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Página principal > Familia y relaciones > División de Servicios para el Menor y la Familia (DYFS) > Negligencia y maltrato infantil

F. Sección 3: El proceso judicial

 

Contenido:

Sección 3: El proceso judicial

Las audiencias y órdenes del tribunal
Las audiencias concernientes a su caso por maltrato o negligencia se llevarán a cabo en el tribunal y un juez tomará decisiones y emitirá órdenes judiciales sobre lo que se debe hacer. Por ejemplo, el juez puede ordenarle que se someta a una evaluación psicológica u ordenarle a DYFS que le proporcione asistencia psicológica a usted. Tanto usted como DYFS deben obedecer las órdenes judiciales. Si usted no comparece ante el tribunal cuando es citado o si no cumple con una orden del juez, usted podría ser declarado en desacato al tribunal. Entonces podría encarar un castigo, que incluye la posibilidad de ser encarcelado. Igualmente, si usted no comparece ante el tribunal, el juez puede dictar en su contra un fallo por falta de comparecencia. Esto significa que no se le permitirá presentarle al juez su versión del caso. Si se dicta un fallo en su contra por falta de comparecencia, pregúntele a su abogado qué se puede hacer. Generalmente, si usted tiene una buena razón por no haber comparecido, el juez estará de acuerdo en anular el fallo. (Véase El proceso judicial para el bienestar del menor—un vistazo)

Durante las audiencias, usted tendrá la oportunidad de contar su versión de los hechos, defenderse, hacer valer sus derechos y pedirle al juez que ordene las cosas que usted quiere. Necesitará un abogado cuanto antes para que le ayude a hacer todas estas cosas. DYFS puede recomendarle al juez que le quiten a su hijo. Si esto ocurre, DYFS puede hacer recomendaciones sobre dónde debería vivir su hijo, cuándo debe visitarlo y qué tiene que hacer usted para que se lo devuelvan. El tutor legal de su hijo puede estar de acuerdo con DYFS o hacer diferentes recomendaciones. Usted tiene el derecho de oponerse a tales recomendaciones y decirle al juez lo que usted cree se deba hacer.

Si no habla inglés, solicite, por adelantado, un intérprete del tribunal para que esté presente en cada audiencia.

Los padres de crianza de su hijo y otras personas encargadas de su cuidado tienen el derecho de asistir a las audiencias. Sin embargo, estas personas no están involucradas en el caso por maltrato o descuido y su participación en las audiencias está limitada a darle al tribunal información relacionada con el caso.

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Su audiencia preliminar
Usted tiene derecho a una audiencia inicial breve, llamada audiencia preliminar. Esta se lleva a cabo cuando DYFS entabla un caso en su contra o poco después de que el caso ha sido entablado. En tal audiencia, el juez decidirá si DYFS en verdad ha presentado motivos suficientes para continuar el caso. Si DYFS le quitó a su hijo o está tratando de quitárselo, el juez debe decidir si su hijo debería vivir fuera de su casa mientras se lleva a cabo el caso.

Cuando DYFS entabló este caso, usted debió recibir una orden para demostrar el derecho de iniciar acción donde se le cita ante el tribunal en una fecha específica. (Véase La forma como DYFS comienza el proceso por maltrato o negligencia). Muchos padres de familia tienen la audiencia preliminar en esa fecha. Si DYFS se llevó a su hijo debido a una urgencia, sin acudir primero a los tribunales, DYFS debe presentar una demanda antes que se cumplan 72 horas hábiles después de llevarse al menor. Si en aquel momento usted acude al tribunal, puede tener una audiencia preliminar el mismo día. Si no estuvo presente cuando el juez le firmó la orden a DYFS para demostrar el derecho de iniciar la acción para quitarle a su hijo, usted puede solicitar una audiencia que se llevará a cabo no más de tres días después de hacer su petición. Si durante la audiencia preliminar no tiene un abogado, usted puede pedirle al juez que posponga la audiencia para conseguir uno.

Durante la audiencia, el abogado que representa a DYFS intentará convencer al juez de que se debe separar a su hijo de usted. Su abogado puede pedirle al juez que deje que el menor permanezca con usted o que se lo devuelvan inmediatamente, si es lo que usted quiere. El tutor legal de su hijo también podrá participar en la audiencia.

A veces, es posible que usted pueda convencer al juez para que le permita que su hijo se quede con usted mientras el caso pasa por el proceso jurídico. Usted puede hablar con su abogado y el empleado de DYFS encargado de su caso para ver si es posible pedir supervisión o servicios que le permitirían mantener a su hijo en casa. Quizás un pariente pueda vivir con usted para supervisar el contacto entre el menor y usted. Igualmente, DYFS podría consentir en que su hijo se quede con usted si usted tiene un ayudante que ofrece servicios en el hogar o asistencia psicológica intensiva en su residencia. Si DYFS o el tutor legal le sugieren otras disposiciones que ellos piensan darían más seguridad al menor si éste está a su cuidado, usted debe tratar de estar de acuerdo con dicho plan, de ser posible.

