Usted es el padre que paga la manutención y el número de la causa empieza con la “FD”. Para modificar una orden de manutención en un caso con FD, siga las siguientes instrucciones. Puede imprimir una copia de las instrucciones para llevárselas.
- Vaya a la oficina tramitación inicial en la división de familias del condado en que recibió la orden original. Pulse el enlace que dice la Manutención en Nueva Jersey para obtener una lista de los tribunales dónde puede ir a presentar una solicitud de manutención.
- Pida los formularios que se usan para modificar una orden de manutención que empieza con FD en la oficina de la tramitación inicial en la división de familias. Un empleado le dará los formularios correctos.
NOTA – si está encarcelado y no puede salir para ir al tribunal, se le otorga usar los documentos disponibles en la página Web del Poder Judicial de New Jersey, New Jersey Judiciary, en inglés, para presentar después de una decisión jurídica. Sin embargo, todos los demás deben llenar los formularios más cortos que se encuentran en el tribunal.
- Necesita incluir en los documentos algunas razones por las cuales cree que se debe modificar la orden. Algunos de los ejemplos de las razones para que se modifique son:
- Está ganando menos dinero que el que ganaba la última vez en que se le ordenó pagar la manutención.
- Le despidieron o le “suspendieron” del trabajo desde la fecha de la última orden.
- Ha dejado el trabajo desde la fecha de la última orden.
- Está recibiendo beneficios por desempleo.
- No puede trabajar porque está enfermo o discapacitado.
- Está recibiendo el Seguro Social por discapacidad (SSD).
- Está recibiendo el Seguro de Ingreso Suplementario (SSI).
- Está encarcelado.
- El otro padre del menor está ganando más dinero ahora que la última vez en que se ordenó pagar la manutención.
- Desde la última vez que se le ordenó pagar la manutención, tuvo otro hijo y lo tiene que mantener.
- Sus hijos están emancipados. (De acuerdo a la ley, cuando un joven cumple 18 años se le considera emancipado. Sin embargo, esto no quiere decir que sus responsabilidades de manutención terminan cuando el joven cumple los 18 años. A muchos jóvenes con18 años de edad no se les considera emancipados porque todavía no pueden mantenerse o porque asisten a la universidad o a la escuela secundaria. A veces, el hecho que un menos de 18 años de edad se convierta en padre o madre se puede usar para sustentar la determinación de darle la emancipación a dicho joven. Pero el hecho de convertirse en padre o madre no es suficiente para emanciparle. También se tiene que considerar otros hechos. Por lo contrario, y en raros casos, se puede considerar emancipado a un menor con menos de 18 años si éste ya no depende económicamente de sus padres.
- Debe adjuntar cualquier documento que apoye sus razones de solicitar, cómo cuentas médicas, de seguro, de la matriculación, talón de cheques, cheques del desempleo, etc..
El proceso de presentar los documentos y comparecer al tribunal
- Haga dos copias de los documentos y preséntalos con el secretario de la oficina de la división de familias, tramitación inicial. Asegúrese que le regresen una copia. El secretario después le notificara al otro padre al enviarle una copia de sus documentos.
- Después de unas semanas se le notificara de la fecha y la hora en que debe comparecer al tribunal.
- Puede ser que compadezca frente a un Oficial de Audiencias el día de la audiencia.
- Se le dará una oportunidad a cada padre para que cuente su punto de vista al oficial de audiencias. Debe entregarle al oficial cualquier documento que prueba el cambio en circunstancias que declara. En ese entonces, el oficial hará una recomendación y la pondrá en las actas.
- El oficial después le entrega lo que aconseja en la orden a un juez para que lo revise y si está correcta, la firma.
- Debe conseguir una copia de la orden firmada antes de irse del tribunal. El oficial de la audiencia se asegurará que un empleado del tribunal mande una copia de la nueva orden al departamento de libertad a prueba para que estén enterados de algunas modificaciones en la cantidad de manutención que deben cobrar.
- Si usted no está de acuerdo con la decisión del oficial de la audiencia o si tiene problemas sobre cómo se llevó a cabo la audiencia (por ejemplo, si el agente no tomó en cuenta los documentos que trajo ni exigió que el otro padre mostrara prueba de su ingreso) debe pedir se haga una audiencia ante un juez. Esta audiencia se debe realizar lo más pronto posible después de la audiencia ante dicho agente. En algunas ocasiones el juez verá su caso el mismo día.
- El juez verá su caso y el del otro padre y después pondrá su decisión en una nueva orden para que conste en las actas.
- Debe conseguir una copia de la orden firmada después que el juez la firme.
El juez se asegurará que un empleado del tribunal mande una copia de la nueva orden al departamento de libertad a prueba para que estén enterados de algunas modificaciones en la cantidad de la manutención que deben coleccionar.
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