Anualmente, los jóvenes salen del sistema de cuidado adoptivo temporal en Nueva Jersey al cumplir los 18 años. Muchas veces tienen que enfrentar retos sin el apoyo de sus familias y amistades. Muchos de ellos no tienen vivienda, trabajo ni seguro médico. Para lidiar con este problema, la agencia encargada del bienestar del menor en Nueva Jersey, la División de Servicios a Jóvenes y Familias (DYFS por sus siglas en inglés), recientemente comenzó a brindarles ayuda a los jóvenes que han llegado a la mayoría de edad y ya no pueden continuar en el sistema de cuidado adoptivo temporal. Si usted, o alguien que usted conoce, estará superando la edad permitida para estar en el sistema de cuidado adoptivo de DYFS, este artículo servirá para ayudarle a entender los servicios que tiene disponible y cómo obtenerlos.
¿Cumple con los requisitos?
Para poder obtener los servicios, el joven tiene que:
- haber sido sacado de su hogar por DYFS (esto quiere decir que un juez dictaminó que lo separaran de la familia y lo colocaran con un pariente o en el sistema de cuidado adoptivo temporal debido a que había inquietudes respecto a su salud o seguridad) o
- no estar más bajo el cuidado de DYFS por ser mayor de 18 años, pero menor de 21.
Si en estos momentos no está en el sistema de cuidado adoptivo temporal o aún no es mayor de edad, no puede recibir esta asistencia.
¿Qué servicios hay?
DYFS comienza a brindar servicios a los jóvenes bajo su cuidado a los 14 años y continúan hasta que cumplan 21 años, si es que el joven cumple con los requisitos. Algunos de los servicios que reciben son:
- Una evaluación de las destrezas de supervivencia. Deben recibir dicha evaluación a los 14 años. Es una prueba para determinar las destrezas básicas que tienen para realizar su rutina diaria, planificar su carrera, obtener vivienda y manejar sus finanzas; es un proceso continuo. Los resultados de esta evaluación le ayudan a DYFS a diseñar un plan de transición para brindar servicios a los jóvenes que llegan a la mayoría de edad y salen del sistema de adopción temporal.
- El programa para vivir independientemente. Este programa es para los jóvenes mayores de 16 años, si es que no hay más ninguna otra colocación supervisada disponible. Esto no siempre quiere decir que el menor vivirá en su propio apartamento. Algunos de estos programas son parte de un programa residencial o una vivienda colectiva. Para colocar al menor en este programa, DYFS lo tiene que aprobar y
- el menor tiene que estar asistiendo al colegio o un programa de capacitación o de lo contrario estar a punto de comenzar dicho programa,
- el límite de tiempo para recibir estos servicios es de 18 meses y
- el menor tiene que participar en servicios para el manejo del caso, destrezas de supervivencia y consejería, entre otros.
- Medicaid. Los menores bajo el cuidado de DYFS usualmente tienen seguro médico a través de Medicaid hasta que cumplen los 18 años. La nueva política de DYFS extiende esta cobertura a todos los jóvenes que ya no estarán bajo su cuidado al cumplir los 18 años. Es una extensión automática, pero los jóvenes que están por cumplir los 18 años deberían hablar con sus asistentes sociales de DYFS para asegurarse que continúe la cobertura bajo Medicaid.
- Los servicios disponibles después que concluya el cuidado adoptivo temporal. Estos servicios incluyen atención integral (wraparound), ayuda para conseguir empleo y solicitar a las universidades y desarrollar destrezas de supervivencia o brindar apoyo. El propósito es ayudar a los jóvenes mayores de 18 años, pero para poder recibir estos servicios, la persona debe:
- haber cumplido los 15 años mientras estaba bajo el cuidado adoptivo temporal o
- haber estado en el sistema desde los 15 años hasta los 18.
DYFS trabaja con otras agencias para brindar estos servicios. Las otras agencias deben darles información a los jóvenes respecto a los servicios y la ayuda financiera.
¿Se les puede negar los servicios?
Cuando cumplen 18 años, los jóvenes que llenan los requisitos para recibir los servicios mencionados anteriormente pueden salirse de la supervisión de DYFS. La asistente social de DYFS les pedirá que firmen unos formularios para cerrar sus casos y rechazar ciertos servicios.
Si, al llegar a la mayoría de edad, usted negó los servicios y luego cambia de opinión, puede pedirle ayuda a DYFS para obtenerlos si los pide antes de que cumpla los 21 años. La asistente social de DYFS, o la persona encargada de los servicios disponibles después que concluya el cuidado adoptivo temporal, debe volver a abrir el caso. Si no puede conseguir que lo hagan, llame a LSNJ-LAW™, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, y pida ayuda. El número de teléfono es el 1-888-LSNJ-LAW (1-888- 576-5529) ó (732) 572-9100, si está llamando desde fuera de Nueva Jersey. El horario de funcionamiento es de lunes a viernes, desde las 8 de la mañana hasta las 5:30 de la tarde. |