Si usted necesita tratamiento debido al consumo de sustancias, hay algunos programas residenciales para el tratamiento donde el padre o madre y el hijo pueden quedarse juntos. Pregunte si hay uno disponible, o pídale a DYFS que le deje ingresar en un programa de tratamiento contra el consumo de sustancias para pacientes externos que le permita continuar cuidando de su hijo. Si se han llevado a su hijo porque alguien más en su casa lo ha maltratado, pregunte si su hijo puede quedarse con usted si ambos, usted y su hijo, ya no tienen ningún contacto con esa persona. Si se han llevado a su hijo porque alguien más en su casa lo ha maltratado, pregunte si su hijo puede quedarse con usted si ambos, usted y su hijo, ya no tienen ningún contacto con esa persona.

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El intercambio de pruebas, en inglés discovery
Después de su primera comparecencia ante el tribunal, habrá un período para el intercambio de pruebas. Tal período le permite a todas las partes reunir información sobre el caso e intercambiar información entre sí. El asistente social de DYFS encargado de su caso seguirá investigando y evaluando su casa, los hechos del caso y a usted. También, el asistente social y el tutor legal o el investigador visitarán a su hijo para ver cómo está.

Su abogado tiene derecho a revisar la información que DYFS tiene de usted y su familia.

Si usted llena los requisitos para recibir ayuda del grupo para la representación de padres de familia de la oficina del defensor público (OPD PRU), su abogado puede solicitar dinero para pagar por cualquier evaluación psicológica o de otra naturaleza que usted necesite. Aun cuando su abogado no tenga permiso para ponerse en contacto con su hijo, éste puede solicitar que su hijo sea evaluado.

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La mediación
Algunos condados tienen programas para la mediación, que les dan a los padres de familia, asistentes sociales de DYFS, abogados y toda persona interesada una oportunidad de reunirse e intentar llegar a soluciones en casos por negligencia o maltrato. Un mediador neutral, que es un empleado del tribunal especialmente capacitado, coordina las sesiones. A veces la mediación puede contribuir a que las partes lleguen a un acuerdo en algunas o todas las cuestiones del caso.

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La audiencia para determinar los hechos
Después que el intercambio de pruebas haya concluido, el juez tendrá que decidir si usted en verdad maltrató o descuidó a su hijo. Usted tiene derecho a una audiencia donde se determinen los hechos. En ésta, DYFS intentará demostrar que las alegaciones en su contra son verdaderas. Usted o su abogado tiene el derecho de presentar su opinión con respecto a la situación y defenderse contra lo que DYFS dice.

El abogado de DYFS presentará documentos y testigos para demostrar que las cosas que dice sobre usted en la demanda son verdaderas. Su abogado y el tutor legal tendrán la oportunidad de argumentar, si es adecuado, que los documentos de DYFS no deberían ser parte del caso. Su abogado y el tutor también podrán disputar lo que los testigos de DYFS dicen mediante el contra interrogatorio.

Entonces su abogado podrá presentar documentos y testigos de su parte. DYFS y el tutor legal tendrán la oportunidad de oponerse a lo que usted presente e interrogar a los testigos a su favor. El tutor tendrá también la oportunidad de presentar documentos y testigos, y el abogado de DYFS y el suyo tendrán la posibilidad de objetar y contra interrogar.

La preparación junto con su abogado para la audiencia donde se determinarán los hechos es muy importante. Usted debe estar seguro de que su abogado tiene toda la información sobre las alegaciones que DYFS hace contra usted. Avísele a su abogado de cualquier otro hecho relacionado o testigo que usted crea le podría ayudar a explicar su versión del caso. Usted y su abogado deben decidir si usted declarará en la audiencia.

El juez considerará toda prueba y argumento legal hecho durante la audiencia y decidirá si usted ha maltratado o descuidado a su hijo. El juez debe explicar su decisión en un dictamen oral o escrito. Si el juez decide que usted no maltrató o descuidó al menor, su hijo le será devuelto, y su caso será cerrado. Si el juez decide que usted en realidad maltrató o descuidó al menor, el tribunal celebrará otra audiencia para presentar el fallo en el juicio, dispositional hearing, y decidir qué sucederá después. Véase La audiencia para la presentación del fallo.

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Llegar a un pacto con DYFS sobre las acusaciones en vez de asistir a una audiencia
Antes de la audiencia, su abogado puede conversar con usted de si usted está dispuesto a estipular, o sea, estar de acuerdo con algunas o todas las alegaciones que DYFS hace contra usted. Si está de acuerdo con cualquiera de las quejas de DYFS, usted pacta que no argumentará que es falsa. Usted también abandona su derecho a una audiencia para determinar los hechos referentes a este caso. En cambio, el juez se basará en la estipulación y dictará un fallo de que usted maltrató o descuidó a su hijo. Una vez que el tribunal acepte las estipulaciones, usted no podrá apelarlas.

