curved lines
LSNJLAW: Las leyes en New Jersey y usted
LSNJ
  LEA ÉSTODíganos lo que piensaObtenga más ayudaAcerca de LSNJEnglishMapa del sitioBuscar
 
familia

Familia y relaciones

Inicio Enviar Correo Electrónico      Ayuda      LéeMe: lee ésta página en voz alta
Página principal > Familia y relaciones > Negligencia y maltrato infantil

C. De qué le puede servir esta guía

 
El proceso jurídico para el bienestar del
menor—un vistazo

De qué le puede servir esta guía

Las preguntas y respuestas a continuación destacan alguna de la información más importante sobre su caso por maltrato o negligencia y le guiarán a través del contenido de este manual.

Sección 1: Información básica sobre loscasos por maltrato y negligencia

¿Qué es un caso por maltrato y negligencia?
La División de Servicios para el Menor y la Familia (DYFS), ha entablado un caso en su contra ante el tribunal porque cree que usted ha maltratado o descuidado a su hijo. Por lo general, DYFS quiere poner o dejar a su hijo en un hogar de crianza u otro lugar hasta que crea que el menor puede regresar a su casa sin ningún riesgo. DYFS tiene que demostrarle al tribunal que usted ha maltratado o ha descuidado a su hijo.

¿Cómo decidirá el tribunal si he maltratado o descuidado a mi hijo?
El tribunal dictaminará que ha maltratado o descuidado a su hijo si usted le ha maltratado severamente o creado un riesgo de daño grave a su hijo. Véase La definición de maltrato y negligencia.

¿Cómo comenzará el caso?
DYFS comenzará el caso contra usted presentando documentos ante el tribunal donde explica por qué cree que su hijo ha sido maltratado o descuidado . Estos documentos son una orden para demostrar el derecho de iniciar una acción y una demanda. Véase La forma como DYFS comienza el proceso por maltrato o negligencia.

¿Cómo puedo conseguir un abogado?
Usted tiene derecho a un abogado y debe obtener uno tan pronto como le sea posible. Si sus ingresos son bajos, puede que llene los requisitos para que le asignen un abogado que lo represente. Véase Cómo conseguir un abogado.

¿Quién más participará en el caso?
Su hijo también tendrá un abogado llamado tutor legal.

Un fiscal general suplente, (DAG) representará a DYFS.

Un representante especial asignado por el tribunal, (CASA) puede ser designado para abogar por las necesidades de su hijo.

Véase El representante especial para su hijo designado por el tribunal, Court Appointed Special Advocate (CASA).

Sección 2: La cooperación con DYFS para recuperar a su hijo

¿Participará alguien de DYFS en mi caso?
Un asistente social de DYFS será asignado a su caso. Véase Su asistente social en DYFS.

¿Obtendré ayuda de DYFS?
En la mayoría de los casos, DYFS debe proporcionar servicios que le ayudarán para que su hijo sea devuelto al hogar. Algunos de los servicios que DYFS puede proporcionarle o recomendarle son la terapia, guardería, ayudantes domésticos, orientación para la crianza de menores, tratamiento contra el consumo de sustancias y refugio o alojamiento en caso de una urgencia. Véase La responsabilidad de DYFS de dar ayuda a las familias.

¿Cómo haré para ver a mi hijo cuando esté en un hogar de crianza?
En la mayoría de los casos, DYFS debe hacer un plan de visitas entre usted y su hijo mientras el menor esté en un hogar de crianza. Es muy importante que visite a su hijo. Véase Las visitas a su hijo.

¿Puede mi hijo vivir con parientes o amigos?
Si le van a quitar a su hijo, déjele saber de inmediato a DYFS si usted tiene parientes o amigos que podrían ocuparse de su hijo. Véase Cómo buscar a algún pariente o amigo para que cuide de su hijo.

Sección 3: El proceso jurídico

¿Qué sucederá en el tribunal después de que DYFS entable un caso en mi contra?
Habrá una serie de audiencias ante el tribunal:

La audiencia preliminar. Esta es la primera audiencia y el juez decidirá si DYFS ha presentado razones suficientes para continuar con el caso y si su hijo debería ser llevado a vivir fuera del hogar mientras el caso se lleva a cabo. Véase Su audiencia preliminar.

