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Escuela y aprendizaje

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Cómo puede usted apelar una decisión de la escuela de su hijo bajo IDEIA

 

Los padres de los menores que reciben una educación especial tienen derechos especiales con respecto a las decisiones sobre la educación pública adecuada y gratuita de su hijo (free and appropriate public education, FAPE). Los padres que no estén de acuerdo con alguna decisión de la escuela de hacer algo (o en algunos casos para no hacer alguna cosa que el padre de familia solicita) con respecto a la educación de su hijo tienen el derecho de apelar la decisión escolar. Este artículo ha sido escrito para brindarle a todo padre de familia un entendimiento básico sobre qué es lo que la escuela debe hacer antes de hacer un cambio (o cuando se rehúsa hacer un cambio solicitado por el padre de familia) y cómo dicho padre de familia puede apelar la decisión de la institución. Si usted tiene alguna pregunta sobre los derechos de su hijo, póngase en contacto con los Servicios Legales en el número que aparece en la lista al final de este artículo.

¿Puede la escuela cambiar el plan IEP de mi hijo sin yo saberlo?

Cuando el distrito escolar quiere hacerle un cambio al plan IEP de su hijo, éste debe decírselo a usted por escrito antes de que se haga el cambio. Esto se conoce como un previo aviso escrito. Recientes cambios a la ley (IDEIA) les permiten a los padres de familia decidir si reciben este aviso por correo electrónico, si el distrito escolar de su hijo tiene esta opción. El aviso escritosiempre tiene que ser entregado con anterioridad, (en su lengua materna a no ser que la escuela claramente no pueda hacerlo) si la escuela quiere hacer un cambio o se rehúsa a concederle una petición que usted haya hecho implicando a su hijo y su identificación, evaluación, clasificación, ubicación o su derecho a recibir una la educación pública adecuada y gratuita, FAPE. El aviso previo por escrito se le deberá entregar por lo menos quince días antes de la decisión del distrito y por lo menos quince días antes de que se haga el cambio. Si usted ha solicitado algo, la escuela le deberá dar un aviso escrito previo con su respuesta antes de que se cumplan veinte días de la fecha de su petición.

El aviso previo debe describir lo que se propone o lo que se rehúsa y debe explicar por qué y qué otras opciones el equipo encargado del plan IEP ha considerado y rechazado. El aviso debe enumerar toda evaluación, avalúo, historial o informe que haya sido usado como base para tomar la decisión escolar. El aviso debe informarle de sus derechos (véase más a continuación) y debe decirle cómo puede obtener una copia del manual con información para los Padres de Familia sobre la Educación Especial (comúnmente llamado el manual PRISE, véase más a continuación). El aviso también debe incluir una lista de las fuentes de información donde usted puede buscar ayuda.

La escuela de mi hijo me dio una copia del manual PRISE. ¿De qué se trata esto?

El manual PRISE le informa a todo padre de familia sobre algunos derechos que éstos tienen con respecto a la educación especial. Dicho manual fue escrito por la Oficina de los Programas para la Educación Especial del Departamento de Educación del Estado de Nueva Jersey. El manual incluye información sobre las evaluaciones independientes, el aviso previo por escrito, el consentimiento paternal o maternal, el acceso a los historiales escolares, los procedimientos disciplinarios, las audiencias para buscar el proceso legal debido y la ubicación que esté pendiente de una apelación.

La escuela le debe dar el manual PRISE cuando su hijo sea enviado por primera vez para que se le haga una evaluación y después de esto, una vez al año. También debe dárselo la primera vez que usted entabla una demanda para buscar el proceso legal debido y en cualquier momento que lo solicite. Es del sitio Web del Departamento de Educación de Nueva Jersey.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la escuela?

Si no está de acuerdo con algo que la escuela quiere hacer, usted tiene varias opciones. Esto también sucede si usted ha pedido algo que la escuela no hará con respecto a una evaluación, clasificación, ubicación, servicios relacionados o al derecho de su hijo a recibir una educación pública adecuada y gratuita, FAPE. Usted puede solicitar una mediación o el proceso legal debido o una combinación de ambos. Si usted apela algún asunto disciplinario, usted puede solicitar lo que se conoce como una audiencia urgente para buscar el proceso legal debido. Esto significa que el asunto será visto más rápido que una petición regular. Usted también puede entablar una demanda para que se lleve a cabo una investigación.

¿Cómo entablo una demanda para buscar el proceso legal debido?

Cuando usted no está de acuerdo con algo que la escuela quiere hacer o cuando la misma no hace algo que usted ha solicitado, usted tiene el derecho de presentar una apelación a la decisión tomada. Esta apelación se llama buscar el proceso legal debido. Si quiere al solicitar que se siga el proceso legal debido usted debe presentar una petición, también llamada una demanda. Toda petición debe ser presentada antes de que se cumplan dos años de la fecha en que usted se enteró o debía haberse enterado del asunto por el cual está presentando ahora una petición. En limitadas circunstancias, el requisito de los dos años no puede considerarse. Si usted planea solicitar para que se lleve a cabo una mediación o el proceso legal debido, antes de entablar usted debería hablar con un abogado marcando el número presentado al final de este artículo.