Decidir si estipula que las alegaciones en su contra son ciertas es una decisión muy importante. Usted lo debe discutir con su abogado cuidadosamente. Si usted estipula que ha maltratado o descuidado a su hijo, DYFS puede dejar a su hijo en un hogar de crianza hasta que el juez decida que su hijo no estará en peligro si vive con usted. El juez también puede ordenarle que participe en programas de servicios.

Si en la demanda de DYFS hay declaraciones que no son verdaderas, en vez de firmar una estipulación, usted tiene el derecho de hacer que DYFS presente pruebas para demostrar que son verdaderas.

Antes de que estipule, usted o su abogado deben hablar con DYFS acerca de los hechos específicos con los que usted estará de acuerdo. Usted también debe averiguar qué es lo que DYFS quiere que usted haga para recuperar a su hijo si usted estipula.

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La audiencia para presentar el fallo
Si después de una audiencia o una estipulación, el juez concluye que usted maltrató o descuidó a su hijo, el juez debe celebrar entonces una audiencia para presentar el fallo y decidir qué debe suceder después. A menudo, tal audiencia se lleva a cabo inmediatamente después de la audiencia para determinar los hechos. Generalmente, el juez le ordenará tomar ciertas medidas, como participar en programas de orientación personal u otro tratamiento para encarar los problemas que se cree usted tiene. El juez también decidirá si mientras usted recibe dichos servicios, su hijo puede ser enviado de nuevo a su casa o si usted debe hacer alguna otra cosa antes de que pueda recuperar a su hijo. En esta audiencia, todas las partes pueden presentar pruebas adicionales.

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Las apelaciones
Si después de la audiencia donde se le dio el fallo, está en desacuerdo con la decisión del juez, usted tiene derecho a apelarla. DYFS y el tutor también tienen derecho a apelar si están en discrepancia con la decisión. Si usted decide apelar la decisión, su abogado debe comenzar el proceso de apelación por usted. El plazo límite para presentar una apelación es de 45 días a partir de la fecha en la que juez firma la orden. Si se apela el fallo, el tribunal de apelaciones revisará las actas de la audiencia y decidirá si el juez decidió el caso correctamente.

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La audiencia para la revisión
Después de la audiencia para presentar la decisión, generalmente, el juez programará una o más audiencias de revisión para verificar cómo están usted y su hijo. En las audiencias de revisión, el juez averiguará si usted sigue las órdenes judiciales vigentes y, de ser necesario, dictará nuevas órdenes. DYFS y el tutor legal seguirán presentándole al juez informes sobre el progreso suyo y de su hijo. A menudo, DYFS presentará informes escritos sobre su caso a consideración del juez. Si un voluntario de CASA participa en su caso, tal persona también puede presentarle informes al juez. Antes de la audiencia de revisión usted debe examinar con su abogado el contenido de dichos informes. En la audiencia, usted puede corregir el contenido de un informe y agregar datos adicionales. Usted debe darle al tribunal cualquier informe o información que demuestre que usted está mejorando.

Cuando el juez dictamina que usted puede cuidar de su hijo en casa sin ningún peligro, el juez ordenará que su hijo le sea devuelto. Probablemente el juez prolongará su caso durante algunos meses después que le devuelvan a su hijo para asegurarse que usted le proporciona un hogar estable y seguro. Posteriormente, si todo sale bien, el juez desestimará su caso.

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Audiencia para determinar la permanencia
Si su hijo está en un hogar de crianza o en cualquier otro lugar fuera del hogar y ha pasado casi un año, el juez celebrará una audiencia para determinar la permanencia. Si el juez decidió que DYFS no tenía que ayudarle a reunificar su familia, la audiencia para determinar la permanencia se celebrará mucho más rápido. En dicha audiencia, DYFS presentará un plan de estadía permanente para su hijo, y el juez decidirá si aprueba o no tal plan. DYFS puede recomendar cualquiera de las siguientes cosas:

  • Devolverle a su hijo en un futuro próximo;
  • Entablar un juicio para terminar su patria potestad para que su hijo pueda ser adoptado;
  • Colocar a su hijo bajo la tutela de un pariente o amigo; Hacer que las personas encargadas del cuidado actual de su hijo se conviertan en tutores legales por parentesco, o sea, las personas encargadas del cuidado asumen la responsabilidad legal del menor, sin que pierda sus derechos como padre de familia;
  • Poner a su hijo en un hogar de crianza a largo plazo.

Usted tiene derecho a presentar un plan alterno para su hijo. Por ejemplo, usted puede solicitar que el juez le permita a su hijo vivir con un pariente en específico o un amigo de la familia. O puede pedir que la persona encargada del cuidado de su hijo se convierta en tutor legal por parentesco para que usted no pierda la patria potestad.

En la audiencia para determinar la permanencia, DYFS debe demostrar que hizo esfuerzos razonables para ayudarle, a no ser que el juez haya dictaminado que DYFS no tenía que ayudarle a recuperar a su hijo.

Posibles resultados jurídicos

 

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