La audiencia para determinar los hechos. En esta audiencia, DYFS intentará demostrarle al juez que usted ha maltratado o descuidado a su hijo. Usted tiene el derecho de presentar su opinión con respecto a la situación y defenderse contra lo que DYFS dice.Véase La audiencia para determinar los hechos.

La audiencia para presentar el fallo. Si el juez dictamina que usted maltrató o descuidó a su hijo, dicho juez debe llevar a cabo una audiencia para presentar la decisión y decidir qué sucederá después. El juez decidirá si su hijo puede regresar a casa o no, si usted tiene que seguir recibiendo servicios y otros asuntos. Véase La audiencia para presentar el fallo.

La audiencia para la revisión. Después de la audiencia para presentar la decisión, normalmente, el juez programará una o más audiencias de revisión para verificar cómo están usted y su hijo. Véase La audiencia para la revisión.

La audiencia de permanencia. Antes de que se cumplan 12 meses de la fecha en que su hijo fue llevado a vivir en un hogar de crianza o en otra ubicación, el juez sostendrá una audiencia para determinar dónde permanecerá. En dicha audiencia, DYFS presentará un plan de estadía permanente para su hijo y el juez decidirá si lo aprueba o no. Véase Audiencia para determinar la permanencia.

La mediación. Algunos condados tienen mediadores que pueden reunirse con todas las personas implicadas para intentar resolver algunos o todos los asuntos del caso. Véase La mediación.

Sección 4: Otros asuntos legales

¿Qué es la Junta para la Revisión de la Colocación del Menor, (CPRB)?
La Junta para la Revisión de la Colocación del Menor (CPRB) es un grupo de voluntarios que revisa los casos de los menores puestos en hogares de crianza y hacen recomendaciones al juez. El CPRB en su condado debe revisar su caso antes de que se cumplan 45 días de la fecha en que sacaron a su hijo de su hogar. Véase ¿Qué es la Junta para la Revisión de la Colocación del Menor (CPRB)?.

¿Qué pasa si DYFS me notifica que ha verificado el maltrato o la negligencia?
Además de presentar este caso en su contra ante el tribunal, DYFS puede tomar su propia determinación de que usted maltrató o descuidó a su hijo. Si DYFS le envía un aviso diciéndole que ha verificado el maltrato o la negligencia, usted puede apelar tal decisión. Véase La verificación administrativa de DYFS de que hubo maltrato o negligencia.

¿Puede DYFS cobrarme por la manutención infantil?
Si su hijo está en un hogar de crianza, la agencia de bienestar social de su condado puede entablar un caso en su contra con el fin de obtener una orden jurídica para el pago de la manutención infantil y cobrarle a usted por el mantenimiento de su hijo. Véase La manutención para los hijos menores.

¿Qué pasa si recibo prestaciones sociales?
Si recibía prestaciones sociale santes de que le quitaran a su hijo, usted perderá tales prestaciones. O, si todavía tiene un menor en casa, sus prestaciones serán reducidas. Véase El programa de asistencia pública, welfare.

Sección 5: Sugerencias que le ayudarán a recuperar a su hijo

  • Consiga de inmediato un abogado y coordine con él.
  • Intente obtener de inmediato, la asistencia que crea le ayudará.
  • Asista a toda audiencia y cita con respecto a su caso para que DYFS y el tribunal sepan que en verdad desea que le devuelvan a su hijo.
  • Visite a su hijo lo más que pueda.
  • Haga todo lo que pueda para demostrar que puede proporcionar un hogar seguro y estable para su hijo.
  • Incluya a todos los miembros de su familia y amigos para que le ayuden a hacer todo lo que necesita para que le devuelvan a su hijo.
  • Asegúrese de que las necesidades de su hijo son atendidas y abogue por su hijo si piensa que éste necesita atención o ayuda.

Véase Sugerencias que le ayudarán a recuperara su hijo.

 

Parte superior de la página Condiciones de uso | Normas de confidencialidad

Las personas con bajos ingresos que vivan en New Jersey pueden conseguir ayuda legal por teléfono, libre de costos: llame a nuestra línea de asistencia legal al 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529), de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. Si llama desde fuera de Nueva Jersey, marque el 732-572-9100 y pida que le pasen la llamada a la línea directa.