Su petición debe incluir el nombre y la dirección de su hijo (si usted y su hijo no tienen una dirección, deberá incluir un lugar donde se puedan poner en contacto con usted y su hijo), la escuela donde asiste, una descripción del asunto y los hechos y lo que usted quiere que resolverá el asunto. Es muy importante que incluya toda la información requerida. Si usted no la incluye, el distrito escolar tiene permiso de oponerse a su petición y su caso podría ser desestimado solamente debido a que usted no incluyó la información requerida. En su petición, usted debe incluir toda preocupación y problema que tenga o en el momento de la audiencia no podrá mencionarlos. Para obtener un formulario para solicitar el debido proceso, puede llamar al número mencionado al final de este artículo o puede acceder al sitio Web del Departamento de Educación de Nueva Jersey. Las solicitudes se presentan ante la Oficina de los Programas para la Educación Especial a la siguiente dirección: Office of Special Education Programs, New Jersey Department of Education, P.O. Box 500, Trenton, NJ 08625-0500 (dos copias), y se le tiene que enviar una copia al distrito escolar.

Si la escuela no le ha dado todavía un aviso previo por escrito, deberán responder a su petición antes de que se cumplan diez días. Su respuesta deberá incluir cierta información. Si el distrito escolar ha entablado una demanda para buscar el proceso legal debido, usted deberá responder a las cuestiones presentadas en la petición antes de que se cumplan diez días.

¿Qué pasa con la ubicación de mi hijo cuando disputo un cambio que la escuela quiere hacer?

Si usted presenta su solicitud dentro de quince días de haber recibido el aviso escrito de la escuela que le informa de un propuesto cambio, su hijo se quedará en la ubicación o el programa educativo actual hasta que el asunto sea resuelto. Esto se llama la permanencia en lugar, Stay put. La permanencia en lugar no cobija  las apelaciones hechas en asuntos disciplinarios (vea La educación especial y la disciplina escolar: Lo que usted debe saber).

¿Cuál es la diferencia entre la mediación y el proceso legal debido?

Usted puede entablar para pedir la sola mediación o una combinación con una solicitud para buscar el proceso legal debido. Un mediador es un tercero neutral que le ayudará y la escuela llega a un acuerdo para resolver la disputa. No se le puede obligar a que usted asista a la mediación o a firmar un acuerdo de mediación. Todo lo que usted diga en una sesión de mediación es confidencial. Si usted llega a un acuerdo, será puesto por escrito. Este acuerdo es ejecutable.

Toda audiencia para la búsqueda del proceso legal debidoes conducida por un juez. Tanto usted como el distrito escolar tendrán la posibilidad a presentar testigos y pruebas para sustentar su posición. Después de oír a ambas partes, el juez tomará una decisión sobre el caso. Si usted no está de acuerdo con la decisión del juez, usted tiene el derecho de presentar una apelación ante el tribunal estatal o federal antes de que se cumplan noventa días de la decisión del juez.

Antes de que se programe la audiencia le pedirán que asista a lo que llaman una sesión o reunión de resolución. Esto debe ocurrir dentro de quince días de la fecha cuando usted entabló su demanda para buscar el proceso legal debido. En casos sobre asuntos disciplinarios, esto debe ocurrir dentro de siete días. Usted debe asistir, a no ser que usted y el distrito escolar lleguen a un acuerdo para asistir a la mediación o a no tener la sesión de resolución. La sesión de resolución es una posibilidad que usted y el distrito escolar tienen para intentar resolver el asunto. Al distrito escolar se le permite traer un abogado sólo si usted también tiene uno. A diferencia de lo que sucede en la mediación, lo que se dice en esta reunión no es confidencial. Si se resuelve el asunto, el acuerdo se debe presentar por escrito y firmar por ambas partes. Después de un período de revisión de tres días, el acuerdo será ejecutable en un tribunal estatal o federal.

Si el asunto no se resuelve, el caso será enviado para que se programe una audiencia que tendrá lugar treinta días después de que la petición fue presentada. Una vez recibida se proyectará una audiencia para dentro de diez días.

¿Qué es una demanda para que se haga una investigación?

Cualquier persona o grupo puede entablar una demanda para que se lleve a cabo una investigación ante el Departamento de Educación de Nueva Jersey. El formulario para hacer estas peticiones se presenta de la misma forma que una solicitud para entablar el debido proceso legal. Cuando se entabla una demanda de este tipo, la Oficina de los Programas para la Educación Especial tiene que investigar el asunto. Es posible que esto requiera que se realice una investigación de la escuela o el programa de ubicación. Dicha oficina tiene que redactar un informe y, si se determina que el distrito escolar no está cumpliendo con las leyes, se le exigirá que corrija la(s) infracción(es).

Comuníquese con el proyecto para la representación en casos de educación de los Servicios Legales de Nueva Jersey

Para obtener información adicional, póngase en contacto con el Proyecto de Representación Educativa de los Servicios Legales de New Jersey, llamando a LSNJ-LAW, la línea directa gratuita para asistencia jurídica de LSNJ para todo el estado, en el -888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529), de lunes a viernes entre las 8:00 de la mañana y las 5:30 de la tarde.

Este artículo apareció en inglés en la edición de enero-febrero de 2006 de Cuáles son sus derechos legales (Looking Out for Your Legal Rights®).

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