres divorciados o separados y

  3. Hay una excepción si el individuo es discapacitado y recibe ingreso de un centro protegido para el empleo de discapacitados.

  4. Hay una excepción para acuerdos múltiples de manutención, hijos de padres divorciados o separados e hijos secuestrados.

Para reclamar la exención por un dependiente, esa persona tiene que ser alguien que no reclame una exención en su propia declaración de impuestos. Una persona casada que presente una declaración conjunta no podrá ser reclamada como dependiente.

No podrá declarar a una persona como su dependiente a menos que dicha persona sea ciudadana o residente estadounidense, o residente de Canadá o México por parte del año.

Deberá indicar el número de seguro social de todo dependiente por el cual pide la exención. Si no tiene un número de seguro social, es posible que no se le permita reclamar la exención y le rebajen la suma del reembolso. Si el dependiente no tiene un número de seguro social, debe solicitar uno por medio del formulario SS-5 ante la Administración del Seguro social. Si no tiene el número para cuando haga sus impuestos, debe utilizar el formulario 4868 para pedirle al IRS que le extiendan automáticamente el periodo para presentar la declaración.

Si el dependiente no puede obtener un número de seguro social, dicha persona debe pedir el número de identificación para el contribuyente individual (ITIN) llenando el formulario W-7, ( presentamos más información adelante).

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Las deducciones

Una deducción le reduce la cantidad del ingreso imponible y así los impuestos que tenga que pagar serán menos. Las deducciones detalladas incluyen el interés anual que paga sobre la hipoteca, los impuestos sobre los bienes raíces, contribuciones caritativas y gastos de negocios no reembolsados.

Utilice la deducción estándar si ésta es mayor al total de sus gastos. La deducción estándar depende de su estado civil y si tiene más 65 años de edad o es ciego. La deducción estándar en el 2009 es de $11.400 para el contribuyente casado que presenta una declaración conjunta; $8.350 para el jefe de familia $5.700; si están casados y presentan declaraciones separadas o soltero. En el formulario de la declaración de impuestos encontrará la cantidad de la deducción que puede utilizar.

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Los créditos

Los créditos pueden aumentar el reembolso tributario y bajar la suma que le debe al IRS por impuestos. Cada crédito tiene sus respectivas reglas y funciona de manera diferente. A veces algunos créditos simplemente rebajan y hasta eliminan los impuestos que debe. Otros créditos pueden hacer que le devuelvan dinero a usted. Para poder pedir un crédito, tiene que presentar una declaración de impuestos

El crédito tributario por ingreso del trabajo (siglas en inglés EITC) Sólo puede obtener este crédito si es ciudadano de los Estados Unidos o inmigrante con residencia, tiene número de seguro social y un ingreso laboral. Con este crédito podrá recibir hasta $5.657, lo cual posiblemente elimina cualquier impuesto que le deba al IRS o aumente su reembolso. Si recibe el número de seguro social después de presentar la declaración y tiene derecho a recibir el crédito, puede presentar una declaración de impuestos enmendada y pedir los créditos por los últimos tres años. Esto es verdad aún si en previas declaraciones utilizó un número de identificación del contribuyente individual (ITIN) o un número de seguro social inválido.

Para solicitar este crédito tiene que haber recibido algún ingreso laboral. Esto incluye ingresos como asalariado, propinas y trabajo por cuenta propia. Lo siguiente NO se considera como ingreso laboral: prestaciones por desempleo, manutención de menores, prestaciones del seguro social, pensiones, pensiones conyugales, prestaciones del bienestar público, cupones para alimentos, prestaciones para la formación laboral e intereses.

Para llenar su declaración tendrá que escoger uno de los siguientes estados: soltero, casado con una declaración conjunta, jefe de familia o viudo(a). No podrá presentar una declaración conjunta. Para pedir este crédito, tiene que llenar el formulario 1040. No podrá utilizar el formulario 1040EZ ni el 1040A.

Si en el año tributario 2009 recibió ingresos por sus inversiones, tales como dividendos, intereses o alquiler, que sean mayores a los $3.100, no podrá reclamar el crédito tributario por ingreso laboral.

Según los requisitos del crédito tributario por ingreso del trabajo, un hijo calificado no es lo mismo que un hijo calificado para los propósitos del estado civil. Para reclamar el EITC con un hijo calificado, éste tiene que cumplir las pruebas de parentesco, edad, residencia, auto suficiencia y ciudadanía/residencia.

Para que el menor cumpla con los requisitos todos los siguientes puntos tienen cumplirse.

