¿Es usted el padre de un menor que ha sido puesto en un hogar adoptivo temporal o conoce a un menor en un hogar adoptivo?
De ser así, usted debe saber sobre una nueva ley en Nueva Jersey. La nueva ley permite que los niños hospedados temporalmente en familias adoptivas por la División de Servicios al menor y a la familia (DYFS) continúen asistiendo a la escuela a la que asisten en la actualidad, aun si su familia adoptiva vive en otro distrito escolar. Antes de que se pasara esta ley, los menores en cuidado adoptivo temporal tenían que ir a la escuela en el distrito donde su familia adoptiva estaba localizada. Esto significaba que si la familia adoptiva estaba en otro distrito, el menor tenía que cambiar de escuela.
¿Por qué es esta nueva ley importante?
A los niños que a menudo tienen que cambiar de escuela se les hace difícil progresar en la escuela. Muchos menores que se encuentran en cuidado adoptivo temporal cambian de plantel escolar mientras están bajo dicho cuidado. Un estudio determinó que más de la mitad de los participantes en el estudio, en un periodo desde el inicio de la escuela primaria hasta la secundaria, había cambiado de plantel al menos siete veces. Un menor en cuidado adoptivo temporal también experimenta otras dificultades que afectan la capacidad para tener exito escolar. Es más probable que estos menores sean disciplinados en la escuela y que repitan un año más que los compañeros de clase que no están en el sistema de adopción temporal. Muchos menores que se encuentran en el sistema adoptivo tienen que faltar a la escuela por días o semanas mientras se les cambia el lugar adonde recibirán el cuidado adoptivo temporal. De igual manera, los historiales de muchos de estos niños no existen o están incompletos. Lo cual le dificulta a la nueva escuela decidir qué es lo que los niños necesitan cuando estos ingresan al nuevo plantel. Así mismo, los menores en cuidado adoptivo tienen menos probabilidades de graduarse de la escuela secundaria que sus propios compañeros de clase que no están en el régimen adoptivo.
Los padres de familia a quienes se les ha asignado temporalmente un niño pueden desempeñar un papel importante en su educación y pueden ayudar a que el menor se quede en la escuela a la que está asistiendo en el momento.
¿Por qué se ha creado una nueva ley?
En octubre de 2008, el gobierno federal aprobó una nueva ley llamada la ley de 2008 para el fomento de las conexiones orientadas al éxito y al aumento en las adopciones, en inglés, Fostering Connections to Success and Increasing Adoptions Act of 2008. A esta ley se le conoce comúnmente como el fomento de conexiones. La ley para el fomento de conexiones exige que cada estado tenga en pie leyes y políticas que aseguren que los menores en hogares adoptivos temporales puedan permanecer en la escuela a la que asisten y no tendrán que cambiar si se les coloca en cuidado adoptivo temporal o se les cambia de hogar. Para hacer esto, Nueva Jersey tuvo que cambiar sus leyes. Estos cambios entraron en vigor en septiembre de 2010.
¿De qué trata la nueva ley?
Cuando DYFS coloca a un menor bajo cuidado adoptivo temporal, DYFS debe decidir a dónde asistirá el menor a la escuela. Bajo la nueva ley, el menor debe permanecer en la escuela, a menos que se decida que no le conviene.
Para determinar lo que más le conviene al menor, DYFS debe tener en cuenta una serie de cosas, incluyendo:
- Qué tan cerca del hogar de crianza está la escuela a la que éste asiste
- La edad del menor y el año lectivo en que está
- Las necesidades del menor
- A qué escuela quiere asistir el menor
- Cómo le va al menor en la escuela a la que está asistiendo en el momento y su participación escolar
- Las necesidades educativas especiales del menor (si el niño recibe una educación especial).
- Cuánto tiempo podrá el menor permanecer en el hogar de crianza temporal
- El tiempo transcurrido desde que el año escolar empezó
- Cualquier problema de seguridad.
DYFS debe tomar esta decisión dentro de cinco días hábiles a partir del día en que se llevaron al menor de su hogar. DYFS también debe tratar de hablar con el menor, sus padres, el tutor legal (su abogado durante el caso con DYFS), y el personal escolar en la escuela actual y en la nueva.
