El 4 de noviembre de 2008, el pueblo de Nueva Jersey votará para elegir al Presidente de los Estados Unidos, los miembros de la Cámara de Representantes y un Senador. Estos funcionarios representarán en Washington, D.C. a los habitantes de Nueva Jersey, crearán y harán cumplir las leyes que nos afectan a todos. Ejemplos de dichas leyes incluyen las que afectan al bienestar público, la discapacidad, la inmigración y la educación. Es importante votar para asegurarse que para dichos puestos se elijan a personas que usted cree representarán sus intereses.
¿Cómo sé si puedo votar?
Para poder votar, primero, tiene que inscribirse. Usted puede inscribirse para votar si es:
- Ciudadano estadounidense,
- Mayor de 18 años de edad durante las próximas elecciones, y
- Residente de Nueva Jersey y de su condado durante al menos 30 días antes de las elecciones.
Usted no puede inscribirse para votar si:
- Está sirviendo una condena carcelaria o está bajo libertad condicional o libertad a prueba por un delito procesable según una ley estatal o federal. Sin embargo, una vez que cumpla su condena y concluya el período a prueba o condicional, puede inscribirse nuevamente para votar. Si está detenido esperando el juicio o en libertad bajo fianza pendiente una apelación, no pierde su derecho a votar.
- Un juez determinó que usted carece de la capacidad mental para votar.
¿Cómo me inscribo para votar?
Usted tiene que presentar un formulario de inscripción. Puede conseguir el formulario de inscripción electoral en:
- La comisión para las inscripciones electorales de su condado, en ingles County Commission of Registration,
- La junta electoral de su condado, County Board of Elections,
- Las bibliotecas locales,
- Las oficinas de la comisión de vehículos y motores de NJ, NJ Motor Vehicle Commission,
- Las oficinas del condado para la asistencia social, County Boards of Social Services, y
- Otras agencias que brindan asistencia pública.
El formulario de inscripción está también disponible junto con información adicional en el sitio Web de la comisión electoral, Division of Elections. Todo votante tiene que inscribirse al menos 21 días antes de votar durnate una votación. Para votar en los comicios generales del 4 de noviembre de 2008, usted tiene que inscribirse antes del 14 de octubre de 2008.
Usted puede inscribirse para votar ante la comisión para las inscripciones electorales, County Commission of Registration, (CCR) o con el superintendente electoral, Superintendent of Elections, (SE) en persona o por correo. No puede inscribirse vía electrónica ni por fax, porque se requiere una firma original.
Para obtener información de cómo ponerse en contacto con la CCR o SE en su localidad, para solicitar que se le envíe un formulario de inscripción electoral y/o averiguar si la información está disponible en otros idiomas a parte del inglés, puede llamar al número gratuito 1-877-NJVOTER. De igual forma, si no está seguro de estar inscrito, puede llamar a la CCR o SE en su localidad. Una vez inscrito, el día de las elecciones puede votar en persona en las urnas o por medio de una papeleta de elector ausente.
Si usted se inscribe por correo, CCR o SE le enviará un formulario pidiéndole una forma de identificación como el número de su permiso de conducir o los cuatro últimos dígitos de su número de seguro social. Si usted no tiene ninguno de estos, se le pedirá otros documentos de identificación. Otras formas de identificación que se aceptan incluyen una identificación con foto, un extracto de cuenta bancaria, una cuenta de pago de los servicios públicos o un documento oficial dirigido a su nombre. Después de que se apruebe su inscripción, usted debe recibir información sobre donde irá a votar.
¿Una vez esté inscrito, cómo hago para votar?
Las reglas para el uso de una papeleta de elector ausente
Para votar por medio de una papeleta de elector ausente no hace falta tener ninguna razón ni excusa. Sin embargo, usted debe estar inscrito y presentar también una solicitud ante el secretario del condado donde usted vive.