  • Para satisfacer los requisitos de parentesco, el menor tiene que ser su hijo, hija, hijo adoptado, hijastro, nieto o bisnieto También se puede incluir al hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, sobrina, sobrino o descendientes de estos familiares. Puede incluir a hijo de crianza autorizado (un menor puesto a su cuidado por una agencia de colocación facultada)

  • Para satisfacer el requisito de la edad, el menor tiene que tener menos de 18 años de edad o, si es estudiante a tiempo completo, menos de 24 años al final del año tributario. Para ser considerado como estudiante a tiempo completo, el menor debe estar matriculado en la escuela a tiempo completo durante un período de al menos cinco meses del año.

  • Para satisfacer el requisito de residencia, el menor tiene que vivir con usted en los Estados Unidos durante más de la mitad del año.

  • Para satisfacer la prueba de auto suficiencia, el menor no puede brindar más de la mitad de lo que necesita para mantenerse así mismo.

  • La prueba de ciudadanía/residencia, el menor deberá tener un número válido de seguro social

Acuérdese que si puede recibir el EITC federal, también cumple con el requisito para recibir el EITC de Nueva Jersey y tiene que llenar la declaración de impuestos estatal para pedir dicho crédito. Tiene que presentar ambas declaraciones, incluso si su ingreso es tan poco que no se le exija declarar o deba impuestos.

Para poder recibir el EITC estatal y también el federal, tiene que tener un ingreso laboral o trabajar por cuenta propia. En el año tributario de 2009, el nivel de ingreso es el siguiente:

  • un jefe de familia que gane menos de $43.279 ($48.279 si está casado y presenta una declaración conjunta) con tres o más hijos que cumplan con los requisitos.

  • un jefe de familia que gane menos de $40.295 ($42.295 si está casado y presenta una declaración conjunta), con dos hijos que cumplan con los requisitos;

  • un jefe de familia que gane menos de $35.463 ($40.463 si está casado y presenta una declaración conjunta), con un hijo que cumpla con los requisitos.

  • Soltero, que gane menos de $ 13.440 ($18.440 si está casado y presenta una declaración conjunta), sin hijos viviendo con usted.

Este año, el IRS ha aumentado la cantidad del crédito EITC para dar más a las familias que tienen tres o más hijos. Antes del 2009, el crédito tenía un tope para las familias que tenían dos o más hijos.

El crédito tributario por tener hijos menores está disponible si al final del 2008 tenía un hijo menor de 17 años de edad. Para solicitar el crédito, tiene que utilizar el formulario 1040, 1040A o el 1040NR. El crédito por tener hijos menores no afectará las prestaciones que recibe como los cupones de alimento, vivienda pública, bienestar social o seguridad de ingreso suplementario.

Para tener derecho al crédito, usted tiene que estar criando al menor como hijo suyo. El menor puede ser su hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo adoptivo, hermano, hermana, sobrina, sobrino, nieto o menor bajo su tutela (el tribunal o agencia de colocación autorizó que lo dieran). Usted puede conseguir una exención en su declaración por un menor y éste deberá ser ciudadano o residente y tener un número de seguro social. Si no tiene un número de seguro social para cuando declare sus impuestos, debe utilizar el formulario 4868 de la administración de los seguros sociales para pedir que extiendan automáticamente el periodo para la declaración hasta que reciba el número del menor.

Por cada menor recibirá una deducción de $1.000 en los impuestos al ingreso que debe al gobierno. Por lo general, no recibirá el crédito como un reembolso, solamente se le descontará de sus impuestos. Sin embargo, dependiendo de su ingreso, es posible que pueda recibir el crédito tributario adicional por tener hijos menores. Si tiene derecho a este crédito, recibirá un reembolso si el crédito tributario por tener hijos menores reduce los impuestos que debe y llega a generar un reembolso. Tiene que usar el formulario 8812 del IRS para pedir el crédito tributario adicional por tener hijos menores. Vea a continuación los cambios que se le hicieron a este crédito debido a la ley federal del 2009, ARRA, American Relief and Reinvestment Act.

El crédito tributario por los gastos en el cuidado del menor o dependiente toma un porcentaje del dinero que se gasta para el cuidado del menor o adulto ya que debe ir a trabajar, y lo acredita a los impuestos para que usted tenga que pagar menos. Debe tener por lo menos un dependiente de menos de 13 años de edad, o un cónyuge dependiente o un hijo con una discapacidad física o mental. La cantidad del crédito dependerá del ingreso y la cantidad de dinero que gasta para ciertos cuidados durante el año. El menor o adulto por el que pide el crédito tiene que ser ciudadano o residente de los Estados Unidos y tener un número de seguro social. Usted también necesita un número de seguro social para reclamar dicho crédito. Si presenta la declaración por medio de un número ITIN, usted no lo puede reclamar. Para esto, no podrá utilizar el Formulario 1040EZ.

