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Como borrar los antecedentes penales

 

Como borrar los antecedentes penales

Derechos reservados ©2004 Legal Services of New Jersey
Todos los derechos de este manual han sido reservados. Ninguna parte de este manual podrá ser reproducida sin autorización. Para más información, comuníquese con:

Legal Services of New Jersey
P.O. Box 1357
Edison, NJ 08818-1357
Correo electrónico:

Nota: Esta guía le explicará el proceso de borrar sus expedientes penales, pero los formularios a los cuales este documento refiere están disponibles sólo en la edición impresa. Si quiere una copia de este manual, la puede obtener pagando $15, lo cual incluye el costo de envío.  Véase el formulario para solicitar publicaciones. El manual está disponible libre de costo a los clientes de los Servicios Legales de New Jersey y a las personas de bajos ingresos. Si usted llama a LSNJ- LAW™, la línea directa gratuita para asistencia jurídica de LSNJ para todo el estado, marcando el 1-888-576-5529, entre las 8:00 de la mañana y las 5:30 de la tarde, un miembro del personal le hará una entrevista para determinar si usted llena los requisitos para ser cliente de los Servicios Legales.

Índice


Programas de Servicios Legales de New Jersey

Visite al sitio Web de Servicios Legales de New Jersey para encontrar la dirección y los números de teléfono del programa de Servicios Legales más cerca de usted. También se puede llamar a Servicios Legales de New Jersey al 732-572-9100 para esa información.

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Publicaciones

Muchas de las publicaciones de Servicios Legales de New Jersey están disponibles en español en nuestro sitio Web.

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LSNJ-LAW™, La línea telefónica para asesoría jurídica en New Jersey

Véase información sobre la línea telefónica LSNJ-LAW PDF. La línea telefónica para asesoría jurídica proporciona asesoramiento, información y da recomendaciones a residentes de New Jersey que tienen bajos ingresos, en asuntos jurídicos de naturaleza civil. Se puede comunicar con LSNJ-LAW por marcar el número de teléfono libre de costos, 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529).

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Prólogo

Servicios Legales de New Jersey (LSNJ) coordina el sistema estatal de servicios legales en New Jersey, proveyendo asistencia legal gratis a las personas de escasos recursos en casos de naturaleza civil. Parte de la misión de Servicios Legales es brindarle a las personas conocimiento sobre sus derechos legales. Este conocimiento le permite a las personas resolver por su cuenta algunos problemas legales, sin la ayuda de un abogado. Incluso las personas bien informadas pueden hacer mejor uso de los abogados cuando estos son necesarios.

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Sobre Esta Guía

Esta guía provee información básica sobre cómo borrar - expunge - los antecedentes de un arresto o de una condena. En las circunstancias limitadas donde es posible eliminar los antecedentes penales, el proceso es relativamente sencillo y usualmente se puede lograr sin la ayuda de un abogado. Las oficinas de Servicios Legales raramente proveen representación en dichos casos, ya que los abogados usualmente no son esenciales para la eliminación de los antecedentes penales; nuestros escasos recursos son necesarios para proveer asistencia en otras áreas. Le ofrecemos esta guía en lugar de esa representación. La intención de esta guía es ayudarle a nuestros clientes ayudarse a si mismos.

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Favor de Tener en Cuenta – Advertencia

Las leyes mencionadas en esta guía eran correctas al momento de esta haber sido impresa, pero sin embargo las leyes cambian con mucha frecuencia y es posible que algunas hayan cambiado cuando usted lea esta guía. Por lo tanto, antes de confiar plenamente en esta guía usted siempre debe verificar para asegurarse que cualquier ley o principio mencionado esté vigente. Esta guía brinda información en general sobre la ley. No ofrece asesoría legal en específico sobre un problema legal en particular que usted pueda tener, y no es un suplente o un sustituto de un abogado cuando usted lo necesite. Si usted enfrenta un problema o no está seguro si necesita la ayuda de un abogado, consulte con uno.

