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Las nuevas reglas del Medicaid requieren que muchas de las personas que están recibiendo o solicitando el Medicaid tengan que presentar una prueba de ciudadanía

 

El 1 de julio de 2006, el gobierno añadió nuevas reglas (requisitos) para los ciudadanos estadounidenses que están solicitando o ya están recibiendo la asistencia del Programa Medicaid. Antes de esta fecha, toda persona solicitando el Medicaid que decía ser ciudadano estadounidense sólo tenia que declarar por escrito, bajo juramento, que era ciudadano. De acuerdo a las nuevas reglas, muchas personas que están solicitando o están recibiendo asistencia del Medicaid que declaren ser ciudadanos, tendrán que presentar documentos específicos para demostrar que son ciudadanos.

¿Pueden los inmigrantes seguir recibiendo el Medicaid?

Sí. Estas nuevas reglas sólo conciernen a algunos ciudadanos. Conforme a las mismas reglas que regían antes del 1 de julio de 2006, Los inmigrantes continúan llenando los requisitos para recibir asistencia del Programa Medicaid. La mayoría de inmigrantes que son legalmente residentes permanentes de los Estados Unidos (o que tienen “una tarjeta verde”) pueden recibir asistencia de dicho Programa . Pero algunos inmigrantes tienen que esperar cinco años. Muchos inmigrantes, incluyendo los indocumentados, pueden recibir asistencia del Medicaid en casos de emergencia. Antes del 1 de julio de 2006, los inmigrantes que solicitaban asistencia del Medicaid para casos no críticos tenían que dar una prueba escrita de su estatus migratorio. Las nuevas reglas no cambian este requisito con respecto a los inmigrantes. Las nuevas reglas sólo cambian dicho requisito en el caso de los ciudadanos.

¿Tienen ahora todos los ciudadanos que entregar una prueba escrita?

No. Las nuevas reglas no cubren a algunos ciudadanos que reciben el Medicaid y a la vez reciben otro beneficio del gobierno. Por ejemplo, en Nueva Jersey, los beneficiarios de Medicaid que también reciben SSI (Seguridad de Ingreso Suplementario), o que también reciben Medicare, no tienen que suministrarle ningún documento al Programa Medicaid para demostrar que son ciudadanos.

Igualmente, la gente que recibe asistencia del Programa NJFamilyCare, el cual no es parte del Medicaid, no tienen que cumplir con este nuevo requisito. Por ejemplo, estas nuevas reglas no se aplican en los casos de menores que reciben NJ FamilyCare Plan B, C, o D. Del mismo modo, los adultos solteros que reciben NJ FamilyCare Plan G y H no tienen que cumplir con estas nuevas reglas.

¿Si estas nuevas reglas para demostrar ciudadanía se aplican en mi caso, qué documentos necesito?

Si cuando solicitó la asistencia del Programa Medicaid declaró que usted (o su hijo) era ciudadano, la oficina gubernamental donde hizo la solicitud le avisará si cree que las nuevas reglas requieren que usted suministre alguna prueba escrita. Le pedirán uno o varios documentos para demostrar su ciudadanía al igual que su identidad. Para la ciudadanía, el documento debe demostrar que usted (o su hijo) es ciudadano estadounidense. Para la identidad, el documento debe demostrar que usted (o su hijo) es quién usted dice ser. Si usted tiene un pasaporte estadounidense, no necesita ningún otro documento. Esto es porque el pasaporte demuestra la ciudadanía al igual que la identidad.

Si usted no tiene un pasaporte, un certificado o acta de nacimiento es la forma más fácil de demostrar la ciudadanía. Toda persona nacida en los Estados Unidos (incluso Puerto Rico después de 1941, Guam, y las Islas Vírgenes estadounidenses) es un ciudadano estadounidense. Si las nuevas reglas se aplican a su caso y usted no tiene un pasaporte, la oficina del Programa Medicaid le preguntará entonces si usted tiene un certificado de nacimiento. El certificado tiene que ser el original o una copia certificada.

¿Qué hago si no tengo una copia original o certificada del acta de nacimiento?