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Los cambios fiscales para el 2009

En el año 2008 se establecieron nuevas reglas a la concesión al padre sin la custodia de la exención por el menor dependiente, los cuales todavía están en pie. La concesión del derecho a reclamar al menor como dependiente para recibir las exenciones y el crédito tributario por éste, de parte del padre custodio al no custodio, se dispensa por medio del Formulario 8332 o por medio de una declaración escrita, indicando que es incondicional. No debe haber ninguna condición, tal como que el padre no custodio está al corriente con los pagos de la manutención, para aprovecharse de esta oportunidad. Una orden judicial no es suficiente a menos que se formule conforme al Formulario 8332 y sea incondicional. El Formulario 8332 o la afirmación escrita debe presentarse junto con la declaración de impuestos del padre no custodio cada año que se reclame al menor.

El 29 de diciembre de 2007 el congreso pasó la ley de alivio para el perdón de la deuda hipotecaria. Ésta permite que usted excluya cualquier ingreso derivado ya sea a consecuencia de una modificación de los términos de la hipoteca o a consecuencia de la ejecución hipotecaria de su residencia principal. Por lo general, cuando un prestamista perdona o anula una deuda, la cantidad perdonada es considerada como un ingreso y está sujeta al pago de impuestos. Bajo esta ley, si a partir del 2007 y hasta el 2013, su hipoteca resulta modificada o anulada debido a una ejecución, usted tiene que usar el Formulario 982 para informar sobre la cantidad anulada, a pesar de que éste no es un ingreso sujeto a impuestos y usted no tiene que pagar impuestos por el mismo. Alrededor del 31 de enero de 2010, su acreedor le enviará el formulario 1099-C, la cancelación de la deuda y la cantidad que aparece en la casilla 2 del mismo Formulario debe ser inscrita en el Formulario 982 y enviado junto con su declaración de impuestos. Las normas que rigen este crédito son complicadas, porque se tiene que determinar el valor de la propiedad y si su deuda se considerara como un recurso, así que probablemente lo mejor es que busque ayuda para llenar dicho formulario.

Según la ley federal de 2009 para la recuperación y la reinversión, (ARRA), el crédito al comprador de vivienda por primera vez aumentará a $8.000 por las compras que se hicieron en el 2009, antes del 1ro de diciembre. Sin embargo, la nueva ley de Asistencia a Trabajadores, Dueños de Vivienda, y Negocios prolongó la fecha límite. Ahora, los contribuyentes que tenga un contrato vinculante para la compra de una vivienda antes del 1 de mayo de 2010, cumplen los requisitos para dicho crédito. El cierre se deberá llevar a cabo antes del 1 de julio de 2010.

Para las viviendas que se compraron en el 2009, el crédito no se tendrá que devolver a menos que la vivienda deje de ser la residencia principal del contribuyente antes que se cumpla un periodo de tres años, a partir de la compra.

La persona que compró su primera vivienda en el 2009 puede reclamar el crédito ya sea en la declaración del 2008, presentada el 15 de abril de 2009, o en la declaración del 2009, el 15 de abril de 2010. El crédito no se puede reclamar antes de la fecha de cierre. Pero, si el cierre fue después del 15 de abril 2009, el contribuyente todavía puede reclamarlo en la declaración del 2008, solicitando una prórroga del plazo para presentar o mediante la presentación de una declaración enmendada.

Para las personas que han comprado una vivienda en el 2008, 2009 o 2010 el crédito:

  • Sólo se aplica a la vivienda que el contribuyente utiliza como su residencia principal;
  • Reduce el monto de los impuestos del contribuyente o aumenta su reembolso, dólar por dólar, y
  • Es completamente reembolsable, lo que significa que se paga a todo contribuyente idóneo, incluso si no debe impuestos o su crédito es mayor al impuesto adeudado.

Se puede solicitar con el formulario 5405, junto con su declaración original o modificada.