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Si Usted Necesita un Abogado

Si usted necesita asesoría de un abogado y no tiene los recursos para pagarle, usted puede ser elegible para recibir ayuda de Servicios Legales. Comuníquese con el programa de Servicios Legales regional que sierve su condado. Usted también puede llamar gratis a la línea legal estatal, LSNJ-LAW™, al l-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). La línea legal estatal provee información, asesoría, y referidos a los residentes de escasos recursos de New Jersey que tienen problemas legales de naturaleza civil.

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Agradecimientos

La versión original de Clearing Your Record, ahora republicada en varias ediciones, fue escrita en inglés por V. Margaret N. Wilber, quien era abogada de la Sociedad de Ayuda Legal del Condado de Mercer; y Felipe Chavana, abogado de LSNJ durante 13 años y ahora Director de Servicios Legales de Essex-Newark. Esta edición fue revisada por Stephanie Setzer, Abogada y Supervisora Asistente de la Línea de Asistencia Jurídica para todo el estado. La corrección, diseño, esquema, y producción estuvo a cargo de Susan Perger, Directora de Tecnología y Comunicaciones de LSNJ. Tom Makin, Director de Desarrollo, y Charlotte Adams, Asistente de Editorial de LSNJ, ayudaron en la revisión y corrección de esta guía. También le agradecemos a la Supervisora de los Abogados de la Línea de Asistencia Jurídica para todo el estado, Mary J. Acevedo, por la traducción al español de esta guía; y a Liana Acosta, Trabajadora Social, y Al Moreno, Asistente Jurídico y Traductor; y Lauren Countee, Administradora de la Página Web de LSNJ, por la revisión de la traducción.

Nuestro agradecimiento en especial a Pat Clemens, Supervisora de la Unidad Para Borrar Antecedentes Penales de la Policía Estatal, por revisar esta guía.

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Cómo Conseguir Copias de Esta Guía

Esta guía está disponible sin costo alguno para los clientes de Servicios Legales y para las personas de escasos recursos. Alguna otra persona interesada puede obtener copias de esta guía a través de LSNJ (sólo en inglés) a un costo de $15.00 por cada guía, que incluye los gastos de manejo y franqueo.

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Comentarios o Sugerencias

Esperamos que esta guía sea de beneficio para usted. Por favor comuníquese con nosotros si usted tiene algún comentario o sugerencia que podríamos utilizar en una próxima edición de esta guía. Usted nos puede escribir o enviarnos un mensaje por correo electrónico a:

Legal Services of New Jersey
P.O. Box 1357
Edison, NJ 08818-1357

Melville D. Miller, Jr.
Presidente, Servicios Legales de New Jersey

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Introducción

Un antecedente de un arresto o de una condena puede atormentar a una persona para siempre. Las solicitudes de las escuelas, los trabajos, y el servicio militar a menudo preguntan sobre sus antecedentes penales. Muchas personas pueden resolver este problema porque son elegibles para borrar los antecedentes penales de los delitos ocurridos en New Jersey.

La ley de New Jersey provee un derecho limitado que le permite a las personas borrar sus antecedentes penales. El propósito de la ley es ofrecerle a la persona, que tiene una o muy pocas condenas, la oportunidad de "empezar de nuevo." La ley también permite la eliminación de antecedentes de arresto en casos donde el arresto no dio lugar a una condena.

La ley para borrar los antecedentes penales de New Jersey establece detalladamente quien es elegible para borrar sus antecedentes. Una persona elegible debe preparar y radicar una "Petición Para Borrar los Antecedentes Penales." La Petición Para Borrar los Antecedentes Penales debe radicarse en el Tribunal Superior del condado donde ocurrió el arresto o el enjuiciamiento.

