Éste es el segundo en una serie de tres artículos que tratan el tema de los padres e hijos que viven o desean vivir en estados distintos. Habla sobre la importancia de mantener la relación entre el menor y ambos padres. El primer artículo, El derecho de familia: ¿Es posible mudar a mi hijo menor de edad fuera de Nueva Jersey? describe las leyes estatales pertinentes en caso de que uno de los padres se quiera mudar del estado con su(s) hijo(s). El tercer artículo, El derecho de familia: los casos de manutención para los hijos menores cuando los padres viven en diferentes estados, trata los asuntos de manutención que surgen cuando los padres viven en estados distintos.
Es un reto criar a un hijo cuando los padres están separados. El asunto se complica más aún cuando viven en estados diferentes. El reto más grande de criar a un hijo a larga distancia es asegurarse de que el menor tenga una relación sólida con ambos padres.
PARA OBTENER UNA ORDEN INICIAL DE TUTELA O VISITAS
Cuando los padres que viven en estados distintos quieren hacer que su acuerdo de tutela se convierta en una orden judicial formal, o cuando necesitan resolver una disputa acerca de la tutela o las visitas (llamadas en inglés parenting time), puede ser difícil determinar qué tribunal debe encargarse del caso. El asunto de cuál tribunal debe encargarse del caso es una cuestión de jurisdicción. En los casos de tutela, la jurisdicción por lo general depende de lo siguiente:
- ¿Existe ya alguna orden judicial?
- ¿Dónde vive el menor en la actualidad?
- ¿Dónde vivía el menor anteriormente?
El estado de residencia Si ningún tribunal ha dictado una orden de tutela o visitas, la norma general es que el juzgado del estado donde haya vivido el menor (y uno de los padres o tutores) durante los últimos seis meses sea el que resuelva el caso. Si el niño es menor de seis meses, el estado donde nació y ha vivido desde entonces es el que tiene la jurisdicción. Éste se llama el estado de residencia del menor.
Los vínculos significativos Si el menor no ha vivido en un sólo estado desde que nació o durante los últimos seis meses, entonces no tiene un estado de residencia establecido. En ese caso, el tribunal considera cuál es el estado más indicado para resolver el asunto, estableciendo los vínculos significativos entre el menor y el estado. Por ejemplo, tiene vínculos significativos el estado donde viven los parientes, maestros o médicos del menor, quienes posiblemente pueden ser testigos si es necesario celebrar un juicio. Si no hay un estado de residencia, el tribunal puede asumir la jurisdicción si:
- El menor vivió o vive actualmente en el estado;
- Al menos uno de los padres vive en el estado actualmente y
- El menor tiene vínculos significativos con el estado.
Si los tribunales de dos estados diferentes determinan a la vez que su estado debe asumir jurisdicción sobre el caso, la ley requiere que ambos se comuniquen entre sí para decidir cuál debe resolver el asunto.
La excepción a la norma
Huir. Siempre ha existido la preocupación de que uno de los padres se lleve al menor a otro estado sin el permiso adecuado del otro padre o una orden judicial. Las leyes relacionadas a la jurisdicción, llamadas "La ley uniforme de jurisdicción y cumplimiento de la custodia de los hijos" y "La ley para la prevención del secuestro de los hijos por los padres", exigen que los tribunales rechacen la jurisdicción sobre un caso en el cual uno de los padres se haya llevado al menor a un nuevo estado sin el consentimiento adecuado o una orden judicial.
Tenga en cuenta que los tribunales tienen la facultad para asumir la jurisdicción sobre el padre que huye de su estado de residencia a un nuevo estado para escapar del maltrato, ya sea a él o ella o al menor, por parte del padre que dejó atrás. Sin embargo, la persona que huye le tiene que avisar a la policía local o a la agencia para la protección de los menores (en Nueva Jersey, se llama la División de Servicios a Jóvenes y Familias o en inglés, Division of Youth and Family Services, DYFS) sobre la preocupación y la intención de huir.
Inconvenientes. Le puede pedir al tribunal de otro estado que rechace la jurisdicción a causa de un inconveniente significativo. Para decidir este asunto, el tribunal considera factores tales como:
- La distancia entre los estados;
- La situación financiera relativa de ambas partes;
- Cualquier historial de violencia doméstica entre las partes;
- La cantidad de tiempo en que el menor haya vivido fuera del estado y
- La índole de las pruebas necesarias y el lugar donde están ubicadas.