La iniciativa para la compra de un vehículo nuevo y el programa dinero por su chatarra. Según la Ley federal del 2009 para la recuperación ARRA, los contribuyentes que compren un vehículo nuevo este año tienen derecho a descontar los impuestos estatales, locales pagados en la compra. La deducción se limita a los costos o los impuestos pagados en la compra de un vehículo nuevo, un camión ligero, una casa móvil o motocicleta con un valor máximo de $49.500. La deducción especial está disponible aun si el contribuyente presenta una lista detallada de las deducciones en su declaración. El contribuyente que no presenta una lista detallada, añade esta suma adicional a la deducción estándar en su declaración del 2009. Con el fin de reclamar la deducción, tiene que ser el primer propietario, lo que significa que tiene que ser un vehículo nuevo y no usado. La compra del vehículo tiene que haber sucedido después del 17 de febrero de 2009. Según el programa dinero por su chatarra, si cuando cambió un carro más viejo para comprar uno más eficiente en el consumo de energía, usted recibió entre $3.500 y $4.500, no tendrá que pagar impuestos por la cantidad que recibió.

Subsidio de prima para la continuación del seguro médico COBRA . Según la Ley federal del 2009 ARRA, si recibió un subsidio por el 65% del pago para continuar el seguro medico COBRA, no tendrá que pagar impuestos por la cantidad que recibió como subsidio.

Según la Ley federal del 2009 ARRA, la cantidad de ingresos mínima obtenida que se utiliza para calcular el impuesto por cada menor se redujo a $3.000. El reducir la cantidad a $ 3.000 permite que más personas reclamen el crédito adicional por tener hijos menores y aumenta la cantidad que los contribuyentes de bajos ingresos pueden recibir. El cambio se aplica al 2009 y al 2010.

Crédito HOPE. En los años 2009 y 2010, el crédito tributario para la oportunidad estadounidense hace cambios temporales al crédito educativo conocido como el Crédito Hope. Para estos dos años, se añadieron a lista de gastos permitidos, los materiales escolares necesarios, y el crédito se puede solicitar durante los cuatro años de educación post-secundaria en lugar de solo dos años. Una parte del crédito puede ser reembolsable. De igual manera, para los años 2009 y 2010, la definición de "gastos de educación superior permitidos para la exención de impuestos en un programa de enseñanza autorizado" se amplió para incluir la compra de equipos de computación o de acceso al Internet y servicios relacionados. En el pasado, usted podría recibir el Crédito Hope sólo si su ingreso era menos de $ 58.000 para solteros, o $ 118.000 para los casados declarando conjuntamente. El límite es de $ 90.000 para los solteros y $180.000 para declarantes conjuntos. La cantidad máxima del crédito educativo Hope es de $ 2.500.

Según la Ley federal del 2009 ARRA, el crédito por el gasto de energía residencial ha sido ampliado y modificado. La ley aumenta la tasa de crédito al 30 por ciento del costo de todas las mejoras permitidas y eleva el límite del crédito a un máximo de $ 1.500 para mejoras llevadas a cabo en el 2009 y el 2010.

Durante el 2009, a las personas que recibían determinadas prestaciones administradas por la Administración del Seguro Social y el Departamento de Asuntos para el Veterano se les hizo un solo pago destinado a la recuperación económica. Este pago no está incluido en la base imponible para el 2009.

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Información tributaria adicional

El número de identificación del contribuyente individual o ITIN, debe utilizarse para presentar la declaración si no puede obtener legalmente un número de Seguro Social. Los ITIN se utilizan sólo para reportar ingresos. No son números de identificación general o permisos para trabajar en los Estados Unidos ni tampoco para recibir prestaciones del seguro social. No obstante, si en el futuro cumple con los requisitos para recibir un número de seguro social, el ingreso que declare bajo el ITIN se podrá utilizar para establecer y aumentar las prestaciones brindadas por el seguro social.

El IRS mantiene toda declaración como información confidencial. Esto significa que si usted utiliza un ITIN para presentar la declaración porque trabaja en los Estados Unidos pero no tiene un número de seguro social, esta información no se compartirá con ninguna agencia estatal o federal, incluyendo el departamento de migración.

Para obtener el ITIN, debe llenar el formulario W-7, “Solicitud al IRS” para recibir un número de identificación para el contribuyente individual. Este formulario se encuentra en la página Web del IRS o por teléfono al 1-800-TAX-FORM. Deberá presentar algunos de los documentos de identificación mencionados en el formulario de solicitud.