Si usted no tiene una copia original o certificada, usted puede pedir una en la Oficina de registro, Vital Statistic Agency, del Estado donde usted nació; el número de teléfono es el 609-292-4087. Si usted nació en Nueva Jersey después de 1965, le puede pedir a la oficina del Medicaid que obtenga electrónicamente los documentos de su nacimiento. Si usted de igual forma recibe TANF (ayuda en dinero efectivo), también le puede pedir a la oficina del Medicaid buscar la prueba de su ciudadanía en su archivo de TANF.

Si todavía no puede demostrar su ciudadanía, usted tiene el derecho de presentarle a la oficina del Medicaid otros documentos diferentes al certificado de nacimiento. Dicha oficina debe darle una carta informándole sobre los otros documentos que aceptarán para demostrar ciudadanía. Si usted no tiene ninguno de esos documentos, puede “en un caso raro” proporcionar por escrito la declaración jurada (affidávit) de dos personas que sepan que usted es ciudadano.

¿Qué tengo que mostrar para verificar mi identidad?

Usted puede demostrar su identidad (que usted es la persona mencionada en el certificado o acta de nacimiento o cualquier otro documento que sirva para demostrar la ciudadanía) por medio de diferentes documentos. Por ejemplo, usted puede demostrar su identidad con un permiso de conducir, un carné escolar de identificación que tenga una foto o con otro carné de identidad expedido por el gobierno. Si usted tiene un hijo menor de 16 años de edad, usted puede demostrar su identidad por medio de los archivos escolares o una declaración jurada (affidávit) hecha por uno de los padres de familia o el tutor (si usted no usó una declaración jurada para demostrar la ciudadanía). Además es posible que usted no tenga que demostrar la identidad porque la agencia del Medicaid en Nueva Jersey ha señalado que dicha agencia puede obtener la información por medio de las computadoras de otras agencias federales o gubernamentales para verificar su identidad.

¿Puede el Estado parar mi suscripción al Medicaid si no tengo estos documentos ahora mismo?

No. Si usted (o su hijo) en la actualidad está recibiendo asistencia del Medicaid, y el Estado le pide presentar documentos para apoyar la declaración anterior de que usted (o su hijo) es ciudadano, le deben dar algún tiempo. El gobierno debe seguir permitiéndole la participación en el Programa Medicaid por un periodo de tiempo mientras usted consigue tales documentos. Aunque las nuevas reglas no dictaminan una cantidad de tiempo exacta, sí expresan que se le debe dar “una oportunidad razonable” para reunir los documentos necesarios.

Si usted (o su hijo) en la actualidad no están recibiendo el Medicaid, pero lo está solicitando, el Estado puede tratar su caso de una manera diferente. Por el momento, si usted solicita su ingreso el Programa Medicaid y declara que es ciudadano, el Estado puede retrasar la aprobación mientras usted junta los documentos para demostrar que es ciudadano.

¿Qué puedo hacer si tengo algún problema con las nuevas reglas?

Muchas personas creen que algunas de estas nuevas reglas no son lo que el Congreso (los legisladores en Washington, D.C.) buscaba cuando la nueva ley para el Programa Medicaid fue aprobada al principio de este año. Los abogados de los Servicios Legales han pedido que se cambien algunas reglas, y se ha entablado una demanda. Algunas reglas podrían cambiar pronto. Debido a que todas estas reglas son nuevas, la oficina del Programa Medicaid puede cometer algunos errores al solicitar documentos. Si su asistencia del Programa Medicaid es detenida, atrasada o negada debido a estas nuevas reglas o si usted tiene preguntas sobre las mismas, por favor póngase en contacto con el Proyecto para el Acceso a la Atención Médica de los Servicios Legales de Nueva Jersey llamando a LSNJ-LAW™, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de LSNJ para todo el estado, marcando el 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). La línea directa funciona de lunes a viernes desde las 8:00 de la mañana y las 5:30 de la tarde. Usted puede ponerse en contacto también con la oficina de los Servicios Legales de su localidad.

Escrito por Joshua M. Spielberg, Abogado Superior del Proyecto para el Acceso a la Atención Médica de los Servicios Legales de Nueva Jersey. Este artículo fue traducido del inglés por Al Moreno, coordinador del servicio lingüístico de LSNJ

 

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