Luego, un juez decidirá si se le debe otorgar a la persona una "Orden Para Borrar los Antecedentes Penales." Obtener esta Orden significa que, con algunas excepciones, los procedimientos penales "nunca ocurrieron." También le permite a la persona completar las solicitudes de la escuela, el trabajo, y del servicio militar sin tener que dar a conocer que en una ocasión fue arrestado o condenado.

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Antecedentes Que Deben Mantenerse en Privado

Cuando se otorga la autorización para que se borren los antecedentes penales, por ley se le exige a las agencias del orden público que los expedientes de esa persona se mantengan en privado. Sin embargo, en algunos casos la ley sí permite que se utilicen los antecedentes penales en el futuro. Si esa persona está involucrada nuevamente en cualquier procedimiento penal, los antecedentes penales pueden ser utilizados. Esto significa que si la persona es arrestada después de borrar sus antecedentes penales, se considerará el antecedente anterior para determinar su elegibilidad para el programa de intervención previa al juicio (PTI), la fianza, o el período de probatoria. Si la víctima de un crimen entabla una demanda con la Junta de Compensación para Víctimas de Delitos Violentos, en inglés, Violent Crimes Compensation Board, los antecedentes penales que habían sido borrados pueden ser utilizados junto con la demanda. Si una persona es encarcelada como resultado de un acto delictivo o un arresto, el Departamento de Corrección puede utilizar el antecedente para decidir como clasificar y asignar al prisionero dentro de una institución. Incluso, luego de una condena y una sentencia en la cárcel se puede utilizar el expediente para determinar si usted reúne los requisitos para obtener libertad condicional (salir de la cárcel antes de cumplir la sentencia). Inclusive, la Orden Para Borrar los Antecedentes Penales no impide la retención del material y/o la información requerida para los propósitos del Registro del Programa de Intervención Previa al Juicio (PTI, sus siglas en inglés) conforme a R.3:28(e), y no prohibirá la entrega de los informes requeridos bajo la Ley de Registro de Sustancias Peligrosas Controladas de 1970. Por lo tanto, sus antecedentes no serán removidos de estos registros y pueden estar incluidos en ellos.

Muchas personas desean llevar a cabo el proceso de borrar sus antecedentes penales porque quieren limpiar sus expedientes para cuando soliciten empleo. Sin embargo, la ley permite que se utilice el antecedente penal cuando una persona solicita un trabajo con una agencia del orden público. Esto incluye los trabajos con el estado, el condado, los departamentos locales de corrección, las fiscalías, los tribunales, y la policía. Esto no significa que estas agencias nunca contratarán a las personas con antecedentes penales, pero sí quiere decir que las personas que estén solicitando tienen que dar a conocer en la solicitud de empleo la existencia de un antecedente penal que ha sido borrado.

Legalmente no se les puede ordenar a las agencias que no están asociadas con las agencias del orden público (como la Comisión de Bienes Raíces o el Departamento del Seguro) y que requieren información sobre el antecedente criminal de una persona antes de que ocurriera la eliminación de los antecedentes penales, a que corrijan sus antecedentes penales una vez se haya otorgado la orden de eliminación. Dichas agencias están fuera del alcance de una orden para borrar los antecedentes penales y pueden continuar publicando esta información.

El procedimiento para borrar sus antecedentes penales es en realidad bastante simple. Esta guía se ha preparado para ayudarle si usted no tiene los recursos económicos para pagarle a un abogado y usted mismo tiene que hacer el trabajo. Si por el contrario, usted le puede pagar a un abogado y decide que él/ella le ayudará durante el proceso, la información en esta guía puede ayudarle a determinar si usted es elegible para borrar sus antecedentes penales. Esta guía le explicará detalladamente los pasos a seguir. Usted puede leer la ley para borrar los antecedentes penales, N.J.S.A.(Estatutos Anotados de New Jersey) 2C: 52, que comienza en la página la 64 de esta guía.

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¿Qué es N.J.S.A. 2C:52?