La solicitud para obtener una papeleta de elector ausente puede ser:
- enviada al secretario del condado por correo a más tardar siete días antes de las elecciones, o
- entregada en persona al mismo secretario a más tardar las 3:00 de la tarde del día antes de las elecciones.
Llame al 1-877-NJVOTER o visite el sitio Web anteriormente mencionado para solicitar una papeleta de elector ausente y la información sobre cómo ponerse en contacto con el secretario del condado. Después de que se reciba y acepte su solicitud, se le enviará una papeleta por correo, la cual puede llenar y presentar de la forma que se le indica en la misma papeleta. La junta electoral en su condado, County Board of Elections, tiene que recibir su papeleta de elector ausente a más tarde las 8 de la noche del día de las elecciones. Una vez que solicite una papeleta, usted tiene que usarla para votar y no se le permitirá votar en persona en las urnas.
Para votar en persona
Después de que usted se inscriba, el CCR o SE debe enviarle información sobre dónde irá a votar el día de las elecciones. Poco antes de las votaciones, usted debe recibir la muestra de una papeleta e información de las elecciones. Si varias semanas antes de las votaciones no ha recibido ninguna información, usted debe llamar al CCR o SE (vea encima) para averiguar la ubicación del centro electoral que le corresponde. El sitio Web de la comisión electoral, Division of Elections puede informarle también la ubicación donde votará.
Cuando usted vaya a votar, seria una buena idea llevar consigo una identificación y una prueba de su dirección, sobre todo si está votando por primera vez. Si se inscribió por correo, tal vez tenga que traer una identificación con foto, una cuenta de pago de los servicios públicos, un talón de pago u otro documento que muestre su nombre y dirección. Si usted tiene cualquier pregunta sobre qué tipo de identificación es aceptable, llame al CCR o SE. El día de las elecciones, los centros de votaciones están abiertos entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche.
Las personas discapacitadas y el voto Las leyes estatales y federales requieren que las personas discapacitadas tengan acceso a los centros electorales y a las máquinas de votaciones.
En particular, la ley para ayudar a los estadounidenses a votar, Help America Vote Act, (HAVA) requiere, a partir del 1 de enero de 2006, que el proceso electoral “sea accesible” a todo individuo con discapacidades, incluyendo que se les brinde acceso a las personas no videntes y con discapacidades visuales, en una forma que proporcione la misma oportunidad de acceso y participación (incluyendo privacidad e independencia) igual que a los otros electores”.
Generalmente, a las personas que sufren una enfermedad mental se les permite a votar a menos que un juez determine que dichas personas carecen de la capacidad para votar. Una persona que tenga un tutor legal, no pierde el derecho a votar, a menos que la orden que concede la tutela declare que esta persona carece de la capacidad para votar.
La ley HAVA puede hacerse cumplir por medio de un litigio particular o un litigio ante la comisión electoral del departamento para los derechos civiles del Departamento Federal de Justicia, en inglés U.S. Department of Justice, Civil Rights Department, Voting Division. Para ponerse en contacto con dicha oficina marque el 1-800-253-3931. La oficina del procurador general de Nueva Jersey, The New Jersey Office of the Attorney General, está interesada en haya acceso al voto y que haya un proceso para la presentación de quejas. Para ponerse en contacto con dicha oficina marque el (609) 292-3760.
Si cree que, durante el día de las elecciones, se le negó incorrectamente el derecho a votar usted puede presentar un caso ante el Tribunal Superior en su condado para que se le otorgue alguna reparación judicial. Todo tribunal tiene un juez asistente que el día de las elecciones está disponible junto con las autoridades para escuchar su queja y dictar una orden que le permita votar.
Visite el sitio Web de la judicatura del estado, New Jersey Judiciary, donde encontrará la ubicación del Tribunal Superior en su localidad, o llame al 1-877-NJVOTER para que le den información adicional.
Este artículo apareció en la edición de septiembre de 2008 de Looking Out for Your Legal Rights, en español Cuáles son Sus Derechos Legales ®. |