CAMBIAR O MODIFICAR LA ORDEN
Una vez el tribunal asume la jurisdicción del caso adecuadamente y dicta una orden de tutela o visitas, puede retener la jurisdicción hasta que ambos padres y el menor se muden del estado. La situación se complica si uno de los padres se muda con el menor del estado que dictó la primera orden de tutela o visitas y el otro se queda en ese estado. No se les permite a los tribunales de otros estados cambiar la orden de tutela o visitas siempre y cuando el primer estado mantenga la jurisdicción.
Una vez el menor haya vivido en un nuevo estado por varios años, cualquiera de los padres puede pedir que el juzgado del estado que dictó la primera orden de tutela o visitas renuncie o rechace su jurisdicción sobre el caso para trasladarla a otro estado. El tribunal tomará en cuenta factores tales como la cantidad de tiempo que el menor haya vivido en el nuevo estado y qué estado tiene la mayoría de las pruebas o testigos que tendrían que declarar durante la audiencia.
PARA HACER VALER LA ORDEN DE TUTELA O VISITAS
Si uno de los padres quebranta la orden de tutela o visitas, se puede hacer valer en el estado donde reside cualquiera de los padres. El tribunal que hace valer la orden puede ser distinto al que tiene la jurisdicción para cambiarla.
Por ejemplo: La madre y el hijo viven en la Florida, pero el padre se quedó en Nueva Jersey. Una orden judicial que otorga la tutela en la Florida se puede hacer valer por cualquiera de los padres, ya sea en Nueva Jersey o la Florida.
Si quiere hacer valer la orden judicial, debe tomar en cuenta cuál de los dos tribunales será más eficaz en aplicar la orden en contra del padre infractor. Si la madre (del ejemplo) se niega a transportar al menor a Nueva Jersey, como se lo requiere la orden judicial, el padre debe buscar que se haga valer en el tribunal de la Florida, el cual puede penalizar a la madre; por ejemplo, pueden emitir una orden de arresto o requerir que pague los honorarios de los abogados del padre. Por otro lado, si el padre se niega a devolver el menor después de una visita larga, lo mejor sería que la madre trate de hacer que se haga valer la orden en el tribunal de Nueva Jersey, el cual puede penalizar al padre.
Si uno de los padres está tratando de hacer valer una orden en un estado que no la emitió, el padre tiene que inscribir la orden en ese tribunal antes de presentar o a veces a la misma vez que se presente el pedimento para hacerla valer.
CONSEJOS PARA LOS PADRES QUE VIVEN LEJOS DE SUS HIJOS
Cuando los padres viven en estados distintos, especialmente cuando están separados por largas distancias, es vital que los dos traten de apoyar la relación del menor con ambos padres. Contacto frecuente por teléfono, correo electrónico y mensajes instantáneos pueden ayudar al padre no tutelar a ser parte de la vida diaria del menor. Añadir contacto visual por medio de equipo de videoconferencia e intercambios de fotos digitales y videos le puede ayudar a cumplir con este objetivo. Los padres que no tengan acceso a una computadora en la casa pueden ir las bibliotecas públicas, las cuales brindan acceso a Internet.
Aún con los niños pequeños, estas conexiones ayudan a mantener una relación sólida. Enviarle al padre no tutelar videos de los sucesos y acontecimientos físicos le puede ayudar a mantenerse al tanto con lo que pasa en la vida del menor. De igual forma, es posible que una grabación digital o en video del padre no tutelar leyendo un libro le pudiera ayudar al menor a sentirse más cerca a un padre que no está físicamente presente.
Si lo planifica con antelación, los niños que están en la escuela pueden disfrutar de algunas actividades diarias con sus padres (aún cuando están lejos), tales como ver un programa de televisión o un partido deportivo juntos. El padre y el menor pueden habar sobre el programa o el deporte por teléfono durante el evento o después del mismo. Aún compartir la experiencia de mirar la luna o las estrellas mientras hablan por teléfono o envían mensajes instantáneos o de texto puede ser una tradición especial.
Animar al menor a que planifique y espere las visitas personales le ayuda a que sienta que tiene más control sobre su propio horario y le puede ayudar a disfrutar más del tiempo que comparte en persona con el padre no tutelar. |