Las leyes hechas por la Legislatura de New Jersey se guardan en una serie de libros color verde conocidos por sus siglas en inglés, N.J.S.A. (New Jersey Statutes Annotated). La palabra "estatuto" significa lo mismo que la palabra ley. Estos libros se enumeran y tienen "títulos." Hay muchos "capítulos" en cada libro, y muchos "artículos" en cada capítulo. Por lo tanto, N.J.S.A. 2C:52-1 significa que la ley para borrar los antecedentes penales puede encontrarse en el libro N.J.S.A., Título 2C, Capítulo 52, Artículo 1. Nótese: Hay tres libros de N.J.S.A. inscritos bajo el Título 2C-Código de Justicia Criminal. Estos libros también contienen la mayoría de las leyes de New Jersey que tienen que ver con los arrestos, los delitos, y las sentencias, además de la ley para borrar los antecedentes penales.

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Primer Paso: ¿Es Usted Elegible?

La respuesta a esta simple pregunta depende del tipo y el número de antecedentes penales que usted tenga. (Los arrestos y las condenas ocurridas en New Jersey son las únicas que se pueden borrar en New Jersey. Si usted está interesado en borrar un antecedente de otro estado o un arresto o condena por un delito federal, tiene que comunicarse con el sistema de tribunales en ese estado o el sistema de tribunales federal para determinar si puede borrar ese antecedente.) El tipo de antecedente se refiere a si la condena fue por una "delito procesable" (delito que tiene una condena de seis meses o más), por un delito conocido en inglés como disorderly persons offense (delito que tiene una condena de menos de seis meses), o por la infracción a una ordenanza municipal. Tenga en cuenta que aún cuando un delito procesable conlleva una condena en la cárcel de seis meses o más, en algunos casos, al dictar la sentencia se le permite al juez darle al acusado la libertad condicional en lugar de enviarlo a la cárcel.

El delito es considerado una delito procesable si la condena o la declaración de culpabilidad ocurrió en el Tribunal Superior del condado. Si por el contrario, la condena o la declaración de culpabilidad ocurrió en el tribunal municipal, la condena probablemente fue una de lo que se conoce en inglés como disorderly persons conviction.

Nota: Las condenas por infracciones a las leyes de tránsito no se pueden borrar. Dichas condenas ocurren frecuentemente en el tribunal municipal. La razón para esto es que no se consideran como actos delictivos, sino infracciones al Código de la Ley de Tránsito, en inglés Motor Vehicle Code. Esto incluye conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.

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¿Cómo Borrar una Condena Por una Delito Procesable?

Para ser elegible para borrar una condena por un delito procesable, usted no puede haber tenido otra condena por una delito procesable en ningún otro estado, en ningún momento. Además, usted tampoco puede tener más de dos condenas de lo que se conoce en inglés como disorderly persons conviction en ningún estado antes o después de la condena por el delito procesable. (Sin embargo, el tribunal puede considerar la naturaleza de cualquier condena subsiguiente de lo que se conoce en inglés como disorderly person convictions y las circunstancias que le rodean, aún cuando solamente hay una condena de este tipo. En algunas circunstancias, cualquier condena subsiguiente puede ser utilizada como fundamento para que le denieguen la solicitud para borrar sus antecedentes.) Usted debe esperar por lo menos 10 años desde el día de la condena, el pago de la multa, el cumplimiento del período de probatoria o libertad condicional, o la liberación de la cárcel, cualquiera de estas que ocurra más tarde.

