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La extensión a las prestaciones por desempleo

 
En febrero de 2009, el Presidente Obama firmó una ley para brindarles asistencia a las personas desempleadas y a las familias con dificultades económicas. El propósito es suministrarle fondos al programa que maneja las prestaciones por desempleo. Debido a que Nueva Jersey hace poco aprobó una legislación, puede participar en el programa recientemente financiado.   Esto quiere decir que los habitantes del estado que cumplen con los requisitos ahora pueden recibir prestaciones por desempleo por un periodo máximo de 72 semanas (26 semanas de prestaciones estatales, hasta 20 semanas por indemnización de urgencia en primer nivel, hasta 13 semanas por indemnización de urgencia en segundo nivel y una extensión de hasta 13 semanas).  
 
Bajo este nuevo programa, las personas que actualmente reciben prestaciones por desempleo pronto estarán recibiendo los avisos de una extensión automática. Cuando a los solicitantes se les agoten los subsidios bajo alguno de los programas, el Departamento del Trabajo (DOL) les avisará por correo que pueden solicitar a los otros programas para extender las prestaciones. Después de enviar los últimos cheques, el DOL inscribe automáticamente a todos los solicitantes que cumplen con los requisitos para el próximo programa.
 
Para participar en los programas que ofrecen extensiones, hay que llenar requisitos adicionales; por lo tanto, los solicitantes deben leer cuidadosamente todos los avisos que reciban. Las personas que no llenen los requisitos no podrán recibir el dinero.  
 
Por medio de la Ley de Recuperación y Reinversión para los Estados Unidos (ARRA) se aprobó un programa que proporciona $25 adicionales por semana a todo aquel que en la actualidad reciba prestaciones por desempleo. El programa de Compensación Federal Adicional (FAC) brinda un pago semanal de $25 a aquellos que reciben auxilios bajo ciertos programas federales, incluyendo: 
  • el seguro normal por desempleo (UI);
  • la indemnización extendida por desempleo (EUC);
  • la asistencia para personas con trabajo por cuenta propia (SEA);
  • la ley para la ayuda a causa de ajustes comerciales (TRA);
  • la indemnización por desempleo para los empleados federales (UCFE) y
  • la indemnización por desempleo para ex miembros de las fuerzas armadas (UCX).
El programa FAC paga esta cantidad además de los pagos normales por desempleo y las prestaciones extendidas; no causará que se reduzcan las sumas de los subsidios que puede solicitar. Al igual que las prestaciones por desempleo, el dinero que recibe por medio de este programa se considera como un ingreso sujeto al pago de impuestos y, por lo tanto, aparecerá en el formulario 1099-G del solicitante. 
 
Las personas aptas para participar en este programa recibirán $25 semanales por cada una de las semanas que reciban las prestaciones, comenzando con la semana que termina con el 28 de febrero de 2009. Este subsidio durará hasta la semana que termina con el 3 de julio de 2010. El Departamento del Trabajo ya comenzó a hacer estos pagos, y los envían por separado en un sobre azul para evitar confusión y reducir la posibilidad de que el beneficiario lo bote sin querer. Para los que hayan solicitado el envío de pagos por medio de un depósito directo, las sumas del programa FAC aparecerán en su cuenta por separado. 
 
Si tiene preguntas adicionales con respecto a las prestaciones por desempleo, llame a LSNJ-LAW™, la línea directa de asistencia gratuita de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado. El número de teléfono es el 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529) ó (732) 572-9100 si está llamando desde otro estado. El horario de funcionamiento es de lunes a viernes, desde las 8 de la mañana hasta las 5:30 de la tarde. Si no cumple con los requisitos para recibir asistencia de los Servicios Legales, el personal de la línea directa le remitirá a otras posibles fuentes.

 

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