¿A qué escuela asiste el menor mientras DYFS está preparando su decisión?
Bajo la nueva ley, el menor permanecerá en la escuela a la que asiste en la actualidad hasta que se tome la decisión final. En ciertos casos, DYFS puede matricular al menor en el distrito escolar inmediatamente. Esto sólo puede suceder si DYFS decide que permanecer en la escuela actual no es lo que más le conviene al menor y que si se queda en esta escuela le presentaría graves problemas de seguridad o le causaría un daño significante e inmediato al menor. Por ejemplo, esto podría pasar si el menor es enviado a un hogar adoptivo que está muy lejos de la escuela a donde asiste actualmente. En esta situación, DYFS tiene que notificarles por escrito (en una carta) a los padres y al tutor legal del menor antes de que pasen dos días de la inscripción del niño en el nuevo distrito escolar. El aviso tiene que explicar la razón por la que se le cambia de escuela. La notificación también deberá incluir el nombre y la dirección de la nueva escuela a menos que DYFS considere que por razones de seguridad los padres no deban tener esa información. Si el padre está siendo representado por un defensor público u otro abogado en el juicio con DYFS, dicho padre de familia deberá contactar a su abogado tan pronto como le sea posible para informarle de este aviso.
¿Qué sucede cuando DYFS toma su decisión?
Si DYFS decide que el menor debe permanecer en la escuela a la que asiste en la actualidad, la decisión es final. Si DYFS decide que el menor debe ser matriculado en otra escuela, esta decisión no es final. El padre o el tutor legal del menor puede oponerse a la decisión en el caso con DYFS. Para decidir si debe apelar esta decisión, los padres deben hablar con el abogado que los representa en el caso con DYFS.
¿Qué sucede cuando DYFS decide que un menor tiene que cambiar de escuela?
Cuando DYFS toma la decisión de cambiar la escuela a la que el menor debe asistir, tiene que avisar de inmediato por escrito (en una carta) a los padres y al tutor legal del menor. El padre o el tutor legal puede oponerse a la decisión en el caso jurídico con DYFS. El padre que quiera impugnar la decisión tiene que presentar una solicitud para la revisión ante el tribunal dentro de los próximos cinco días de la fecha del aviso. Si no hay oposición, esta decisión se hará definitiva después de los cinco días mencionados. La nueva ley no explica exactamente qué es lo que se debe hacer para solicitarle al tribunal que revise la decisión de DYFS. Los padres de familia deben hablar con el abogado que los representa en el caso que involucra a DYFS.
¿Qué pasa si el padre de familia se opone a la decisión de DYFS para mudar el menor a otra escuela?
El tribunal programará una audiencia. En la audiencia, DYFS tiene que demostrar por qué ir a la escuela en el distrito donde se encuentra el hogar de crianza temporal es lo que más le conviene al menor. Un juez decidirá a que escuela asistirá el menor.
¿Cómo va a ir el menor a la escuela?
La ley exige que DYFS proporcione la transportación entre la escuela y el hogar de crianza hasta que se llegue a una decisión final. Una vez que se tome una decisión final, DYFS debe informar a los distritos escolares. El distrito escolar donde los padres del niño vivían cuando el menor fue puesto al cuidado temporal debe organizar y pagar el transporte escolar del niño.
¿Puede en el futuro uno de los padres solicitarle al tribunal que revise la colocación escolar del menor ?
En cualquier momento mientras el menor está bajo cuidado temporal, cualquier persona involucrada en el proceso ante el tribunal de familia (padre, tutor legal del menor, o DYFS) puede pedirle al tribunal que revise la colocación escolar.
Si tiene alguna pregunta acerca de esta ley o si cree que sus derechos o los de su hijo han sido violados, contacte a LSNJ-LAW™, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey, marcando el 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). El horario de funcionamiento de la línea directa es de lunes a viernes, desde las 8:00 de la mañana hasta las 5:30 de la tarde. Si usted no llena los requisitos para recibir asistencia de los Servicios Legales, la línea directa le enviará a otras posibles fuentes de información.
Esta información fue actualizada el 23 de marzo de 2011. |