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Condenas Que No Se Pueden Borrar

Existen ciertas condenas procesables por delitos que ocurrieron después del 1ro de septiembre de 1979, que no se pueden borrar:

  • Asesinato
  • Secuestro
  • Agresión sexual con agravante
  • Robo
  • Incendio intencional y delitos relacionados
  • Perjurio
  • Juramento en falso
  • Conspiraciones o atentados para cometer tales delitos

Las siguientes condenas procesables cometidas antes del 1ro de septiembre de 1979, no se pueden borrar:

  • Asesinato
  • Homicidio simple
  • Traición
  • Anarquía
  • Secuestro
  • Violación sexual
  • Sodomía forzada
  • Incendio intencional
  • Perjurio
  • Juramento en falso
  • Robo
  • Soborno
  • Conspiraciones o atentados para cometer cualquiera de los delitos mencionados anteriormente; o auxiliar, asistir o encubrir a las personas acusadas de los delitos mencionados anteriormente.

Tampoco se pueden borrar las condenas por la venta, distribución, o posesión de cualquier sustancia controlada peligrosa con la intención de distribuirla (a menos que hayan sido 25 gramos o menos de marihuana, o 5 gramos o menos de hachís).

Por último, no se puede borrar el antecedente de un delito, conspiración o atentado para cometer dicho delito si éste ha sido perpetrado por una persona que ocupa un cargo público y el delito tuvo algo que ver o afectó de alguna manera la oficina en la cual dicha persona desempeñaba.

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¿Cómo Borrar una Condena Conocida Como Disorderly Persons Conviction?

Para borrar una convicción de lo que se conoce en inglés como disorderly persons offense, usted no puede haber tenido una condena procesable en ningún estado, en ningún momento. Usted no puede tener más de dos condenas adicionales de disorderly persons en ningún estado. El estatuto permite la eliminación de hasta tres condenas de disorderly persons. Para borrar una condena de disorderly persons, usted debe esperar cinco años a partir de la fecha de la condena, el pago de la multa, el cumplimiento del período de probatoria o libertad condicional, o la liberación de la cárcel, cualquiera de estas que ocurra más tarde.

Nota: Si usted intenta borrar una condena por una ofensa al orden público, una ofensa menor al orden público, o un cargo penal, y antes o después de recibir tal condena se le concedió la anulación a un cargo penal por haber completado un programa supervisado u otro programa educativo o laboral, tal como el programa de intervención previa al juicio en inglés pretrial intervention, (PTI), su petición será negada.

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¿Cómo Borrar una Condena por la Infracción a una Ordenanza Municipal?

Los tribunales municipales también tienen audiencias para los casos que involucran infracciones a las ordenanzas municipales (leyes del pueblo). Si la condena fue por una infracción a una ordenanza municipal, la sentencia no puede haber sido mayor de 90 días o una multa de $200. Algunos ejemplos de las acciones que no son permitidas por las ordenanzas municipales incluyen el tirar basura, las obscenidades, las infracciones al toque de queda, tener mascotas/animales sueltos, y tener el radio con el volumen muy alto.

Los requisitos para borrar una condena por una infracción a una ordenanza municipal (sin incluir los delitos por infracciones a la ley de tránsito) son los mismos que se requieren para borrar los delitos de lo que se conoce en inglés como disorderly persons offense, con la excepción de que el período de espera es dos años a partir de la fecha de la condena, el pago de la multa, el cumplimiento del período de probatoria o libertad condicional, o la liberación de la cárcel, cualquiera de estas que ocurra más tarde.

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Los Jóvenes con Delitos Relacionadas con las Drogas Reciben Consideración Especial en Ciertas Condenas

Una persona con 21 años o menos al momento de ser declarada culpable de poseer una sustancia controlada peligrosa, o por la venta, distribución, o posesión de marihuana o hachís con la intención de venderla, puede solicitar que le borren sus antecedentes penales un año después de la condena si:

  • La condena fue por la posesión de una sustancia controlada peligrosa; o
  • La cantidad total de la marihuana vendida, distribuida, o en posesión con intención de venderla era de 25 gramos o menos; o
  • La cantidad total de hachís vendido, distribuido, o en posesión con intención de venderlo era de 5 gramos o menos.