La privacidad con respecto a la información fiscal es una gran prioridad del IRS. Cuando usted presenta su declaración de impuestos, el IRS no comparte su información - su estatus migratorio o sus datos financieros - con ninguna otra agencia federal, incluyendo el Departamento Federal para la Seguridad Nacional ni los Servicios Federales de Inmigración y Ciudadanía. El IRS ha declarado públicamente que está comprometido en guardar confidencial toda la información del contribuyente. Existen algunas situaciones donde el IRS tiene la obligación de compartir la información del contribuyente, pero estas situaciones son raras.

Recursos disponibles para los contribuyentes de bajos ingresos

Los notarios. En muchos países latinoamericanos, los notarios son abogados. Sin embargo, en los Estados Unidos, un notario público no es necesariamente un abogado ni es un contador, ni un preparador de impuestos autorizado y calificado, así que no puede dar un consejo legal ni preparar declaraciones de impuestos. En los Estados Unidos, un notario público sólo puede tomar juramentos y atestiguar firmas.

Desafortunadamente, estos estafadores, usando el titulo de notario, se hacen pasar por un abogado o por un especialista en impuestos para victimizar a los inmigrantes que tienen dificultad con el inglés y que no entienden muy bien el sistema jurídico de los Estados Unidos. Así que, tenga cuidado con los "notarios" que dan asistencia jurídica o ayudan a preparar declaraciones de impuestos bajo los auspicios de alguna ley estatal u ordenanza local debido a que estos pueden estar involucrados en el ejercicio de la abogacía sin autorización o en la preparación no autorizada de declaraciones de impuestos.

“E-filing "es la forma más rápida y precisa de presentar su declaración de impuestos. Para presentar su declaración vía electrónica, necesita tener acceso a un ordenador personal y al Internet. Para aprovechar la presentación vía electrónica, usted puede comprar un programa comercial disponible en cualquier tienda, descargarlo en un sitio de Internet, y preparar su declaración sin conectarse al internet o preparar y presentar su declaración a través del internet. El IRS no ofrece gratis ni el programa e-file ni la presentación directa, pero algunas compañías si lo hacen, mientras que otras cobran una cuota mínima. La presentación electrónica representa un reembolso más rápido. Si tiene documentos que tiene que presentar al IRS, tendrá que enviarlos por correo junto con el Formulario 8453 tres (3) días hábiles después de recibir la confirmación electrónica enviada por el IRS. El IRS no cobra por una presentación hecha vía electrónica, pero a menudo un preparador de impuestos si cobra. Para encontrar una lista de los preparadores autorizados por el IRS, visite el sitio Web del IRS y escriba el nombre del proveedor y su código postal.


El programa de asistencia jurídica al contribuyente (TLAP)

El programa de los Servicios Legales de Nueva Jersey para la asistencia jurídica al contribuyente (TLAP) le puede ayudar en caso que reciba una carta o notificación del IRS que cuestione algún punto de la declaración de impuestos. El TLAP también puede ayudarle con la cobranza hecha por el IRS. El programa TLAP brinda representación a personas de bajos ingresos que tengan disputas con el IRS. TLAP no asiste en la preparación de la declaración de impuestos. Si tiene algún problema con los impuestos y quiere saber si cumple con los requisitos para recibir representación legal, llame a LSNJ-LAW™, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, al 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). Dígale a la persona que conteste el teléfono que usted tiene un problema fiscal. A todos los posibles clientes se les hace una entrevista para determinar la aceptación y no garantizamos una representación para todos los solicitantes.

El programa fiscal de LSNJ no forma parte del Servicio Internos de Impuestos, IRS, ni del Tribunal Fiscal de los Estados Unidos.

POR ULTIMO!

Antes de firmar y presentar su declaración, debe leerla y entender que dice! Usted es la única persona responsable de todo lo que tiene que ver con su declaración de impuestos, aun si otra persona fue quien la preparó. Una vez que la firme y presente, usted afirma que revisó cada línea y que está de acuerdo con todo lo que dice en ella. ¡Tenga cuidado! Si hay alguna información escrita que usted no entiende, pregúntele al especialista hasta que entienda las razones por las cuales se puso dicha información. Si no puede prepararla usted mismo, visite alguno de los lugares que se mencionan anteriormente. Las leyes tributarias de los Estados Unidos son complejas y los formularios son confusos, por lo cual existen muchos programas gratuitos para ayudarlo.

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Parte superior de la página Condiciones de uso | Normas de confidencialidad

Las personas con bajos ingresos que vivan en Nueva Jersey pueden conseguir ayuda jurídica por teléfono, libre de costos: llame a nuestra línea de asistencia jurídica al 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529), de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. Si llama desde fuera de Nueva Jersey, marque el 732-572-9100 y pida que le pasen la llamada a la línea directa.