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Como Borrar los Antecedentes de un Arresto

La mayoría de las personas probablemente piensan que su expediente permanece limpio si fueron arrestados pero no recibieron una condena (ya sea porque no le declararon culpable o porque simplemente retiraron los cargos.) Sin embargo, esto no es cierto. De hecho, un antecedente de arresto puede afectar tanto como uno indicando que hubo una condena. Por lo tanto, es tan importante borrar un antecedente de arresto como lo es el borrar uno de una condena.

Si usted fue arrestado por cualquier delito pero no recibió una condena (ya sea porque no lo declararon culpable o porque nunca hubo un juicio), usted es elegible para borrar su expediente en cualquier momento. Sin embargo, no se le permite borrar los antecedentes penales si la razón por la cual no lo declararon culpable fue por causa de la demencia.

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El programa de intervención previa al juicio, los programas de tratamiento supervisados, la libertad condicional y otros programas alternos

Si se le permitió participar en el programa de intervención previa al juicio, en inglés pretrial intervention program (PTI), y su caso fue cancelado luego de haber completado dicho programa, de igual manera en su expediente figurará el arresto pero éste puede ser borrado como cualquier otro expediente de arresto. Vea la sección anterior.

Si su caso fue cancelado después de haber participado en un programa de tratamiento supervisado o se le otorgó la libertad condicional conforme a la ley de New Jersey que trata sobre las substancias peligrosas controladas, en inglés New Jersey Controlled Dangerous Substance Act, N.J.S.A. 2C:36A-1, tendrá que esperar seis meses después de haber completado los programas para poder presentar su petición.

Si su caso fue cancelado porque completó un programa de tratamiento supervisado, el programa PTI, la libertad condicional, u otro programa alterno, el juez puede denegar su petición para borrar aquellos antecedentes penales fijados inmediatamente después o antes de usted haber completado el programa de tratamiento supervisado, el programa PTI, u otro programa alterno.

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Requisitos con los que Debe Cumplir Antes de Presentar una Petición para Borrar un Antecedente Penal

Usted no puede tener ningún cargo pendiente al momento de presentar la petición para borrar un antecedente penal, y debe dar constancia de dicha información en su Petición. Además, debe constatar que nunca se le otorgó una cancelación de algún antecedente penal en New Jersey ni en ningún otro estado. Finalmente, si su caso ha sido cancelado porque completó un programa de tratamiento supervisado u otro programa alterno, debe indicar la naturaleza del cargo por el que originalmente fue acusado, la sentencia del tribunal y la fecha de la sentencia.

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¿Hubo un Convenio Declaratorio?

Si retiraron o suspendieron uno o más de los cargos en su contra como resultado de un convenio declaratorio en el cual usted accedió a recibir una condena por otros cargos, usted debe borrar la condena de los cargos a los que accedió como parte del convenio antes de que pueda borrar el expediente de arresto de los cargos que fueron retirados.

Por Ejemplo: Juan fue acusado de hostigamiento y agresión simple, ambas consideradas delitos de lo que se conoce en inglés como disorderly persons offense. En el tribunal, Juan acepto un convenio declaratorio en el cual él acepto declararse culpable por agresión a cambio de que la acusación por hostigamiento fuera retirada. Como resultado, Juan nunca fue condenado por hostigamiento. Sin embargo, para poder borrar el arresto por hostigamiento, Juan primero tiene que borrar la condena por agresión, y luego puede borrar el antecedente de hostigamiento. Por lo tanto, el período de espera de cinco años aplicará a ambos cargos.

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Segundo Paso: Localice Sus Antecedentes Penales

Usted necesita conseguir la siguiente información para preparar la petición para borrar sus antecedentes penales y demostrar su elegibilidad:

  • La fecha de su arresto.
  • El estatuto(s) y el delito(s) por el cual(es) usted fue arrestado o declarado culpable. (Tenga en cuenta que estos serán diferentes si los delitos fueron reducidos de los cargos que se le habían imputado originalmente.)
  • El número del documento acusatorio, la acusación, la citación(es) del gran jurado estatal (SGJ, sus siglas en inglés), la orden (warrant), o el número de la querella(s)/expediente(s) original (docket number).
  • La fecha de la condena o, si no le declararon culpable, la fecha en que se retiraron los cargos (en el estatuto también se le conoce como “la fecha de la resolución sino hubo una condena").
  • El castigo específico u otro resultado.

Usted debe de obtener cualquier información que no tenga en su poder.

Si usted tenía un abogado cuando fue arrestado y acusado, primero verifique si él /ella guarda la información de su caso en su archivo. De ser así, esto puede ahorrarle mucho tiempo.

Si usted mismo tiene que localizar el antecedente penal de su condena o arresto procesable, comuníquese con la Oficina Encargada de los Casos Penales en el condado donde ocurrió el arresto o la condena. Lleve con usted alguna identificación personal, como la licencia de conducir o un certificado de nacimiento. Usted también puede comunicarse con la fiscalía del condado. Explíquele a ellos que usted está interesado en borrar sus antecedentes penales y pida la información que hemos mencionado anteriormente, o si es posible pida ver su expediente. Usted también podría encontrar la información que necesita sobre los delitos conocidos en inglés como disorderly offenses comunicándose con el secretario del tribunal municipal donde usted fue enjuiciado o en el departamento de la policía que estuvo involucrado en su arresto.

Si usted no puede conseguir toda la información que necesita, comuníquese con el departamento de la policía donde usted reside y haga una cita para que le tomen sus huellas digitales con el propósito de hacer una "revisión individual o un desafío de sus antecedentes.” Complete la Petición para Solicitar el Registro Policiaco Estatal, y envíelo a la dirección que aparece en el formulario, junto con un cheque certificado o giro por la cantidad de $30.00. (La Policía Estatal no aceptará cheques personales.) Esa oficina le enviará una copia de su "fichas policiales/antecedentes penales" (rap sheet), la cual debe contener toda la información que usted necesita.

Nota: La Policía Estatal tendrá sus fichas policiales únicamente si a usted le tomaron sus huellas digitales cuando fue arrestado. Si a usted no le tomaron sus huellas digitales cuando fue arrestado y solamente firmaron una querella en su contra, usted tendrá un antecedente de arresto para borrar en el departamento de policía, pero no tendrá fichas policiales (“rap sheet”) en la Oficina Estatal de Investigación, una División de la Policía Estatal.

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Tercer Paso: Complete los Formularios

Nota: Los formularios de los cuales hablamos aquí están disponibles solo en la edición impresa de esta guía (en inglés). Ordene formularios de nuestro sitio Web o comuníquese con Servicios Legales de New Jersey al 732-572-9100.

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Cuarto paso: Radique y Entregue los Formularios

Nota: Los formularios de los cuales hablamos aquí están disponibles solo en la edición impresa de esta guía (en inglés). Para información sobre cómo ordenarlos, visite a nuestro sitio Web o comuníquese con Servicios Legales de New Jersey al 732-572-9100.

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Quinto Paso: Vaya a la Audiencia

El día de su audiencia llegue al tribunal por lo menos 15 minutos más temprano. (No todos los condados requieren que usted se presente en el tribunal. Si no tiene que presentarse en el tribunal, debe enviar por correo, por lo menos una semana antes de la fecha de la audiencia, las tarjetas color verde de acuse de recibo al lugar donde usted radicó la Petición.) Lleve a la audiencia la Petición Para Borrar los Antecedentes Penales, la Orden Para Borrar los Antecedentes Penales, y las tarjetas color verde de acuse de recibo (a menos que las haya sometido al tribunal anteriormente.) Infórmele al secretario del tribunal de su presencia tan pronto llegue. Si algún oficial del orden público se opone a que le borren sus antecedentes penales, ellos le informarán al juez el motivo de su oposición. Durante la audiencia, el juez podría hacerle algunas preguntas a usted y decidirá si le concederá o denegará la orden para borrar sus antecedentes penales. Si no hay oposición, el juez, en la mayoría de los casos, otorgará la autorización para que le borren sus antecedentes penales.

Si ningún oficial del orden público se opone a que le borren sus antecedentes penales, el tribunal podría conceder la orden sin la necesidad de llevar a cabo una audiencia. Si esto sucede, usted recibirá por correo la Orden Para Borrar los Antecedentes Penales firmada y archivada (filed).

Llame al tribunal el día antes de la audiencia para confirmar que su nombre aparece en el calendario del tribunal.

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Sexto Paso: Utilice la Orden Para Borrar los Antecedentes Penales

Inmediatamente después que usted reciba una copia de la Orden Para Borrar los Antecedentes Penales firmada por el juez y archivada (estampada por el tribunal con la palabra "Filed"), envíe por correo certificado y con acuse de recibo una copia de la Orden Para Borrar los Antecedentes Penales, a cada uno de los siguientes:

  • El Procurador General
  • El Superintendente de la Policía Estatal, Unidad de Borrar Antecedentes Penales
  • El Fiscal del Condado
  • El magistrado o secretario del tribunal municipal, si la audiencia ocurrió en el tribunal municipal
  • El jefe de la policía o cualquier otro director del departamento de la policía donde se cometió la delito o donde ocurrió el arresto
  • El jefe de cualquier otra agencia estatal del orden público que haya participado en el arresto
  • La división de expedientes de cualquier institución en la que usted haya sido encarcelado
  • La oficina de identificación en el condado donde se hizo el arresto o donde usted fue encarcelado (vea la lista de las Oficinas de Identificación de los Condados en la página 63)
  • El director de cualquier institución donde usted haya sido encarcelado
  • Para Casos del Gran Jurado Estatal, también envíe una copia a:

    Division of Criminal Justice
    Attention: Records and Identification
    25 Market Street
    P.O. Box 085
    Trenton, NJ 08625

  • En los casos donde se otorgó la libertad condicional (CD, sus siglas en inglés) y la intervención previa al juicio (PTI, sus siglas en inglés) el departamento de probatoria del condado también debe ser notificado.

Guarde los recibos del envío y las tarjetas color verde que recibió del correo como prueba de que los documentos fueron recibidos por las agencias. De ahora en adelante, la ley le da a usted el derecho a responder a cualquier pregunta en las solicitudes de empleo, solicitudes escolares, solicitudes de crédito, solicitudes del servicio militar, y otras similares, como si el arresto y/o condena nunca hubiese ocurrido. Sin embargo, recuerde que si un oficial del orden público le pregunta sobre sus arrestos o condenas previas, usted debe informarle que tiene antecedentes penales que han sido borrados, y debe indicarle cuales fueron. Guarde en un lugar seguro una copia de la Orden Para Borrar Los Antecedentes Penales.

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Conclusión

Como recordatorio final, asegúrese de completar todos los pasos suministrados en esta guía. Ésto es sumamente importante ya que su Petición Para Borrar Los Antecedentes Penales puede ser denegada, aun si llena los requisitos, si olvida alguno de los pasos requeridos. En ese caso, usted tendría que empezar el proceso de nuevo.

Hemos intentado explicarle de la manera más sencilla los pasos a seguir para borrar sus antecedentes penales. A continuación encontrará los formularios que puede utilizar. Comuníquese con nosotros si tiene alguna sugerencia sobre como podemos mejorar esta guía.

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Esta información fue revisada el 1/1/04.

 

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Las personas con bajos ingresos que vivan en New Jersey pueden conseguir ayuda legal por teléfono, libre de costos: llame a nuestra línea de asistencia legal al 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529), de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. Si llama desde fuera de Nueva Jersey, marque el 732-572-9100 y pida que le pasen la llamada a la línea directa.